RESOLUCIÓN 174 2005 SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN

Síntesis:

APRUEBA LA LÍNEA DE FINANCIAMIENTO FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DEL COMERCIO BARRIAL

Publicación:

30/08/2005

Sanción:

17/08/2005

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE PRODUCCIÓN


Visto el Expediente N° 49.650/05; los Decretos Nros. 384-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1674) y 2.696-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1836) y la Resolución N° 132-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2215) y,

CONSIDERANDO:

Que el citado acto resolutivo dispuso la implementación de la operatoria PROMIPyME Empresas en Marchaen el marco del Programa de Apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creado por el referido Decreto N° 384-GCABA/03 (B.O.C.B.A. N° 1674);

Que este programa ha sido concebido para promover el fortalecimiento competitivo de las empresas de la aludida Ciudad Autónoma, mediante el apoyo financiero a micro, pequeñas y medianas empresas, a través de líneas crediticias específicas según el tipo de operatoria;

Que la actividad comercial constituye una de las principales fuentes de generación de empleo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, razón por la cual resulta estratégico aportar esfuerzos que potencien su desarrollo;

Que a tal efecto es conveniente desarrollar acciones tendientes a adecuar y mejorar las instalaciones y/o equipamiento de los pequeños y medianos comercios, con el objeto de contribuir a su modernización y a su adaptación a las nuevas necesidades de la demanda;

Que ello les permitirá alcanzar, a la vez, un mejor posicionamiento respecto de las grandes empresas del rubro al dinamizar sus respectivos giros comerciales y revitalizar así las zonas aledañas;

Que el sistema bancario formal sólo atiende una pequeña fracción del sector comercial minorista, quedando marginada la mayoría del acceso a líneas crediticias que contemplen la particularidad de esta actividad;

Que la Subsecretaría de Producción dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable ha diseñado y desarrollado un conjunto de criterios técnicos destinados a regir el otorgamiento de préstamos destinados al universo en cuestión, así como una metodología para la evaluación de los proyectos que se presenten con tal propósito;

Que para instrumentar dichos principios, debe procederse a aprobar las normas que los consagren, con el propósito de habilitar así la implementación de las referidas líneas de financiamiento;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese, en el marco de la operatoria PROMIPyME Empresas en Marcha, reglamentada por la Resolución N° 132-SSPRODU/05 (B.O.C.B.A. N° 2215) la línea denominada Fortalecimiento y Modernización del Comercio Barrial, cuyo objetivo será el financiamiento de proyectos de acondicionamiento, adecuación o mejora de pequeños comercios minoristas localizados en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Asígnase a la línea creada por el artículo 1° la suma de pesos un millón ($ 1.000.000), proveniente de la partida presupuestaria N° 656615900120631001390. Estos fondos podrán ampliarse en función de la necesidad y de los recursos presupuestarios disponibles.

Artículo 3° - Asígnase a la Dirección General de Industria, Comercio y Servicios el carácter de unidad ejecutora de la línea prevista en el artículo 1°, quedando a su cargo:

a) Recibir las solicitudes de crédito;

b) Evaluar los proyectos presentados;

c) Emitir dictamen recomendando a la autoridad de aplicación la decisión a adoptar respecto de las solicitudes presentadas;

d) Poner en conocimiento de los postulantes tal decisión;

e) Realizar el seguimiento y control de cumplimiento de los proyectos financiados.

Artículo 4° - El plazo para la presentación de proyectos estará abierto a partir de la entrada en vigencia de esta norma y hasta las 14 hs. del día 31 de octubre de 2005 o hasta agotarse el cupo de fondos establecido en el artículo 2°, lo que ocurra primero.

Artículo 5° - Apruébanse las bases y condiciones de la línea Fortalecimiento y Modernización del Comercio Barrial, que se adjuntan a la presente como Anexo I.

Artículo 6° - Apruébase el Listado de Documentación Requerida, la Carta de Solicitud de Crédito y el Modelo de Declaración Jurada, que se adjuntan como Anexos II, III y IV, respectivamente.

Artículo 7° - Apruébanse los formularios para la presentación de proyectos y los modelos de Carta de Fianza, Conformidad Conyugal, Información de Cogarantes y Manifestación de Bienes que se adjuntan como Anexos V, VI, VII, VIII y IX, respectivamente.

Artículo 8° - Apruébase el Modelo de Acta Acuerdo que, adjunto como Anexo X de la presente, deberá ser suscripta en forma conjunta con el representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por las empresas adjudicatarias de los préstamos otorgados mediante la operatoria que se prevé en el artículo 1°.

Artículo 9° - Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales Administrativa, Técnica y Legal de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable; de Industria, Comercio y Servicios de la Subsecretaría de Producción y de Contaduría y Tesorería de la Secretaría de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V

ANEXO VI

ANEXO VII

ANEXO VIII

ANEXO IX

ANEXO X


ANEXOS

ANEXO I

ver Imagen 1
ver Imagen 2
ver Imagen 3
ver Imagen 4
ver Imagen 5
ver Imagen 6
ver Imagen 7
ver Imagen 8
ver Imagen 9

ANEXO II

ver Imagen 10

ANEXO III

ver Imagen 11

ANEXO IV

ver Imagen 12
ver Imagen 13

ANEXO V

ver Imagen 14
ver Imagen 15
ver Imagen 16
ver Imagen 17
ver Imagen 18
ver Imagen 19
ver Imagen 20
ver Imagen 21
ver Imagen 22
ver Imagen 23
ver Imagen 24
ver Imagen 25
ver Imagen 26

ANEXO VI

ver Imagen 27 ver Imagen 28

ANEXO VII

ver Imagen 29

ANEXO VIII

ver Imagen 30

ANEXO IX

ver Imagen 31
ver Imagen 32
ver Imagen 33
ver Imagen 34
ver Imagen 35

ANEXO X

ver Imagen 36
ver Imagen 37
ver Imagen 38
ver Imagen 39
ver Imagen 40
ver Imagen 41
ver Imagen 42
ver Imagen 43

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 174-SSP-05 Implementa la operatoria PROMIPyME Empresas en marcha, establecida por la Res. 132-SSP-05
MODIFICADA POR
Res. 214-SSP-05 Prorroga el plazo para la presentación de proyectos aprobados Res. 174-SSP-05
INTEGRADA POR
Res. 267-SSP-05 Declara ganadores del concurso convocado por Res. 174-SPTYDS-05