DISPOSICIÓN 69 2024 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Síntesis:
APRUEBA - MANUAL DEL PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Publicación:
22/10/2024
Sanción:
15/10/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
VISTO: La Ley N° 26.413, la Ley 70 de Sistemas de Gestión Financiera y Control del
Sector Público, la Ley 3304 de Modernización del Estado, el Decreto N°
387/GCABA/23 que fija la Estructura Orgánica y Funcional del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 205/GCABA /2024 que modificó estructura
organizativa de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, el Decreto
230/GCABA /2024, y el Expediente EX-2024-38946520-GCABA-DGRC, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.413 establece que todos los actos o hechos que den
origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas deberán
inscribirse en los correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios se estableció la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho cuerpo legal, contempla a la Dirección General Registro del Estado Civil y
Capacidad de las Personas, bajo la órbita de la Subsecretaria de Servicios al
Ciudadano, que a su vez depende de la Secretaria de Gobierno y Vínculo Ciudadano,
es el órgano que desempeña las funciones comprendidas en la Ley Nacional N°
26.413;
Que por Decreto N° 205/GCABA /2024 se modificó, a partir del 1 de abril de 2024, la
estructura organizativa de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose la Dirección General
Adjunta del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la
Subsecretaría de Servicios al Ciudadano y la Dirección General Asistencia Territorial,
dependiente de la Subsecretaría de Articulación y Fortalecimiento Territorial;
Que por Decreto 230/GCABA /2024 el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires propicia la ratificación, a partir del 1° de abril de 2024, del señor Pablo Ezequiel
FEITO, D.N.I. N° 27.216.452, C.U.I.L. N° 20-27216452-6 Director General de la
Dirección General Adjunta del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas
de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la Secretaría de Gobierno y Vínculo
Ciudadano;
Que el artículo 122 de la Ley 70 de la CABA establece que el titular de cada
jurisdicción o entidad dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es
responsable de la implantación y mantenimiento de sistemas de control interno, entre
ellos manuales de procedimiento;
Que, por su parte, y en el mismo sentido que la norma anterior, por medio del inc c)
del artículo 3° de la Ley 3.304 regula que son funciones de la autoridad de aplicación
adecuar y/o elaborar los manuales de organización y procedimientos;
Que la formulación de reglamentos y/o manuales de procedimiento permite mejorar el
desarrollo de las tareas encomendadas a cada órgano, en tanto otorga a los equipos
técnicos y administrativos un marco normativo que les brinde seguridad y previsibilidad
al quehacer diario, estableciendo líneas de trabajo claras que permitan anticiparse a
posibles desvíos y delinear alternativas viables en caso de ser necesario,
contribuyendo de esta manera a una adecuada gestión de la Administración Pública;
Que la medida administrativa que se dicta, se enmarca en la lógica que los trámites
administrativos deben ser facilitadores de los derechos en cabeza de los ciudadanos y
no un obstáculo burocrático, teñido de obsoletas e innecesarias exigencias, que
atentan contra el adecuado, fácil y rápido acceso al ejercicio de los derechos;
Que en igual sentido, la iniciativa en estudio encuentra asidero en los principios que
caracterizan al procedimiento administrativo en su aspecto formal, como la rapidez,
simplicidad y economía procedimentales.
Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado su intervención de competencia.
Por ello, en uso de las facultades que les son propias,
ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Manual del Procedimientos de este Registro Civil y
Capacidad de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como
ANEXO I (IF-2024-N°38945876 -GCBA-DGRC) forma parte de la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese de lo aquí dispuesto a la Gerencia Operativa Legal, a la Gerencia
Operativa Registración e Inscripciones, a la Gerencia Operativa Documentación y
Cercanía con el Ciudadano y a la Gerencia Operativa Archivo y Soporte
Administrativo, como así también al resto de las dependencias, agentes y a los
Oficiales Públicos de esta Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de
las Personas la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano. Cumplido, archívese.
Feito