RESOLUCIÓN 130 2024 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
DISPONE - UNIDAD DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN - DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL - CUERPO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES - CIJ - DENOMINACION DE ORGANISMOS - UNIDAD DE CIBERFRAUDE - PODER JUDICIAL - ESTRUCTURA ORGÁNICA - FISCALÍA GENERAL
Publicación:
13/12/2024
Sanción:
11/12/2024
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, los artículos 1°, 18, 22 y 23 de la Ley N° 1.903, la Ley N° 2.896, y las
Resoluciones FG Nros. 4/2020, 90/2020, 109/2022 y 45/2024 y la Actuación Interna N°
30-00099377 del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de la Fiscalía General;
y
CONSIDERANDO:
I.-
Que, mediante la Resolución FG N° 4/2020 se dispuso oportunamente la
reorganización de la estructura interna de las Secretarías Generales, Secretarías
Judiciales, Oficinas, Departamentos y Áreas que funcionan bajo la órbita de la Fiscalía
General, de la Fiscalía General Adjunta de Gestión y de la Fiscalía General Adjunta en
lo Penal y Contravencional, de acuerdo con los organigramas, misiones y funciones,
cambios de denominación y readecuaciones que se desprenden de los Anexos I, II y
III que forman parte de la mencionada resolución.
Que, a su vez, dicha resolución determinó que la estructura interna de la Secretaría
General de Investigaciones, Acceso a la Justicia y Relaciones con la Fuerzas de
Seguridad estuviera compuesta por dos unidades funcionales: la Secretaria de Acceso
a la Justicia (integrada por un Área de Coordinación, la Oficina Central Receptora de
Denuncias -OCRD- y las Unidades de Orientación y Denuncia -UOD-) y el Cuerpo de
Investigaciones Judiciales -CIJ- (integrado por la Dirección, la Subdirección, la Unidad
de Apoyo Administrativo UAA-, el Departamento de Investigación Judicial, el
Departamento Técnico Científico y la Oficina de Coordinación Operativa -OCO-).
Que, en otro orden de ideas, corresponde destacar que la Ley N° 2.896, que creó el
Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-, determinó como su misión la de auxiliar al
Poder Judicial a través del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (cf. artículo 2°) y puso en cabeza de éste último la potestad reglamentaria
respecto de la organización y funcionamiento del citado organismo (cf. artículos 10
inciso 4, 16 inciso 4 y 21 in fine de la Ley N° 2.986).
Que, en uso de esas atribuciones, por razones de política criminal y a fin de lograr un
funcionamiento eficiente e inteligente del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-, a
través de la Resolución FG N° 4/2020 mencionada ut supra, se derogaron las
Resoluciones FG Nros. 354/2008 y 163/2009 -entre otras- y se encomendó a la
Secretaría General de Investigaciones, Acceso a la Justicia y Relaciones con las
Fuerzas de Seguridad la elaboración de un nuevo reglamento de funcionamiento del
mencionado organismo (cf. artículos 4° y 5° de la Resolución FG N° 4/2020).
Que, posteriormente, mediante la Resolución FG N° 90/2020, se aprobó la
reorganización de la estructura orgánica del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -
CIJ- y su "Reglamento de Organización y Funcionamiento" (cf. artículos 1° y 2°).
Que, la reorganización de la estructura orgánica del Cuerpo de Investigaciones
Judiciales -CIJ- aprobada tuvo como principios rectores, en primer lugar, la
especialización del organismo como institución investigativa en materia penal,
contravencional y de faltas y, en segundo lugar, el potenciamiento de los análisis.
forenses y periciales que lleva a cabo el organismo.
Que, a su vez, dicha modificación también tuvo como objetivo profundizar la labor del
Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- en torno a temáticas de particular interés
para la ciudadanía como las cuestiones de género, diversidad, discriminación, eventos
masivos, cibercrimen, narcomenudeo, delitos contra la administración pública y otros
delitos complejos. Todo ello, en consonancia con la política criminal delineada desde
esta Fiscalía General.
Que, finalmente, en dicha resolución se indicó que la organización funcional podría ser
modificada por el suscripto en cuanto a su distribución o temática, de acuerdo a las
necesidades de política criminal y de servicio.
Que, posteriormente, mediante la Resolución FG N° 109/2022, se modificó la
Resolución FG N° 90/2020 en lo que respecta a la organización de la estructura
interna del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-.
Que, en ese orden de ideas, el Departamento de Investigación Judicial del Cuerpo de
Investigaciones Judiciales CIJ quedó organizado funcionalmente en ocho (8) Unidades
Temáticas de Investigación -UTI-, las que se detallan a continuación:
1.
Unidad de Narcomenudeo.
2.
Unidad de Intervención en Eventos Masivos.
3.
Unidad de Investigaciones Complejas.
4.
Unidad de Cibercrimen.
5.
Unidad de Apoyo Operativo de las Fuerzas de Seguridad.
6.
Unidad de Delitos contra la Administración Pública.
7.
Unidad de Gestión de la Información.
8.
Unidad Especializada en Violencia de Género, Diversidad y Discriminación.
Que, a su vez, del "Reglamento del Cuerpo de Investigaciones Judiciales" se
desprende que el Secretario General de Investigaciones, Acceso a la Justicia y
Relaciones con las Fuerzas de Seguridad puede proponer al Fiscal General
modificaciones en la organización funcional del Departamento de Investigación Judicial
del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- cuando las necesidades logísticas,
operativas o de política criminal así lo requieran (cf. artículo 27 del "ANEXO II" de la
Resolución FG N° 90/2020).
II.-
Que, corresponde indicar que, a lo largo de los años 2020, 2021 y 2022 desde el
Ministerio Público Fiscal se han llevado adelante acciones con el fin de profundizar las
investigaciones en materia de cibercrimen y, específicamente, en lo que respecta a los
casos de ciberfraudes.
Que, mediante la Resolución FG N° 48/2021 se dispuso instruir a los/as Fiscales de
este Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que
asuman la competencia en los casos que pudieren comprender la comisión de alguna
de las conductas tipificadas en los incisos 15 y 16 del artículo 173 del Código Penal de
la Nación. Tal temperamento resulta acorde con el criterio del Tribunal Superior de
Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, el que oportunamente declaró la competencia
de la justicia local para intervenir en investigaciones seguidas en orden a los delitos de
defraudación previstos en los citados artículos del Código Penal (cfr. Expte. Nro. TSJ
56192/2023-0, caratulado "INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS NN, NN
SOBRE 173 INC. 16 s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA"; Expte. Nro. TSJ
18114/2020-0, caratulado "NN, NN S/ 00 PRESUNTA COMISIÓN DELITO
(COMPETENCIA) (ART. 173 INC 15 CP) S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA I"; entre
otros).
Que el notable incremento en el caudal de casos de estafas informáticas y fraudes
cometidos mediante el uso de tarjetas magnéticas ha generado una creciente
preocupación en nuestra sociedad, afectando tanto a ciudadanos como a instituciones
públicas y privadas.
Que, en ese marco, la Secretaría de Información Estadística y Análisis de Datos de
este organismo llevó adelante el informe de "Ingresos por presunta infracción al art.
173 incisos 15 y 16 del CP. Período 2020-2023" y su ampliatorio, de los que se
desprende un notorio incremento en el caudal de casos por los señalados delitos. En
efecto, mientras en el año 2020 se registraron 38 ingresos en orden a la presunta
infracción al artículo 173, incisos 15 y 16 del Código Penal, el pasado año 223 ese
número ascendió a 4.360.
Que, en razón de lo expuesto, mediante la Resolución FG N° 45/2024, se dispuso que
a partir del 1° de junio de 2024, la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas N° 5, tendrá competencia especial y exclusiva para
intervenir en todos los casos en los que se investigue la posible comisión de un delito
subsumible en las previsiones del artículo 173, incisos 15 y 16 del Código Penal de la
Nación.
Que, en lo que respecta al Cuerpo de Investigaciones Judiciales, mientras que en el
año 2020 se registraron 44 ingresos en orden a la presunta infracción al artículo 173,
inciso 15 y 16 del Código Penal, el pasado año 2023 ese número ascendió a 507.
Que, el crecimiento de este tipo de delitos y la complejidad en el abordaje e
investigación, hace indispensable contar con una estructura adecuada que permita
enfrentarlos de manera coordinada y especializada.
Que, es por ello que, estas circunstancias han traído aparejada la necesidad de
reorganizar la estructura funcional del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) con
el objetivo de acompañar la estrategia de política criminal de la Fiscalía General, y, al
mismo tiempo, optimizar los recursos destinados a la investigación de estafas y
ciberfraudes.
Que, en virtud de tales consideraciones y en el marco de la política de especialización
que este Ministerio Público Fiscal viene implementando, la "Unidad de Gestión de la
Información" del Departamento de Investigación Judicial del Cuerpo de Investigaciones
Judiciales -CIJ- pasará a denominarse "Unidad de Ciberfraude".
Que, la presente reorganización funcional del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -
CIJ- no entraña la creación de nuevas unidades, ni importa una ampliación de
estructura, sino que implica un nuevo diseño organizacional de los recursos humanos
y técnicos que actualmente poseen las dependencias mencionadas con el fin de lograr
metodologías de trabajo más eficientes e inteligentes.
Que, cabe dejar asentado, además, que la presente medida no implica erogación
adicional alguna para este Ministerio Público Fiscal.
Que, finalmente, el Departamento de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su
competencia, mediante Dictamen DAJ N° 1010/2024, no encontrando óbice para la
suscripción del presente acto administrativo.
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y en la Ley N° 1.903,
Artículo 1°.- Disponer que, la "Unidad de Gestión de la Información" del Departamento
de Investigación Judicial del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- pasará a
denominarse "Unidad de Ciberfraude", en orden a lo expuesto en los considerandos de
la presente resolución.
Artículo 2°.- Modificar la Resolución FG N° 90/2020 en lo que respecta a la
organización de la estructura interna del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-,
de acuerdo con el organigrama que, como Anexo, se aprueba mediante la presente
resolución.
Artículo 3°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
y en la página de internet del Ministerio Público Fiscal; y comuníquese a la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de Justicia, a la Defensoría General,
a la Asesoría General Tutelar, a la Fiscalía General Adjunta de Gestión, a la Fiscalía
General Adjunta en lo Penal y Contravencional, a la Fiscalía General Adjunta de
Faltas, a los/as Fiscales del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas, a la Secretaría
de Coordinación Administrativa, a la Oficina de Recursos Humanos, a la Oficina de
Sistemas Informáticos y Modernización, y a la Oficina Legal y Técnica. Cumplido,
archívese. Mahiques