RESOLUCIÓN 5143 2024 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
MODIFICA - DOTACIÓN - PLANTAS ORGÁNICAS DE URGENCIA - POU - HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DEROGA - RESOLUCIÓN 3793-MSGC/24 - DR. TEODORO ÁLVAREZ - HOSPITALES DE AGUDOS - HOSPITALES DE NIÑOS - HOSPITALES MONOVALENTES - DRA. CECILIA GRIERSON - DR. IGNACIO PIROVANO - DR. JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA - DR. FRANCISCO SANTOJANNI - DR. ABEL ZUBIZARRETA - DR. COSME ARGERICH - DR. CARLOS G. DURAND - DR. JUAN A. FERNANDEZ - DR. BERNARDINO RIVADAVIA - DR. JOSÉ MARÍA PENNA - DR. PARMENIO PIÑERO - DR. ENRIQUE TORNÚ - DR. DALMACIO VELEZ SARSFIELD - DR. PEDRO ELIZALDE - DR. RICARDO GUTIERREZ - DR. TORCUATO DE ALVEAR - DR. JOSÉ TIBURCIO BORDA - DR. BRAULIO A. MOYANO - DRA. CAROLINA TOBAR GARCÍA - DR. RAMÓN CARRILLO - DR. JOSÉ DUEÑAS - MARÍA FERRER - PEDRO LAGLEYZ - MARÍA CURIE - INSTITUTO DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA IREP - HOSPITAL MUNICIPAL DE QUEMADOS - DON BENITO QUINQUELA MARTÍN - MANUEL ROCCA - SANTA LUCÍA - DR. RAMÓN SARDÁ - DR. CARLOS BONORINO UDAONDO - FRANCISCO JAVIER MUÑIZ
Publicación:
14/11/2024
Sanción:
08/11/2024
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 6.035 (Texto Consolidado por Ley N° 6588), el Decreto N° 315/22,
la Resolución N° 3793-MSGC/24, el Expediente Electrónico N° 38827967-GCABA-
DGAYDRH/24, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la solicitud de modificación
de la dotación de las Plantas Orgánicas de Urgencia (POU) de los Hospitales
dependientes de este Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que en ese sentido, la Ley N° 6.035 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588) regula el
régimen aplicable a los profesionales de la salud que desarrollen servicios en el
Sistema Público de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 10 de la citada Ley estatuye que el ingreso al Sistema Público de Salud
de Ciudad Autónoma de Buenos Aires se realizará estrictamente mediante concurso
público abierto en el grado inicial que correspondiere mediante asignación de base,
conforme establece el artículo 97 de la misma Ley y que, asimismo, el nombramiento
se formalizará mediante acto administrativo emanado de autoridad competente;
Que por su parte, a través del Anexo del Decreto N° 315/22 se ordena y establecen las
dotaciones correspondientes a las Plantas Orgánicas de Urgencia (POU) de los
Hospitales dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo, en el artículo 3° del mencionado Decreto se aprueba que las sucesivas
modificaciones a la dotación serán efectuadas por el Ministro de Salud, con
intervención previa del Ministerio de Hacienda y Finanzas, ambos dependientes del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 3793-MSGC/24, se modificó la dotación de las Plantas
Orgánicas de Urgencia (POU) de los Hospitales dependientes del Ministerio de Salud
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo a la demanda hospitalaria, y con el propósito de perfeccionar y
optimizar los niveles de respuesta de los dispositivos de atención acorde a sus
especialidades y a la real necesidad de los vecinos de la Ciudad, corresponde adecuar
las dotaciones de las Plantas Orgánicas de Urgencias (POU) de los Hospitales
dependientes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 3° del Decreto N° 315/22,
Artículo 1°.- Modificar la dotación de las Plantas Orgánicas de Urgencia (POU) de los
Hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, conforme lo consignado en el Anexo I (IF-2024-38900396-GCABA-
DGAYDRH), el que a todos los efectos forma parte integrante de la presente
Resolución, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 3° del Decreto N°
315/22.
Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 3793-MSGC/24.
Artículo 3°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General de
Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, y comunicar a la Subsecretaria
Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Planificación y Control
Operativo, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y Desarrollo del Servicio Civil,
todas ellas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a los Hospitales
dependientes de este Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. González Bernaldo
de Quirós