RESOLUCIÓN 2173 2024 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICA - RESOLUCIÓN 4271-MEGC-17 - CREAR - HUB - LABORATORIO DE INNOVACIÓN PARA EL APRENDIZAJE - SUBSECRETARÍA TECNOLOGÍA EDUCATIVA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - PLAN INTEGRAL DE EDUCACIÓN DIGITAL
Publicación:
05/09/2024
Sanción:
28/08/2024
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206, la Ley 6684, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 4271-
MEGC/17 y su modificatoria 1113-MEDGC/23 y 1602-MEDGC/24, el Expediente
Electrónico 30845634-GCABA-DGSGE/24 y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que conforme la Ley Nacional 26206, corresponde al Ministerio de Educación acordar
los lineamientos para la organización y administración del sistema de formación
docente, así como los parámetros de calidad que orienten los diseños curriculares;
Que por la Ley 6684 el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por sus
Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha ley;
Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación,
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en
áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que, por el Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
contemplando a este Ministerio de Educación encontrándose las Subsecretarías
Tecnología Educativa y Planeamiento e Innovación Educativa bajo su dependencia;
Que entre sus responsabilidades primarias, la Subsecretaría Tecnología Educativa
tiene la de "Investigar y promover la incorporación de tecnologías innovadoras para
mejorar la calidad educativa" y "Planificar las acciones destinadas a la mejora de los
procesos, las comunicaciones y el soporte de tecnología del Ministerio de Educación,
en forma conjunta con las áreas competentes";
Que conforme el mismo plexo normativo, la Subsecretaría Planeamiento e Innovación
Educativa de este Ministerio, tiene a su cargo "promover las políticas, proyectos y
programas educativos relacionados con la educación digital";
Que por su parte, la Dirección General Sistemas de Gestión Escolar dependiente de la
Subsecretaría Tecnología Educativa, tiene entre sus responsabilidades primarias la de
"Evaluar y analizar en forma conjunta con la Subsecretaría propuestas de innovación
tecnológica aplicadas a la educación, y gestionar su implementación";
Que de igual forma, la Gerencia Operativa Educación Digital dependiente de la
Dirección General Escuela de Maestros tiene como una de sus funciones "Propiciar
espacios y dinámicas a través de las cuales las/os estudiantes puedan diseñar y crear
soluciones con tecnologías digitales, en conjunto con la Dirección General y la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje";
Que mediante la Resolución 4271-MEGC/17 y su modificatoria Resolución 1113-
MEDGC/23, se aprobó el Programa "Plan Integral de Educación Digital" (PIED), el cual
se encuentra destinado a todos los niveles educativos y tiene como objetivo principal
integrar los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las instituciones educativas a
la cultura digital;
Que en ese marco, por el artículo 5° de la mentada norma se creó el Centro de
Innovación en Tecnología Educativa del Plan Sarmiento, conforme su Anexo IV, para
la investigación y experimentación de nuevas soluciones técnico educativas que
permitan mejorar la calidad educativa;
Que a su vez, la Resolución 1602-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico "Buenos
Aires Aprende" el cual tiene como objetivos específicos, la mejora de los aprendizajes
fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias, un mayor
acompañamiento, mayor tiempo de enseñanza y asistencia sostenida y continua a la
escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la inclusión y la
atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar y aprender
que permitan alcanzar los objetivos de aprendizajes fundacionales y avanzar hacia el
desarrollo de las capacidades que posibiliten a los/las estudiantes vivir y trabajar en un
mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las tareas pedagógicas y
administrativas de las escuelas a través de la incorporación de nuevas funciones y
potencialidades que brinda la tecnología;
Que en virtud de las competencias mencionadas y los objetivos reseñados, las
reparticiones previamente señaladas propician dejar sin efecto del Anexo IV de la
Resolución 4271-MEGC/17, creando el proyecto denominado "HUB Laboratorio de
Innovación para el aprendizaje" cuyo objetivo es analizar la usabilidad de las distintas
herramientas tecnológicas invitando a estudiantes, docentes y diferentes actores de la
comunidad educativa;
Que como fuera señalado, dicho espacio innovador pretende fortalecer la formación y
posibilitar que los alumnos, las alumnas y docentes de la Ciudad exploren e innoven
en el uso de nuevas soluciones tecnológicas, promoviendo así la integración
permanente de las tecnologías de vanguardia en el ámbito educativo de nuestra
ciudad;
Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, de Planeamiento e Innovación
Educativa, de Tecnología Educativa y las Direcciones Generales Educación de
Gestión Privada, Agencia de Habilidades para el Futuro, y Escuela de Maestros
brindaron su conformidad en las presentes actuaciones;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto el Artículo 5° y el Anexo IV de la Resolución 4271-
MEGC/17.
Artículo 2°.- Crear el "HUB Laboratorio de Innovación para el aprendizaje" el cual
funcionará en la órbita de la Subsecretaría Tecnología Educativa de conformidad con
los objetivos y las pautas establecidas en el Anexo I (IF-2024-30875504-GCABA-
DGSGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Educativa el dictado de las
normas complementarias.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectuar las
comunicaciones oficiales a las Subsecretarías de Gestión del Aprendizaje, Tecnología
Educativa, Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión Económico Financiera y
Administración de Recursos y a las Direcciones Generales Escuela de Maestros,
Agencia de Habilidades para el Futuro, Educación de Gestión Privada y a las
Gerencias Operativas Plan Sarmiento y Educación Digital. Cumplido, archivar. Miguel