RESOLUCIÓN 130 2024 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

DISPONE - UNIDAD DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN - DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL - CUERPO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES - CIJ - DENOMINACION DE ORGANISMOS - UNIDAD DE CIBERFRAUDE - PODER JUDICIAL - ESTRUCTURA ORGÁNICA - FISCALÍA GENERAL

Publicación:

13/12/2024

Sanción:

11/12/2024

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, los artículos 1°, 18, 22 y 23 de la Ley N° 1.903, la Ley N° 2.896, y las

Resoluciones FG Nros. 4/2020, 90/2020, 109/2022 y 45/2024 y la Actuación Interna N°

30-00099377 del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de la Fiscalía General;

y

CONSIDERANDO:

I.-

Que, mediante la Resolución FG N° 4/2020 se dispuso oportunamente la

reorganización de la estructura interna de las Secretarías Generales, Secretarías

Judiciales, Oficinas, Departamentos y Áreas que funcionan bajo la órbita de la Fiscalía

General, de la Fiscalía General Adjunta de Gestión y de la Fiscalía General Adjunta en

lo Penal y Contravencional, de acuerdo con los organigramas, misiones y funciones,

cambios de denominación y readecuaciones que se desprenden de los Anexos I, II y

III que forman parte de la mencionada resolución.

Que, a su vez, dicha resolución determinó que la estructura interna de la Secretaría

General de Investigaciones, Acceso a la Justicia y Relaciones con la Fuerzas de

Seguridad estuviera compuesta por dos unidades funcionales: la Secretaria de Acceso

a la Justicia (integrada por un Área de Coordinación, la Oficina Central Receptora de

Denuncias -OCRD- y las Unidades de Orientación y Denuncia -UOD-) y el Cuerpo de

Investigaciones Judiciales -CIJ- (integrado por la Dirección, la Subdirección, la Unidad

de Apoyo Administrativo UAA-, el Departamento de Investigación Judicial, el

Departamento Técnico Científico y la Oficina de Coordinación Operativa -OCO-).

Que, en otro orden de ideas, corresponde destacar que la Ley N° 2.896, que creó el

Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-, determinó como su misión la de auxiliar al

Poder Judicial a través del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (cf. artículo 2°) y puso en cabeza de éste último la potestad reglamentaria

respecto de la organización y funcionamiento del citado organismo (cf. artículos 10

inciso 4, 16 inciso 4 y 21 in fine de la Ley N° 2.986).

Que, en uso de esas atribuciones, por razones de política criminal y a fin de lograr un

funcionamiento eficiente e inteligente del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-, a

través de la Resolución FG N° 4/2020 mencionada ut supra, se derogaron las

Resoluciones FG Nros. 354/2008 y 163/2009 -entre otras- y se encomendó a la

Secretaría General de Investigaciones, Acceso a la Justicia y Relaciones con las

Fuerzas de Seguridad la elaboración de un nuevo reglamento de funcionamiento del

mencionado organismo (cf. artículos 4° y 5° de la Resolución FG N° 4/2020).

Que, posteriormente, mediante la Resolución FG N° 90/2020, se aprobó la

reorganización de la estructura orgánica del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -

CIJ- y su "Reglamento de Organización y Funcionamiento" (cf. artículos 1° y 2°).

Que, la reorganización de la estructura orgánica del Cuerpo de Investigaciones

Judiciales -CIJ- aprobada tuvo como principios rectores, en primer lugar, la

especialización del organismo como institución investigativa en materia penal,

contravencional y de faltas y, en segundo lugar, el potenciamiento de los análisis.

forenses y periciales que lleva a cabo el organismo.

Que, a su vez, dicha modificación también tuvo como objetivo profundizar la labor del

Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- en torno a temáticas de particular interés

para la ciudadanía como las cuestiones de género, diversidad, discriminación, eventos

masivos, cibercrimen, narcomenudeo, delitos contra la administración pública y otros

delitos complejos. Todo ello, en consonancia con la política criminal delineada desde

esta Fiscalía General.

Que, finalmente, en dicha resolución se indicó que la organización funcional podría ser

modificada por el suscripto en cuanto a su distribución o temática, de acuerdo a las

necesidades de política criminal y de servicio.

Que, posteriormente, mediante la Resolución FG N° 109/2022, se modificó la

Resolución FG N° 90/2020 en lo que respecta a la organización de la estructura

interna del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-.

Que, en ese orden de ideas, el Departamento de Investigación Judicial del Cuerpo de

Investigaciones Judiciales CIJ quedó organizado funcionalmente en ocho (8) Unidades

Temáticas de Investigación -UTI-, las que se detallan a continuación:

1.

Unidad de Narcomenudeo.

2.

Unidad de Intervención en Eventos Masivos.

3.

Unidad de Investigaciones Complejas.

4.

Unidad de Cibercrimen.

5.

Unidad de Apoyo Operativo de las Fuerzas de Seguridad.

6.

Unidad de Delitos contra la Administración Pública.

7.

Unidad de Gestión de la Información.

8.

Unidad Especializada en Violencia de Género, Diversidad y Discriminación.

Que, a su vez, del "Reglamento del Cuerpo de Investigaciones Judiciales" se

desprende que el Secretario General de Investigaciones, Acceso a la Justicia y

Relaciones con las Fuerzas de Seguridad puede proponer al Fiscal General

modificaciones en la organización funcional del Departamento de Investigación Judicial

del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- cuando las necesidades logísticas,

operativas o de política criminal así lo requieran (cf. artículo 27 del "ANEXO II" de la

Resolución FG N° 90/2020).

II.-

Que, corresponde indicar que, a lo largo de los años 2020, 2021 y 2022 desde el

Ministerio Público Fiscal se han llevado adelante acciones con el fin de profundizar las

investigaciones en materia de cibercrimen y, específicamente, en lo que respecta a los

casos de ciberfraudes.

Que, mediante la Resolución FG N° 48/2021 se dispuso instruir a los/as Fiscales de

este Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que

asuman la competencia en los casos que pudieren comprender la comisión de alguna

de las conductas tipificadas en los incisos 15 y 16 del artículo 173 del Código Penal de

la Nación. Tal temperamento resulta acorde con el criterio del Tribunal Superior de

Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, el que oportunamente declaró la competencia

de la justicia local para intervenir en investigaciones seguidas en orden a los delitos de

defraudación previstos en los citados artículos del Código Penal (cfr. Expte. Nro. TSJ

56192/2023-0, caratulado "INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS NN, NN

SOBRE 173 INC. 16 s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA"; Expte. Nro. TSJ

18114/2020-0, caratulado "NN, NN S/ 00 PRESUNTA COMISIÓN DELITO

(COMPETENCIA) (ART. 173 INC 15 CP) S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA I"; entre

otros).

Que el notable incremento en el caudal de casos de estafas informáticas y fraudes

cometidos mediante el uso de tarjetas magnéticas ha generado una creciente

preocupación en nuestra sociedad, afectando tanto a ciudadanos como a instituciones

públicas y privadas.

Que, en ese marco, la Secretaría de Información Estadística y Análisis de Datos de

este organismo llevó adelante el informe de "Ingresos por presunta infracción al art.

173 incisos 15 y 16 del CP. Período 2020-2023" y su ampliatorio, de los que se

desprende un notorio incremento en el caudal de casos por los señalados delitos. En

efecto, mientras en el año 2020 se registraron 38 ingresos en orden a la presunta

infracción al artículo 173, incisos 15 y 16 del Código Penal, el pasado año 223 ese

número ascendió a 4.360.

Que, en razón de lo expuesto, mediante la Resolución FG N° 45/2024, se dispuso que

a partir del 1° de junio de 2024, la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,

Contravencional y de Faltas N° 5, tendrá competencia especial y exclusiva para

intervenir en todos los casos en los que se investigue la posible comisión de un delito

subsumible en las previsiones del artículo 173, incisos 15 y 16 del Código Penal de la

Nación.

Que, en lo que respecta al Cuerpo de Investigaciones Judiciales, mientras que en el

año 2020 se registraron 44 ingresos en orden a la presunta infracción al artículo 173,

inciso 15 y 16 del Código Penal, el pasado año 2023 ese número ascendió a 507.

Que, el crecimiento de este tipo de delitos y la complejidad en el abordaje e

investigación, hace indispensable contar con una estructura adecuada que permita

enfrentarlos de manera coordinada y especializada.

Que, es por ello que, estas circunstancias han traído aparejada la necesidad de

reorganizar la estructura funcional del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) con

el objetivo de acompañar la estrategia de política criminal de la Fiscalía General, y, al

mismo tiempo, optimizar los recursos destinados a la investigación de estafas y

ciberfraudes.

Que, en virtud de tales consideraciones y en el marco de la política de especialización

que este Ministerio Público Fiscal viene implementando, la "Unidad de Gestión de la

Información" del Departamento de Investigación Judicial del Cuerpo de Investigaciones

Judiciales -CIJ- pasará a denominarse "Unidad de Ciberfraude".

Que, la presente reorganización funcional del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -

CIJ- no entraña la creación de nuevas unidades, ni importa una ampliación de

estructura, sino que implica un nuevo diseño organizacional de los recursos humanos

y técnicos que actualmente poseen las dependencias mencionadas con el fin de lograr

metodologías de trabajo más eficientes e inteligentes.

Que, cabe dejar asentado, además, que la presente medida no implica erogación

adicional alguna para este Ministerio Público Fiscal.

Que, finalmente, el Departamento de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su

competencia, mediante Dictamen DAJ N° 1010/2024, no encontrando óbice para la

suscripción del presente acto administrativo.

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y en la Ley N° 1.903,

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer que, la "Unidad de Gestión de la Información" del Departamento

de Investigación Judicial del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- pasará a

denominarse "Unidad de Ciberfraude", en orden a lo expuesto en los considerandos de

la presente resolución.

Artículo 2°.- Modificar la Resolución FG N° 90/2020 en lo que respecta a la

organización de la estructura interna del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-,

de acuerdo con el organigrama que, como Anexo, se aprueba mediante la presente

resolución.

Artículo 3°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y en la página de internet del Ministerio Público Fiscal; y comuníquese a la Legislatura

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Consejo de la Magistratura de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de Justicia, a la Defensoría General,

a la Asesoría General Tutelar, a la Fiscalía General Adjunta de Gestión, a la Fiscalía

General Adjunta en lo Penal y Contravencional, a la Fiscalía General Adjunta de

Faltas, a los/as Fiscales del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas, a la Secretaría

de Coordinación Administrativa, a la Oficina de Recursos Humanos, a la Oficina de

Sistemas Informáticos y Modernización, y a la Oficina Legal y Técnica. Cumplido,

archívese. Mahiques


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 130/FG/24 dispone que la Unidad de Gestión de la Información del Departamento de Investigación Judicial del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- pasará a denominarse Unidad de Ciberfraude.</p><p>Art. 2 modifica la Resolución 90/FG/2020 en lo que respecta a la organización de la estructura interna del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-</p>