DISPOSICIÓN 2992 2024 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Síntesis:

AUTORIZA - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL N° 33 -  SABE LA TIERRA - DIRECCIÓN GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Publicación:

15/10/2024

Sanción:

09/10/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS


VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los

Decretos Nros. 491/16, 387/23, 91/24, 246/24 y 152/24, las Disposiciones Nros. 1.007-

DGFYME/16 y 363-DGFER/19, el expediente Nro. 38239917-GCABA-DGPF/24, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades

primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando

estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como

entender en lo relativo al uso del espacio público;

Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;

Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura

orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades

primarias para "Planificar, administrar y supervisar las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas competentes en caso de

corresponder. Como asi también administrar el Registro Único de Permisionarios,

Feriantes y Vendedores. " (..);

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) en su artículo 1°

autoriza la instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial, en los

lugares que determine la autoridad de aplicación;

Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 363-DGFER/19 se ha autorizado el funcionamiento

la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 33 "Sabe la Tierra" en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante la Comunicación Oficial N° 38433499-DGPF/24 se le informó a la Junta

Comunal N° 13, el nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial N° 33 "Sabe la Tierra";

Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 11 hs hasta las 19 hs,

contemplando el armado comenzara dos horas antes del inicio de la feria y el

desarmado concluirá dos horas posterior al cierre de la misma;

Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de

calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante informe N° 38422734-DGPF/24, la Gerencia Operativa Mercados

solicita y presta conformidad a autorizar el nuevo emplazamiento de la FIAB N° 33

"Sabe la Tierra" para todos los martes de octubre en Plaza Manuel Belgrano.

Por ello, en el uso de las facultades que le son propias conferidas por el Decreto

152/24,

LA DIRECTORA GENERAL PERMISOS Y FERIAS

DISPONE:

Artículo 1°.- Autorizar el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial de tipo orgánico o especial N° 33 "Sabe la Tierra" conforme detalle obrante en

el Anexo (IF-2024-38260159-GCABA-DGPF), que forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados dependiente de la Dirección General

Permisos y Ferias, que efectuará las notificaciones correspondientes. Cumplido,

archívese. Fiore


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6978

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 3029-DGPF/24 rectifica el artículo 1° de la Disposición N° 2992-DGPF/24.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la  Disposición N° 2992/DGPF/24 autoriza el emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial de tipo orgánico o especial N° 33 Sabe la Tierra en el marco de la Disposición N° 363-DGFER/19.</p><p> </p>