DISPOSICIÓN 69 2024 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Síntesis:

APRUEBA - MANUAL DEL PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Publicación:

22/10/2024

Sanción:

15/10/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS


VISTO: La Ley N° 26.413, la Ley 70 de Sistemas de Gestión Financiera y Control del

Sector Público, la Ley 3304 de Modernización del Estado, el Decreto N°

387/GCABA/23 que fija la Estructura Orgánica y Funcional del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 205/GCABA /2024 que modificó estructura

organizativa de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, el Decreto

230/GCABA /2024, y el Expediente EX-2024-38946520-GCABA-DGRC, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 26.413 establece que todos los actos o hechos que den

origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas deberán

inscribirse en los correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo

dispuesto en el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios se estableció la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho cuerpo legal, contempla a la Dirección General Registro del Estado Civil y

Capacidad de las Personas, bajo la órbita de la Subsecretaria de Servicios al

Ciudadano, que a su vez depende de la Secretaria de Gobierno y Vínculo Ciudadano,

es el órgano que desempeña las funciones comprendidas en la Ley Nacional N°

26.413;

Que por Decreto N° 205/GCABA /2024 se modificó, a partir del 1 de abril de 2024, la

estructura organizativa de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose la Dirección General

Adjunta del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la

Subsecretaría de Servicios al Ciudadano y la Dirección General Asistencia Territorial,

dependiente de la Subsecretaría de Articulación y Fortalecimiento Territorial;

Que por Decreto 230/GCABA /2024 el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires propicia la ratificación, a partir del 1° de abril de 2024, del señor Pablo Ezequiel

FEITO, D.N.I. N° 27.216.452, C.U.I.L. N° 20-27216452-6 Director General de la

Dirección General Adjunta del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas

de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la Secretaría de Gobierno y Vínculo

Ciudadano;

Que el artículo 122 de la Ley 70 de la CABA establece que el titular de cada

jurisdicción o entidad dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, es

responsable de la implantación y mantenimiento de sistemas de control interno, entre

ellos manuales de procedimiento;

Que, por su parte, y en el mismo sentido que la norma anterior, por medio del inc c)

del artículo 3° de la Ley 3.304 regula que son funciones de la autoridad de aplicación

adecuar y/o elaborar los manuales de organización y procedimientos;

Que la formulación de reglamentos y/o manuales de procedimiento permite mejorar el

desarrollo de las tareas encomendadas a cada órgano, en tanto otorga a los equipos

técnicos y administrativos un marco normativo que les brinde seguridad y previsibilidad

al quehacer diario, estableciendo líneas de trabajo claras que permitan anticiparse a

posibles desvíos y delinear alternativas viables en caso de ser necesario,

contribuyendo de esta manera a una adecuada gestión de la Administración Pública;

Que la medida administrativa que se dicta, se enmarca en la lógica que los trámites

administrativos deben ser facilitadores de los derechos en cabeza de los ciudadanos y

no un obstáculo burocrático, teñido de obsoletas e innecesarias exigencias, que

atentan contra el adecuado, fácil y rápido acceso al ejercicio de los derechos;

Que en igual sentido, la iniciativa en estudio encuentra asidero en los principios que

caracterizan al procedimiento administrativo en su aspecto formal, como la rapidez,

simplicidad y economía procedimentales.

Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado su intervención de competencia.

Por ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA

]DEL REGISTRO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese el Manual del Procedimientos de este Registro Civil y

Capacidad de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como

ANEXO I (IF-2024-N°38945876 -GCBA-DGRC) forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese de lo aquí dispuesto a la Gerencia Operativa Legal, a la Gerencia

Operativa Registración e Inscripciones, a la Gerencia Operativa Documentación y

Cercanía con el Ciudadano y a la Gerencia Operativa Archivo y Soporte

Administrativo, como así también al resto de las dependencias, agentes y a los

Oficiales Públicos de esta Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de

las Personas la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano. Cumplido, archívese.

Feito


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6983

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 69/DGRC/24 aprueba el Manual del Procedimientos de este Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementando lo dispuesto por la Disposición 29/DGRC/23.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1º de la Disposición N° 69/DGRC/24 aprueba el Manual del Procedimientos de este Registro Civil y Capacidad de las Personas en el marco de la Ley Nacional 26413/PEN/08.</p>