DECRETO 243 2024
Síntesis:
DEROGA - DECRETO 695-2009 - APRUEBA - PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS - SECRETARÍA DE SEGURIDAD - MINISTERIO DE SEGURIDAD - AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Publicación:
12/06/2024
Sanción:
11/06/2024
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros 5.920 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 695/09 y 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N°
22150182-GCABA-SSEMERG/24, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 695/09 se aprobó el Plan Director de Emergencias de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho Plan Director consiste en la participación de todas las áreas eventualmente
involucradas ante el acaecimiento de una determinada situación de emergencia;
Que por Ley N° 5.920 se creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consistente en un conjunto de
acciones y medidas destinadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y
los bienes, para proporcionar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de
emergencia;
Que el artículo 8° de la Ley N° 5.920 establece que todos los organismos competentes
en casos de emergencias, catástrofes y/o desastres deberán efectuar, en forma
conjunta con las empresas prestadoras de servicios públicos, prácticas de simulacros
a efectos de generar una respuesta automática, coordinada y efectiva ante las
posibles situaciones contempladas en la Ley;
Que por la Ley de Ministerios N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 20 al Ministerio
de Seguridad, entre cuyos objetivos se encuentran el de implementar un sistema
coordinado y único de emergencias, catástrofes y siniestros;
Que mediante el Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Subsecretaría de Emergencias dependiente de la Secretaría de Seguridad del
Ministerio de Seguridad;
Que entre las responsabilidades primarias de la mencionada Subsecretaría, se
encuentran las de entender en los planes de respuesta ante emergencias dentro de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, generar un programa de mejora continua del
sistema coordinado y único de emergencias y planificar, diseñar e implementar
políticas, planes, procedimientos y metodologías de control y vigilancia de emergencia
y comunicarlos a la ciudadanía;
Que en virtud de ello, atento el tiempo transcurrido desde la aprobación del Plan
Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y teniendo en
cuenta la nueva estructura orgánica funcional, la Subsecretaría de Emergencias
propicia una actualización del mencionado Plan;
Que mediante su actualización, el Plan Director constituye el marco de referencia para
que todas las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires den
respuesta ante situaciones de amenazas a la comunidad; sean de origen natural o por
acciones gestadas por los seres humanos, en las cuales la seguridad, la vida de las
personas y el ambiente puedan quedar expuestos al peligro;
Que en tal sentido, el nuevo Plan Director contribuye a la participación de todos los
sectores involucrados como así también, si fuera necesaria la eventual intervención de
instituciones pertenecientes a otras jurisdicciones, incluyendo las del ámbito privado,
basándose sus aspectos centrales en la planificación de las acciones a realizar ante
cada una de las amenazas previstas;
Que, conforme lo expuesto, corresponde derogar el Decreto N° 695/09, aprobar un
nuevo Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
designando a la Subsecretaría de Emergencias, dependiente de la Secretaría de
Seguridad del Ministerio de Seguridad, o el organismo que en el futuro la reemplace,
como autoridad de aplicación de la presente norma;
Que asimismo, resulta oportuno facultar a la citada Subsecretaría a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para la
implementación del Plan Director de Emergencias;
Que conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Derogar el Decreto N° 695/09.
Artículo 2°.- Aprobar el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, cuyo Anexo (IF-2024-22191946-GCABA-SSEMERG), forma parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Designar a la Subsecretaría de Emergencias, dependiente de la
Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad, o el organismo que en el futuro la
reemplace, como autoridad de aplicación del presente decreto.
Artículo 4°.- Facultar a la Subsecretaría de Emergencias dependiente de la Secretaría
de Seguridad del Ministerio de Seguridad o el organismo que en el futuro la
reemplace, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que
resulten necesarias para la implementación del Plan Director de Emergencias que se
aprueba por el presente Decreto.
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Seguridad y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo. Para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Emergencias dependiente
de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad. Cumplido, archívese.
MACRI - Wolff - Grindetti