RESOLUCIÓN 1892 2024 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
Síntesis:
ESTABLECE ENTRADA EN VIGENCIA - ARTICULOS 1° Y 2° - RESOLUCIÓN 798-SECTOP-22 - TRAMO COMPRENDIDO POR EL EJE AVENIDA HONORIO PUEYRREDÓN ENTRE ARENGREEN Y DR. JUAN FELIPE ARANGUREN - CALLE DE CONVIVENCIA HONORIO PUEYRREDON ENTRE ARENGREEN Y JUAN FELIPE ARANGUREN - SUBSECRETARIA DE GESTION DE LA MOVILIDAD
Publicación:
04/09/2024
Sanción:
29/08/2024
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
VISTO: La Ley N° 6.684, Decreto N°387/GCABA/2023 y sus modificatorios, las
Resoluciones N°798/SECTOP/22 y 1488/SSGMO/2024; las Disposiciones Nros.
52/UPEIM/22 y 58/UPEIM/23; el Expediente Electrónico N°: EX-2022-41130906-
GCABA-DGDEI, y;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N°798/SECTOP/22, estableció en su artículo N°1, el único sentido
circulatorio S-N (sur-norte), en el tramo comprendido por el eje: Avenida Honorio
Pueyrredón entre la calle Neuquén y la Avenida Díaz Vélez; como así también, en su
artículo N°2, estableció el único sentido circulatorio S-N (sur-norte) a la calle de
convivencia, en el tramo comprendido por el eje: calle de convivencia Honorio
Pueyrredón entre las calles Neuquén y Ampere;
Que asimismo, por medio del artículo N°6, de la mencionada Resolución, se
estableció, que dicha norma entraría en vigencia, a partir de la fecha que se determine
mediante Disposición de la ya extinta Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura
de la Movilidad, de acuerdo a la terminación de su señalamiento correspondiente;
Que en este sentido, mediante la Disposición N°52/UPEIM/22, se estableció, la
entrada en vigencia de lo estipulado en los artículos N°:1 y 4 de la Resolución N°
798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el eje: Avenida Honorio Pueyrredón
entre la calle Franklin y la Av. Diaz Vélez, y, la entrada en vigencia de los artículos N°:
3 y 5 de la Resolución antes referida;
Que asimismo, mediante la Disposición N°58/UPEIM/23, se estableció la entrada en
vigencia de lo estipulado en el artículo N°:1 de la Resolución N°798/SECTOP/22, para
el tramo comprendido por el eje: Avenida Honorio Pueyrredón entre calles Planes y
Franklin, y lo dispuesto en el artículo N°:2 de la Resolución mencionada, para el tramo
comprendido por el eje: Calle de convivencia Honorio Pueyrredón entre calles Planes y
Ampere;
Que mediante la Resolución N° 1488/SSGMO/2024, se estableció la entrada en
vigencia de lo estipulado en el artículo N°:1 de la Resolución N° 798/SECTOP/22, para
el tramo comprendido por el eje: Av. Honorio Pueyrredón entre calles Planes y
Arengreen, y lo dispuesto en el artículo N°:2 de la Resolución mencionada, para el
tramo comprendido por el eje: Calle de convivencia Honorio Pueyrredón entre calles
Planes y Arengreen;
Que posteriormente, mediante las actuaciones mencionadas en el Visto, la Dirección
General de Información Territorial de la Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad, requirió a esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad,
que implemente la "señalización pertinente para el tramo de Honorio Pueyrredón entre
las calles Arengreen y Aranguren de conformidad con el plano obrante en el orden N°
34.";
Que en cumplimiento con lo requerido, el Área Técnica de Señalización Vertical,
dependiente de esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, ha realizado los
respectivos trabajos de instalación de la señalización correspondiente, conforme surge
al Orden Nro. 68 y 69, de las actuaciones citadas en el visto (IF-2024-32092438-
GCABA-SSGMO e IF-2024-32094892-GCABA-SSGMO);
Que la Ley N° 6.684 estableció la estructura ministerial del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del Decreto N° 387/GCABA/2023, y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad ha sido
disuelta, como consecuencia de lo previsto en la nueva estructura orgánico funcional
establecida por el citado Decreto N°387/23 y sus modificatorios;
Que esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad continua a la ya extinta Unidad de
Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad, en todo lo relativo a "Controlar y
gestionar los contratos que tengan como objeto la instalación de elementos de
señalización vertical y demarcación horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (...)";
Que por lo expuesto, encontrándose acreditada la instalación de la señalización
pertinente, corresponde a esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, disponer la
entrada en vigencia de lo establecido en los artículos 1° y 2° de la Resolución
N°:798/SECTOP/22, en relación al eje comprendido por los siguientes tramos: Avenida
Honorio Pueyrredón entre las calles Arengreen y Dr. Juan Felipe Aranguren , y Calle
de convivencia Honorio Pueyrredón entre las calles Arengreen y Dr. Juan Felipe
Aranguren.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, conforme lo previsto en el
Decreto N° 387/GCABA/2023, y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Establecer, la entrada en vigencia de lo estipulado en el artículo N° 1 de la
Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el siguiente eje:
Avenida Honorio Pueyrredón entre las calles Arengreen y Dr. Juan Felipe Aranguren.
Artículo 2°.- Establecer, la entrada en vigencia de lo estipulado en el artículo N° 2 de la
Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el siguiente eje: Calle
de convivencia Honorio Pueyrredón entre las calles Arengreen y Dr. Juan Felipe
Aranguren.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese, a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y a las Direcciones
Generales de Gestión de Servicios de Movilidad y Cuerpo de Agentes de Tránsito.
Cumplido, archívese. Guerrero