RESOLUCIÓN 204 2024 SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL

Síntesis:

APRUEBA LINEAMIENTOS - GOBERNANZA DE DATOS - REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN PERIÓDICA -  TRATAMIENTO DE DATOS - MATERIA NORMATIVA Y TECNOLÓGICA - SECRETARIA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL -  JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

05/11/2024

Sanción:

31/10/2024

Organismo:

SECRETARIA DE INNOVACION Y TRANSFORMACION DIGITAL


VISTO: Las Leyes Nros. 3.304 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los

Decretos Nros. 118/22, 387/23 y sus modificatorios y el Expediente Electrónico N°

41281224-GCABA-DGGDA/24 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 3.304 estableció el "Plan de Modernización de la Administración Pública

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" a fin de encarar un proceso de

modernización administrativa; Que el artículo 2° del Título I del Anexo de la Ley N°

3.304 estableció entre sus objetivos específicos, el de orientar a la Administración al

servicio de los ciudadanos, a través de una gestión transparente y de canales

efectivos de participación y control ciudadano y promover e introducir el uso de las

nuevas Tecnologías de Información y Comunicación, de manera de responder con

mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad, entre otros;

Que el artículo 3° de la mencionada Ley estableció a la Jefatura de Gabinete de

Ministros como autoridad de aplicación;

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 2° a la Jefatura de Gabinete

de Ministros;

Que a través del Decreto N° 118/22 se estableció un Modelo de Gobernanza de los

Datos, entendiendo por tal al establecimiento de procesos, coherentes y ordenados,

abarcando todo el ciclo de vida del dato, el cual contiene las instancias de planeación,

captura, producción, organización, administración, difusión, promoción y uso;

Que el citado Modelo comprende cualquier operación o conjunto de operaciones, que

permitan la recolección, conservación, transferencia, cesión, ordenación,

almacenamiento, modificación, relacionamiento, y en general, el tratamiento de datos;

Que el artículo 4° del mencionado Decreto, establece que el Modelo resulta de

aplicación para las entidades y jurisdicciones comprendidas en el artículo 4° de la Ley

N° 70;

Que, mediante el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de Innovación y Transformación Digital

dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, dentro de las responsabilidades primarias de la mencionada Secretaría se

encuentran las de "Coordinar las acciones necesarias para promover la innovación

pública, la implementación de una política de datos y el gobierno digital; Entender en la

formulación de políticas que permitan incorporar el diseño, la innovación y la

tecnología en la producción de bienes y servicios brindados al ciudadano por el

Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Diseñar y ejecutar políticas de

innovación orientadas al desarrollo tecnológico y sustentable de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires; Promover la vinculación entre los organismos públicos y el sector

privado a fin de fomentar la participación en la producción de innovación y desarrollo

de tecnologías disruptivas, transfiriéndolos al sistema productivo y a la sociedad en

general, para mejorar la competitividad de la economía y la calidad de vida del

ciudadano; Identificar, fortalecer y gestionar el desarrollo e implementación de nuevos

productos, procesos y/o servicios basados en tecnologías emergentes que permitan la

transformación y modernización del Estado en las distintas áreas de Gobierno;

identificar, fortalecer y gestionar el desarrollo e implementación de nuevos productos,

procesos y/o servicios basados en tecnologías emergentes que permitan la

transformación y modernización del Estado en las distintas áreas de Gobierno", entre

otras;

Que asimismo, por el citado Decreto se establecieron entre las responsabilidades

primarias de la Subsecretaría de Innovación Administrativa, dependiente de la

mencionada Secretaría, la de "Establecer lineamientos y estrategias en materia de

gobernanza de datos: generación, intercambio y clasificación de datos" entre otras;

Que, en este sentido, los Lineamientos para la gobernanza de datos, buscan

profundizar y sentar las bases para la implementación de una política integral en

materia de gestión de datos, abarcando tanto su obtención, generación, protección,

uso, análisis, integración y almacenamiento, con el objetivo de tomar decisiones

basadas en evidencia y mejorar la vida de los vecinos y vecinas que viven y transitan

por la Ciudad;

Que, en atención a lo expuesto, esta Secretaría de Innovación y Transformación

Digital, propicia aprobar los Lineamientos de Gobernanza de Datos, con el objeto de

mejorar el modo en que las distintas áreas de gobierno gestionan y comparten los

datos, de manera ágil y segura, en cumplimiento con las leyes de protección de datos

personales y garantizando la transparencia y la calidad de la información disponible

para la toma de decisiones.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar los Lineamientos de Gobernanza de Datos, que como Anexo I

(IF-2024-41394298 -GCABA-DGGDA), forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Establecer que los Lineamientos de Gobernanza de Datos aprobados en

el Artículo precedente serán objeto de revisión y actualización periódica para

garantizar su adecuación a los cambios que puedan surgir sobre el tratamiento de los

datos en materia normativa y tecnológica. Con el fin de asegurar su conocimiento y

aplicación efectiva la última versión siempre se podrá consultar a través de la página

web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el siguiente enlace

https://buenosaires.gob.ar/innovacionytransformaciondigital/lineamientos-para-la-gober

nanza-de-datos.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

todos los Ministerios, Secretarías del Poder Ejecutivo, Entes Descentralizados y a los

Organismos Fuera de Nivel, y a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires.

Para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Subsecretaría de Innovación

Administrativa dependiente de la Secretaría de Innovación y Transformación Digital de

la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archivar. Fernández


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6993

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 204-SECITD - 24 aprueba los Lineamientos de Gobernanza de Datos en el marco del Decreto 118-22</p>