RESOLUCIÓN 503 2024 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Síntesis:

ENCOMIENDA - REALIZACIÓN - PASO BAJO NIVEL MARCOS SASTRE- EMPEDRADO Y VÍAS DEL FFCC SAN MARTÍN - EMPRESA AUTOPISTAS URBANAS SA - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Publicación:

16/09/2024

Sanción:

11/09/2024

Organismo:

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes Nros. 3.060 y sus modificatorias, el Decreto N° 387/23 y sus

modificatorios, y el expediente N° EX-2024-17062137-GCABA-DGINURB, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 3.060 y sus modificatorias, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires otorgó la concesión de obra pública de la Red de Autopistas y vías

interconectadas de la Ciudad de Buenos Aires a la empresa Autopistas Urbanas S.A.

por un plazo de veinte años;

Que, el artículo 2° de dicha Ley establece que entre los objetos de la concesión se

encuentra la ejecución de las obras públicas viales aprobados por la autoridad de

aplicación;

Que, en virtud de lo establecido en el artículo 7° de la Ley 3.060, el entonces Ministro

de Desarrollo Urbano o el organismo que lo reemplace en el futuro, es la Autoridad de

Aplicación de la concesión de obra pública otorgada a la empresa Autopistas Urbanas

S.A.;

Que, mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

contemplándose al Ministerio de Infraestructura, que asumió las funciones que

anteriormente poseía el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte como Autoridad

de Aplicación de la concesión otorgada a Autopistas Urbanas S.A.;

Que Autopistas Urbanas S.A. es un Organismo Fuera de Nivel dependiente del

Ministerio de Infraestructura;

Que, por otra parte, Autopistas Urbanas S.A. debe ejecutar las obras que la Autoridad

de Aplicación le encomiende, en el marco de lo establecido en el artículo 7° de la Ley

N.° 3.060;

Que, dicho proyecto consiste en un Paso Bajo Nivel que vinculará la calle Marcos

Sastre (a través de la calle Gral. Rivas) a ambos lados de las vías del FFCC San

Martín, en el barrio Villa del Parque. Actualmente en esta calle no existe un cruce. El

Paso Bajo nivel tendrá sentido único SO-NE;

Que, Autopistas Urbanas S.A. posee idoneidad comprobada en la proyección,

supervisión y ejecución de obras viales y teniendo en consideración que tal empresa

resulta competente para llevar adelante los proyectos enunciados, la Dirección

General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Infraestructura propone

encomendar su realización a dicha empresa;

Que, de tal modo, dado el marco normativo citado y lo informado por las áreas que

tomaron intervención, resulta pertinente encomendar a Autopistas Urbanas S.A. la

ejecución de las obras públicas comprendidas en el "Paso Bajo Nivel Marcos Sastre-

Empedrado y Vías del FFCC San Martín".

Por ello, en uso de las facultades establecidas por las Leyes 3.060 y sus

modificatorias, y el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Encomendar a la empresa Autopistas Urbanas SA en el marco de la Ley

N° 3.060 la realización del "Paso Bajo Nivel Marcos Sastre- Empedrado y Vías del

FFCC San Martín".

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a Autopistas Urbanas S.A., y para su conocimiento y demás efectos

remítase a la Unidad de Contralor de Concesiones de Obras Viales (UCCOV).

Cumplido, archívese. Bereciartua

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 324-MIGC/25 deja sin efecto la Resolución N° 503-MIGC/24.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 503-MIGC/24 encomienda a la empresa Autopistas Urbanas SA en el marco de la Ley<br />N° 3.060 la realización del Paso Bajo Nivel Marcos Sastre- Empedrado y Vías del<br />FFCC San Martín.</p>