RESOLUCIÓN 2693 2024 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICA - RESOLUCIÓN 1658-MEGC-2016 - ESTABLECE - PROYECTO JORNADA EXTENDIDA - SE DENOMINARÁ - PROYECTO - JORNADA EXTENDIDA APRENDE (+) - OBLIGATORIA - TODOS-AS LOS-AS ESTUDIANTES DE 6° Y 7° GRADO - NIVEL PRIMARIO DE JORNADA SIMPLE - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA - ESTUDIANTES DE 1° AÑO - NIVEL SECUNDARIO - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
05/12/2024
Sanción:
03/12/2024
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206 y sus modificatorias, la Ley 6684, el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las
Resoluciones 1658-MEGC/16 y su rectificatoria 971-GCABA-MEDGC/22, 1602-
GCABA-MEDGC/24, 2271-GCABA-MEDGC/24 y 2339-GCABA-MEDGC/24, el
Expediente Electrónico 45161394-GCABA-DGEAC/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que así también asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,
permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo y promueve el más alto nivel
de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que
posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;
Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, establece en su Artículo 4° la
responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones
locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los
habitantes de la Nación;
Que la Ley 6684 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por
los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les confiere
dicha Ley;
Que, en el marco de la precitada ley, le corresponde al Ministerio de Educación, entre
otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social;
Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación, contemplándose a la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje y bajo su órbita a la Dirección General Escuela Abierta a la Comunidad;
Que conforme el referido plexo normativo, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje,
tiene entre sus responsabilidades primarias la de diseñar, promover, implementar y
supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al desarrollo individual y
social de la comunidad, así como diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos
de la optimización de las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en
pos de mejorar la calidad educativa;
Que la Dirección General Escuela Abierta a la Comunidad, dependiente de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, tiene entre sus responsabilidades primarias la
de diseñar, implementar y evaluar los lineamientos pedagógicos que prioricen el
acceso igualitario a la educación y la cultura;
Que oportunamente, por Resolución 1658-GCABA-MEGC/16 y su rectificatoria se
aprobó la implementación progresiva a partir del ciclo lectivo 2016, del Proyecto de
Jornada Extendida en instituciones de Nivel Primario Jornada Simple y de Nivel
Secundario diurnas y vespertinas de gestión estatal, con el propósito de reforzar las
trayectorias educativas de los niños/as y jóvenes participantes del mismo, así como
proveer a esas escuelas de los recursos pedagógicos, el acompañamiento necesario y
la mirada institucional continua que permita conocer el estado de avance en cada una
de ellas, con un alto grado de participación de los estudiantes;
Que posteriormente, por Resolución 971-GCABA-MEDGC/22 se estableció que el
Proyecto Jornada Extendida se aplicará obligatoriamente para todos/as los/as
estudiantes de 6° y 7° grado de Nivel Primario de Jornada Simple y 1° año del Nivel
Secundario;
Que este Ministerio ha implementado importantes medidas en el ámbito educativo
para garantizar el derecho a la educación en condiciones de equidad, y ha
desarrollado acciones destinadas a fortalecer el acompañamiento de las trayectorias
de los y las estudiantes;
Que en miras de ello, mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", el que tiene como objetivo la mejora de los
aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos/as;
Que el referido Plan propone como eje central y prioritario de los próximos años, la
mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente
que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por
lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la
comunidad educativa en su conjunto;
Que, asimismo, resulta un objetivo general de dicho Plan, mejorar los aprendizajes
fundacionales de Lengua y Matemática a través de nuevas estrategias, mayor
acompañamiento, más tiempo de enseñanza y la asistencia sostenida y continua a la
escuela en un ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la inclusión y la
atención a la diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar y aprender
que faciliten el desarrollo de las capacidades que posibiliten a los y las estudiantes
vivir y trabajar en un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las tareas
pedagógicas y administrativas a través de la incorporación de nuevas funciones y
potencialidades que brinda la tecnología;
Que, en este contexto, mediante la Resolución 2271-GCABA-MEDGC/24, se aprobó el
Diseño Curricular del Nivel Primario de la Ciudad de Buenos Aires, que establece
cuatro finalidades principales: garantizar una formación integral, promover
aprendizajes socialmente significativos, desarrollar habilidades que permitan continuar
y sostener las trayectorias educativas, y fomentar la participación en experiencias de
aprendizaje colaborativo para fortalecer el desarrollo personal;
Que, posteriormente, a través de la Resolución 2339-GCABA-MEDGC/24 se aprobó
"Secundaria Aprende" como una política educativa que aspira a promover formatos y
prácticas que fortalezcan el vínculo de los establecimientos educativos con las
situaciones de vida de los estudiantes, y que reconfiguren el uso del tiempo y espacio
escolar, ampliando las estrategias de enseñanza, para lograr el acceso a saberes
significativos y el desarrollo de capacidades;
Que en ese marco y teniendo en consideración la experiencia transitada, es necesario
continuar avanzando hacia una mirada integral del proceso de aprendizaje que permita
que las/os estudiantes consoliden y recuperen los conocimientos establecidos de
acuerdo con los contenidos correspondientes;
Que, en dicho contexto, la Dirección General Escuela Abierta a la Comunidad indicó
que a fin de dar respuesta a las necesidades que el contexto actual presenta,
considera necesario establecer lógicas y dinámicas institucionales diversas que
permitan potenciar el Proyecto de Jornada Extendida para transformar los espacios
educativos en instancias de enseñanza y aprendizaje en las áreas fundacionales de
Lengua y Matemática, reconfigurando dichos espacios, actualizando los materiales
pedagógicos para docentes y estudiantes y la reorganización de la propuesta para
facilitar la organización familiar y atender a los nuevos desafíos de aprendizaje;
Que, en virtud de ello, propicia potenciar las herramientas existentes orientadas al
fortalecimiento y acreditación de los aprendizajes a efectos de dar respuesta de
manera más ajustada a las necesidades que presentan los/as estudiantes, a través de
trayectorias educativas más personalizadas, flexibles y con mayor calidad de
aprendizaje, en el contexto de una organización escolar que promueva el bienestar y
que potencie la labor de la institución;
Que, de esta manera, considera oportuno modificar la Resolución 1658-MEGC/16 y
sus modificatorias, en el sentido que se potencie el Proyecto Jornada Extendida,
denominándolo en lo sucesivo Proyecto "Jornada Extendida Aprende más (+)" y
adecuando sus objetivos, alcance, y organización de conformidad con los lineamientos
generales detallados en el Anexo I (IF-2024-45162732-GCABA-DGEAC);
Que, asimismo, se contempla que el Proyecto funcione bajo la órbita de la Dirección
General Escuela Abierta a la Comunidad, y que sea obligatorio para todos/as los/as
estudiantes de 6° y 7° grado de Nivel Primario de Jornada Simple, dependientes de la
Dirección de Educación Primaria, y 1° año del Nivel Secundario, dependientes de la
Dirección de Educación Media;
Que las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación
Educativa y las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Escuela Abierta
a la Comunidad y Administración de Recursos tomaron intervención en el marco de
sus competencias;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modificar los alcances de la Resolución 1658-MEGC/16 y establecer que
el Proyecto Jornada Extendida, se denominará en lo sucesivo Proyecto "Jornada
Extendida Aprende (+)", de conformidad con los Lineamientos Generales que como
Anexo I (IF-2024-45162732-GCABA-DGEAC) forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Establecer que el Proyecto "Jornada Extendida Aprende (+)" se aplicará
en forma obligatoria para todos/as los/as estudiantes de 6° y 7° grado de Nivel
Primario de Jornada Simple dependientes de la Dirección de Educación Primaria y
estudiantes de 1° año de Nivel Secundario dependientes de la Dirección de Educación
Media.
Artículo 3°.- Establecer que el Proyecto previsto en el Artículo 1° funcionará bajo la
órbita de la Dirección General Escuela Abierta a la Comunidad dependiente de la
Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, la cual podrá dictar las normas
complementarias que resulten necesarias para la implementación del mismo.
Artículo 4°.- Determinar que, a partir de la entrada en vigencia de la presente
Resolución, quedarán sin efecto aquellas disposiciones que resulten contrarias a lo
previsto en la misma.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se
imputará a la Jurisdicción 55 -Inciso 1 - Partida Principal 2.
Artículo 6°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje, Planeamiento e Innovación Educativa y
Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, y a las Direcciones
Generales Gestión Estatal y Escuela Abierta a la Comunidad. Cumplido, archivar.
Miguel
ANEXOS