DISPOSICIÓN 6004 2024 DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL

Síntesis:

ESTABLECE - MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN - FORMALIZACIÓN  RELACIÓN DE COOPERACIÓN CON ORGANIZACIONES VOLUNTARIAS - DIRECCION GENERAL DE DEFENSA CIVIL - FORMULARIOS - INSCRIPCIÓN DE ASOCIACIONES VOLUNTARIAS PARA LA DEFENSA CIVIL Y LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO - REGISTRO DE VOLUNTARIOS ESPONTÁNEOS PARA LA DEFENSA CIVIL

Publicación:

17/09/2024

Sanción:

30/08/2024

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 22.418, su Decreto Reglamentario N° 1.170/82, el Decreto N°

243/24, y;

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las responsabilidades primarias de la Dirección General de Defensa

Civil se encuentran las de entender en el desarrollo y funcionamiento integral del

sistema de atención de emergencias y desastres en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, según los términos de la Ley N° 22.418, su decreto reglamentario y el Plan

Director de Emergencias (Decreto N° 243/24);

Que, las asociaciones voluntarias de bien público y las personas físicas que se enrolen

para prestar servicios voluntarios de defensa civil o actividades afines a la misma,

actuarán a requerimiento de la Dirección General de Defensa Civil cuando ésta lo

considere necesario;

Que, el Plan Director de Emergencias en su marco organizativo, promueve la

interacción de los Organismos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el

desarrollo de una actividad coordinada, a fin de avanzar hacia la concreción de los

objetivos de mitigación, preparación y desarrollo de acciones tendientes a proteger a

las personas, sus bienes y el espacio público en general;

Que, dentro de las incumbencias otorgadas en el en el Capitulo V del Plan Director de

Emergencias, la Dirección General de Defensa Civil debe viabilizar la participación de

las organizaciones voluntarias;

Que, en situaciones de emergencia y desastre, organizaciones voluntarias y

voluntarios espontáneos pueden brindar apoyo adicional cuando la magnitud del

evento supere las capacidades de respuesta;

Que, el voluntario espontáneo es una persona que no está afiliada a una organización

de respuesta a incidentes ni a una organización voluntaria pero que, sin pre-planificar

extensamente, ofrece apoyo a la respuesta y la recuperación de un incidente;

Que, todos los voluntarios espontáneos deben tener 18 años cumplidos antes de ser

considerados para la asignación de una tarea;

Que, en relación a las misiones y funciones de la Dirección General de Defensa Civil

en relación con las Asociaciones Voluntarias y con el Voluntariado Espontaneo, resulta

necesario llevar una organización para favorecer el ordenamiento y las

comunicaciones;

Que, a los fines de formalizar la relación con las Organizaciones Voluntarias en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, favoreciendo los alcances de la

mutua colaboración en aquellas acciones que se vinculen con el desarrollo y

funcionamiento integral del sistema de atención en emergencias y desastres,

prevención, mitigación, preparación, respuesta, recuperación y capacitaciones, se

firmará un convenio que es parte integrante de esta Disposición.

Que, a los fines de recabar información de las Asociaciones Voluntarias y Voluntariado

Espontáneo sobre sus capacidades tanto operativas, personales y de materiales para

poder articular tareas conjuntas en las áreas de su expertiz, relacionadas con la

prevención, capacitación, mitigación y difusión es necesario para su implementación

contar con formularios, que a modo de registro sirvan para que la Dirección General de

Defensa Civil pueda llegar a convocarlos de acuerdo a las necesidades operativas;

Que, para ello se crean los formularios "Formulario de Inscripción de Asociaciones

Voluntarias para la Defensa Civil y la Gestión Integral del Riesgo" y el "Formulario de

Registro de Voluntarios Espontáneos de la Dirección General de Defensa Civil";

Que, toda la información y contacto con las Asociaciones Voluntarias y el Voluntariado

Espontáneo se articulará a través del correo

electrónico

voluntariadodefensacivil@buenosaires.gob.ar

Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA CIVIL

DISPONE:

Artículo 1.- Establézcase para la formalización de la relación de cooperación con las

Organizaciones Voluntarias en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el

"Convenio de colaboración".

Artículo 2.- Determínese que para la inscripción de las Asociaciones Voluntarias y el

Voluntariado Espontáneo de la Dirección General de Defensa Civil se implementara el

"Formulario de Inscripción de Asociaciones Voluntarias para la Defensa Civil y la

Gestión Integral del Riesgo" y el "Formulario de Registro de Voluntarios Espontáneos

para la Defensa Civil"

Artículo 3.- Apruébese el "Convenio de colaboración Anexo I (IF-2024-32854346-

GCABA-DGDCIV), el "Formulario de Inscripción de Asociaciones Voluntarias para la

Defensa Civil y la Gestión Integral del Riesgo" Anexo II (IF-2024-32854397-GCABA-

DGDCIV), y el "Formulario de Registro de Voluntarios Espontáneos de la Dirección

General de Defensa Civil CABA" Anexo III (IF-2024-32856426-GCABA-DGDCIV), que

forman parte integrante de la presente.

Artículo 3.- Remítase a la Subsecretaría de Emergencias del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para su conocimiento.

Articulo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cumplido, archívese. Caritá


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6959 ANEXO 1

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6959 ANEXO 2

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6959 ANEXO 3

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 4° de la Disposicion 6128-DGDCIV-24 deroga  la Disposición 6004-GCABA-DGDCIV -2024</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Disposición 6004-DGDCIV/24 establece el Convenio de colaboración para la formalización de la relación de cooperación con las Organizaciones Voluntarias en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del Plan Director aprobado por Decreto 243/24.</p>