DISPOSICIÓN 3029 2024 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Síntesis:
RECTIFICA - DISPOSICIÓN N° 2992-DGPF-24 - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N° 33 "SABE LA TIERRA" - DIRECCIÓN GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Publicación:
16/10/2024
Sanción:
10/10/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 491/16, 387/23, 91/24, 246/24 y 152/24, las Disposiciones Nros. 1.007-
DGFYME/16,363-DGFER/19 y 2992-GCABA-DGPF/24, el expediente Nro-38663353
GCABA-DGPF/24, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades
primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando
estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como
entender en lo relativo al uso del espacio público;
Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;
Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura
orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades
primarias para "Planificar, administrar y supervisar las Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas competentes en caso de
corresponder. Como asi también administrar el Registro Único de Permisionarios,
Feriantes y Vendedores. "(..);
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) en su artículo 1°
autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial, en los
lugares que determine la autoridad de aplicación;
Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento
la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 33 "Sabe la Tierra" en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por el expediente citado en el visto, 38239917-GCABA-DGPF/24 tramitó la
solicitud de la Gerencia Operativa de Mercados, con el fin de autorizar nuevo
emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial N° 33 "Sabe la Tierra";
Que, este nivel ha detectado un error material e involuntario en la información
correspondiente a la ubicaciòn del mismo, correspondiendo ser la ubicaciòn correcta
Plazoleta Joaquin Sanchez;
Que, toda vez que se trata de un error material involuntario, éste puede ser subsanado
en el marco de lo dispuesto en el artículo N° 124 de la Ley de Procedimientos
Administrativos N° 1510/97, dado que su enmienda no altera lo sustancial de la
Disposición de marras;
Que atento a ello, corresponde rectificar el Artículo N°1 de la Disposición N° 2992-
DGPF/24;
Que, la Gerencia Operativa de Mercados, mediante informe N°38660242 -GCABA-
DGPF/24, ha tomado intervención en los presentes actuados prestando conformidad a
esta tramitación que encuadra en las previsiones de la Ley N° 2936 (texto consolidado
por la Ley N° 6.588);
Que, habiendo verificado la documentación obrante en las presentes actuaciones, se
constata el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa del visto,
correspondiendo dictar el pertinente acto administrativo que autorice la realización del
mentado permiso de uso;
Por ello, en uso de las facultades que surgen del Decreto N° 152/24;
Artículo 1°-Rectificar el Art. 1° de la Disposición N° 2992-GCABA-DGPF/24, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1° Autorizar el emplazamiento de
la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial de tipo orgánico o especial N° 33 "Sabe la
Tierra" conforme detalle obrante en el Anexo (IF-2024-38636995-GCABA-DGPF), que
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados dependiente de la Dirección General
Permisos y Ferias, que efectuará las notificaciones correspondientes. Cumplido,
archívese. Fiore