RESOLUCIÓN 2173 2024 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN 4271-MEGC-17  - CREAR - HUB - LABORATORIO DE INNOVACIÓN PARA EL APRENDIZAJE - SUBSECRETARÍA TECNOLOGÍA EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL

Publicación:

05/09/2024

Sanción:

28/08/2024

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26206, la Ley 6684, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 4271-

MEGC/17 y su modificatoria 1113-MEDGC/23 y 1602-MEDGC/24, el Expediente

Electrónico 30845634-GCABA-DGSGE/24 y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que conforme la Ley Nacional 26206, corresponde al Ministerio de Educación acordar

los lineamientos para la organización y administración del sistema de formación

docente, así como los parámetros de calidad que orienten los diseños curriculares;

Que por la Ley 6684 el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por sus

Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere

dicha ley;

Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación,

"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en

áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";

Que, por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

contemplando a este Ministerio de Educación encontrándose las Subsecretarías

Tecnología Educativa y Planeamiento e Innovación Educativa bajo su dependencia;

Que entre sus responsabilidades primarias, la Subsecretaría Tecnología Educativa

tiene la de "Investigar y promover la incorporación de tecnologías innovadoras para

mejorar la calidad educativa" y "Planificar las acciones destinadas a la mejora de los

procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología del Ministerio de Educación,

en forma conjunta con las áreas competentes";

Que conforme el mismo plexo normativo, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación

Educativa de este Ministerio, tiene a su cargo "promover las políticas, proyectos y

programas educativos relacionados con la educación digital";

Que por su parte, la Dirección General Sistemas de Gestión Escolar dependiente de la

Subsecretaría Tecnología Educativa, tiene entre sus responsabilidades primarias la de

"Evaluar y analizar en forma conjunta con la Subsecretaría propuestas de innovación

tecnológica aplicadas a la educación, y gestionar su implementación";

Que de igual forma, la Gerencia Operativa Educación Digital dependiente de la

Dirección General Escuela de Maestros tiene como una de sus funciones "Propiciar

espacios y dinámicas a través de las cuales las/os estudiantes puedan diseñar y crear

soluciones con tecnologías digitales, en conjunto con la Dirección General y la

Subsecretaría Gestión del Aprendizaje";

Que mediante la Resolución 4271-MEGC/17 y su modificatoria Resolución 1113-

MEDGC/23, se aprobó el Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual

se encuentra destinado a todos los niveles educativos y tiene como objetivo principal

integrar los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones educativas a

la cultura digital;

Que en ese marco, por el artículo 5° de la mentada norma se creó el Centro de

Innovación en Tecnología Educativa del Plan Sarmiento, conforme su Anexo IV, para

la investigación y experimentación de nuevas soluciones técnico educativas que

permitan mejorar la calidad educativa;

Que a su vez, la Resolución 1602-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico "Buenos

Aires Aprende" el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los aprendizajes

fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias, un mayor

acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y continua a la

escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la inclusión y la

atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar y aprender

que permitan alcanzar los objetivos de aprendizajes fundacionales y avanzar hacia el

desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las estudiantes vivir y trabajar en un

mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las tareas pedagógicas y

administrativas de las escuelas a través de la incorporación de nuevas funciones y

potencialidades que brinda la tecnología;

Que en virtud de las competencias mencionadas y los objetivos reseñados, las

reparticiones previamente señaladas propician dejar sin efecto del Anexo IV de la

Resolución 4271-MEGC/17, creando el proyecto denominado "HUB Laboratorio de

Innovación para el aprendizaje" cuyo objetivo es analizar la usabilidad de las distintas

herramientas tecnológicas invitando a estudiantes, docentes y diferentes actores de la

comunidad educativa;

Que como fuera señalado, dicho espacio innovador pretende fortalecer la formación y

posibilitar que los alumnos, las alumnas y docentes de la Ciudad exploren e innoven

en el uso de nuevas soluciones tecnológicas, promoviendo así la integración

permanente de las tecnologías de vanguardia en el ámbito educativo de nuestra

ciudad;

Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, de Planeamiento e Innovación

Educativa, de Tecnología Educativa y las Direcciones Generales Educación de

Gestión Privada, Agencia de Habilidades para el Futuro, y Escuela de Maestros

brindaron su conformidad en las presentes actuaciones;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención

en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Dejar sin efecto el Artículo 5° y el Anexo IV de la Resolución 4271-

MEGC/17.

Artículo 2°.- Crear el "HUB Laboratorio de Innovación para el aprendizaje" el cual

funcionará en la órbita de la Subsecretaría Tecnología Educativa de conformidad con

los objetivos y las pautas establecidas en el Anexo I (IF-2024-30875504-GCABA-

DGSGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Educativa el dictado de las

normas complementarias.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las

comunicaciones oficiales a las Subsecretarías de Gestión del Aprendizaje, Tecnología

Educativa, Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión Económico Financiera y

Administración de Recursos y a las Direcciones Generales Escuela de Maestros,

Agencia de Habilidades para el Futuro, Educación de Gestión Privada y a las

Gerencias Operativas Plan Sarmiento y Educación Digital. Cumplido, archivar. Miguel


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 2 de la Resolución 2173-MEDGC/24 crea el HUB Laboratorio de Innovación para el aprendizaje, en el marco del Plan Integral de Educación Digital creado por Resolución 4271-MEGC/17.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 2173-MEDGC/24 deja sin efecto el Artículo 5 y el Anexo IV de la Resolución 4271-MEGC/17.</p>