LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2024

Síntesis:

EXP. 2073-D-24 - APLICA - PROTECCIÓN AMBIENTAL - SOLARES - ESCUELA TÉCNICA RAGGIO - CAMPO DE DEPORTES - SECCIÓN 029 MANZANA 111 PARCELA 000 - UNIDAD DE PROTECCIÓN ESPECIAL AMBIENTAL NIVEL 1 - CÓDIGO URBANÍSTICO DE LA CIUDAD

Publicación:

18/10/2024

Sanción:

17/10/2024

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


EXP. 2073-D-24

Buenos Aires, 17 de octubre de 2024

Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- La presente Ley tiene por objeto aplicar la Protección Ambiental a los

solares de la Escuela Técnica Raggio y a su Campo de Deportes.

Art. 2°.- Se declara como Unidad de Protección Especial Ambiental Nivel 1, según lo

establecido en el Título 9 de Protección Patrimonial e Identidad ítem 9.1.3.2.1 del

Código Urbanístico de la Ciudad, a la unidad catastral Sección 029 Manzana 111

Parcela 000, sin subdivisiones y ubicada en una única manzana: Escuela Técnica

Raggio.

Art. 3°.- Se declara como Unidad de Protección Especial Ambiental Nivel 1, según lo

establecido en el Título 9 de Protección Patrimonial e Identidad ítem 9.1.3.2.1 del

Código Urbanístico de la Ciudad, a la única unidad catastral: Sección 029 Manzana

110B Parcela 000, sin subdivisiones y ubicada en una única manzana: Campo de

Deportes de la Escuela Técnica Raggio.

Art. 4°.- En función de lo establecido en los artículos 2° y 3° de la presente Ley y a los

efectos de poder garantizar el espíritu contenido en las normas que lo sustentan; se

establece un mecanismo de consulta previa, en caso de futuras modificaciones de

resguardo y/o zonificación a los solares mencionados ut supra.

La consulta se deberá realizar con el Museo Sitio de Memoria ESMA, en virtud de su

inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO y del Ente Público Espacio

para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (ex ESMA),

en su calidad de Zona de Amortiguación, según el criterio establecido por el Comité

del Patrimonio Mundial.

Art. 5°.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Muzzio - Schillagi


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APROBADA POR
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 del Decreto 37/LCABA/24 convoca a Audiencia Pública bajo modalidad mixta para el día 29 de noviembre de 2024 a las 15:00 hs con relación a la Ley Inicial publicada en el BOCBA N° 6981 del 18 de octubre de 2024, referente al Expediente N° 2073-D-2024.</p>