RESOLUCIÓN 3 2024 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
Síntesis:
APRUEBA - BAJA - INVENTARIO ÚNICO DE TRÁMITES - IUT - TRÁMITES GESTIÓN PRIVADA - CERT. DOCUMENTACIÓN ESTUDIANTES - PRESENTACIÓN DE MATERIALES PARA USO EN ESCUELAS - CONVENIOS CON DE GESTIÓN ASOCIADA - PEDIDOS DE ENTREGAS DE COMPUTADORAS PARA ESTUDIANTES DE PROFESORADO - SOLICITUD POR PARTE DE LAS EMPRESAS A TRAVÉS DEL MINISTERIO DE HACIENDA
Publicación:
23/09/2024
Sanción:
18/09/2024
Organismo:
SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO: Las Leyes 3304 (texto consolidado por Ley 6588) y 6684, los Decretos 118/22
y 387/23 y sus modificatorios, la Resolución 70-GCABA-SECITD/22, la Resolución
Conjunta 1-GCABA-SECITD/22, el Expediente Electrónico 34198290-GCABA-
MEDGC/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 3304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de modernización
administrativa;
Que el artículo 3° de la mencionada Ley establece que la Jefatura de Gabinete de
Ministros es la autoridad de aplicación;
Que por los artículos 1° y 2° del Decreto 118/22 se estableció un Modelo de
Gobernanza de los Datos y un Sistema de Interoperabilidad del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires con el fin de interconectar los sistemas de información de todas las
áreas de gobierno para garantizar el intercambio de datos de manera segura,
transparente y confidencial;
Que mediante el artículo 7° del Decreto aludido, se creó el Inventario Único de
Trámites (IUT), dentro del Módulo Registro de Legajo Multipropósito (RLM) del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), estableciendo que el
mismo será implementado y organizado por la Secretaría de Innovación y
Transformación Digital, o el organismo que en el futuro la reemplace, de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que, de la misma manera, se estableció que todas las reparticiones deberán informar
los trámites que tengan en su órbita, a fin de incorporarlos al mencionado Inventario en
las formas, plazos y condiciones que determine la Secretaría de Innovación y
Transformación Digital para asegurar su vigencia;
Que el Inventario Único de Trámites (IUT) consolida todos los trámites vigentes del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a lo declarado por cada
repartición;
Que, mediante la Resolución 70-GCABA-SECITD/22, se aprobó el "Reglamento
Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que el artículo 3° de la mentada Resolución encomendó a la Dirección General de
Eficiencia Administrativa la gestión de todas las acciones necesarias para dar
cumplimiento al "Reglamento Operativo del Inventario Único de Trámites (ROIUT)";
Que en el marco de ello, por medio de la Resolución Conjunta 1-GCABA-SECITD/22
se aprobó el Anexo I, estableciendo el "Procedimiento para la incorporación de nuevo
trámite o modificación de uno existente en el Inventario Único de Trámites (IUT)";
Que por la Ley 6684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al
Ministerio de Educación;
Que entre los objetivos del Ministerio de Educación se encuentra el de diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros;
Que el mencionado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
Secretaría de Innovación y Transformación Digital, las de fomentar el diseño ágil de
procesos, la digitalización y la coordinación de las políticas de transformación de la
gestión administrativa dentro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
incentivando la incorporación de nuevas metodologías de trabajo, el uso de
herramientas y sistemas digitales y la optimización de los procesos; intervenir en el
diseño y coordinación de las políticas de transformación y modernización en las
distintas áreas de gobierno y la propuesta de las normas en la materia; supervisar el
diseño de procesos y asistir en esta materia a todas las áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que lo requieran y supervisar la implementación de
las iniciativas de modernización, relativas a la gestión y modernización administrativa y
tecnológica, procesos y servicios al ciudadano;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo
pertinente en virtud de lo dispuesto por el artículo 9° del Anexo I de la Resolución
Conjunta 1-GCABA-SECITD/22.
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Aprobar la Baja de los trámites "GESTIÓN PRIVADA - CERT.
DOCUMENTACIÓN ESTUDIANTES", "PRESENTACIÓN DE MATERIALES PARA
USO EN ESCUELAS", "CONVENIOS CON DE GESTIÓN ASOCIADA", "PEDIDOS DE
ENTREGAS DE COMPUTADORAS PARA ESTUDIANTES DE PROFESORADO",
"SOLICITUD POR PARTE DE LAS EMPRESAS A TRAVËS DEL MINISTERIO DE
HACIENDA" en el Inventario Único de Trámites (IUT).
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
la Dirección General de Eficiencia Administrativa a fin de proceder a la carga en el
Inventario Único de Trámites (IUT) de la Baja de los Trámites citados en el Artículo 1°.
Cumplido, archivar. Miguel - Fernández