RESOLUCIÓN 90 2020 FISCALÍA GENERAL

Síntesis:

SE APRUEBAN - REORGANIZACIÓN ESTRUCTURA ORGÁNICA - REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO - CUERPO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES -CIJ- SE ENCOMIENDA A LA SECRETARÍA GENERAL DE INVESTIGACIONES ACCESO A LA JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS FUERZAS DE SEGURIDAD - ELABORACIÓN DE UN NUEVO REGLAMENTO - INGRESO DE PERSONAL AL CUERPO DE INVESTIGACIONES JUDICIALES 

Publicación:

01/09/2020

Sanción:

28/08/2020

Organismo:

FISCALÍA GENERAL


VISTOS: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, los artículos 1°, 18, 22 y 23 de la Ley N° 1903, la Ley N° 2896 y la Resolución

FG N° 4/2020, y

CONSIDERANDO:

I. ANTECEDENTES.

Que mediante la sanción de la Ley N° 2896 se creó el Cuerpo de Investigaciones

Judiciales -CIJ-, con dependencia orgánica y funcional de este Ministerio Público

Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (cfr. artículos 1° y 5°), otorgándosele

funciones de Policía Judicial.

Que dicha norma determinó como misión del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -

CIJ- la de auxiliar al Poder Judicial a través del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (cfr. artículo 2°) y puso en cabeza de éste último la

potestad reglamentaria respecto de la organización y funcionamiento del citado

organismo (cfr. artículos 10° inciso 4, 16° inciso 4 y 21° in fine de la Ley N° 2896).

Que, en uso de tales atribuciones, por razones de política criminal y a fin de lograr un

funcionamiento eficiente e inteligente del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-,

por Resolución FG N° 4/2020, se derogaron las Resoluciones FG Nros. 354/2008 y

163/2009 -entre otras-, y se encomendó a la Secretaría General de Investigaciones,

Acceso a la Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad la elaboración de un

nuevo Reglamento de funcionamiento del mencionado Cuerpo de Investigaciones

Judiciales -CIJ- (cfr. artículos 4° y 5° de la Resolución FG N° 04/2020).

Que, a su vez, dicha resolución dispuso la reorganización de la estructura interna de

las Secretarías Generales, Secretarías Judiciales, Oficinas, Departamentos y Áreas

que funcionan bajo la órbita de la Fiscalía General, de la Fiscalía General Adjunta de

Gestión y de la Fiscalía General Adjunta en lo Penal y Contravencional (cfr. artículo 1°

de la Resolución FG N° 04/2020).

Que, en este contexto, se estableció que el Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-

dependa funcional y orgánicamente de la Secretaría General de Investigaciones,

Acceso a la Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad, y se aprobó su

estructura general junto con las misiones y funciones de sus áreas centrales (cfr.

artículo 1° y Anexos I y II de la Resolución FG N° 04/2020).

Que, asimismo, se le otorgó al/la Secretario/a General de Investigaciones, Acceso a la

Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad la facultad de organizar

funcionalmente las áreas que se encuentran a su cargo, disponiendo de los recursos

técnicos y humanos necesarios para tal fin (cfr. Anexo II de la Resolución FG N°

04/2020).

Que, en virtud de lo indicado, la Secretaría General de Investigaciones, Acceso a la

Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad realizó un relevamiento y

diagnóstico del estado de situación del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-.

Que, en base al análisis realizado, se estima conveniente propiciar la reorganización

de la estructura interna del organismo de mención, conforme las consideraciones que

siguen.

II. ORGANIZACIÓN FUNCIONAL.

Que, teniendo en cuenta la experiencia adquirida, los resultados obtenidos desde la

creación del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- y las competencias

transferidas a la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha de disponer

una nueva organización funcional que tenga como principios rectores, en primer

término, la especialización del organismo como institución investigativa en materia

penal, contravencional y de faltas y, en segundo lugar, el potenciamiento de los

análisis forenses y periciales que lleva a cabo.

Que, en consonancia con la política criminal de la Fiscalía General, las modificaciones

que aquí se propician se encuentran especialmente orientadas a profundizar la labor

del organismo en torno a temáticas de particular interés para la ciudadanía como las

cuestiones de género, diversidad, discriminación, eventos masivos, cibercrimen,

narcomenudeo, delitos contra la administración pública y otros delitos complejos.

Que, para alcanzar el cometido mencionado, la nueva organización favorece la

articulación y coordinación operativa con los diferentes organismos de seguridad, con

poder de policía y/o administrativos, con vinculación específica en el sistema de

seguridad pública, con miras a generar un abordaje integral y multidisciplinario

relacionado a las faltas, las contravenciones y los delitos que sucedan en el ámbito de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que toda vez que, desde la puesta en funcionamiento del Cuerpo de Investigaciones

Judiciales -CIJ- las modalidades y medios utilizados para llevar adelante las

investigaciones penales, contravencionales y de faltas fueron evolucionando, resulta

asimismo necesario impulsar la incorporación de distintos desarrollos técnicos y

disciplinas tecnológicas para optimizar la labor del organismo.

Que, por lo expuesto, corresponde disponer el rediseño de la estructura y organización

funcional del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-, conforme el organigrama

que, como Anexo I a la presente resolución, se aprueba.

II. A. DEPENDENCIA FUNCIONAL.

Que, conforme fuera señalado, según los términos del artículo 5° de la Ley N° 2896, el

Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- depende de la Fiscalía General de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, a su vez, el artículo 1° y Anexo I de la Resolución FG N° 4/2020 determinan que

el citado organismo forma parte de la Secretaría General de Investigaciones, Acceso a

la Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad, siendo misiones y funciones

del/la Secretario/a General supervisarlo, dirigirlo y organizarlo funcionalmente.

II. B. ÓRGANO DE CONDUCCIÓN.

Que, de acuerdo a lo previsto en los artículos 9° y 12° de la Ley N° 2896, la

conducción del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- se encuentra a cargo de

un/a Director/a y un/a Subdirector/a, los que deberán cumplir para su nombramiento

los requisitos establecidos por dicha norma, quienes serán designados, removidos y

cesados en el cargo por el Fiscal General.

II. C. UNIDAD DE APOYO ADMINISTRATIVO -UAA-.

Que, conforme lo establecido por el artículo 1° y Anexo I de la Resolución FG N°

4/2020, la Unidad de Apoyo Administrativo -UAA- creada por Resolución FG N°

134/2009, depende funcional y jerárquicamente de la Dirección del Cuerpo de

Investigaciones Judiciales -CIJ-, y tiene como función principal brindar un servicio

común a las distintas áreas que componen el CIJ en materia administrativa.

Que, con el fin de cumplir con sus funciones, resulta conveniente que dicha Unidad

sea coordinada por un/a responsable que será propuesto/a por el/la Secretario/a

General de Investigaciones, Acceso a la Justicia y Relaciones con las Fuerzas de

Seguridad y designado/a por el/la Fiscal General.

Que el/la mencionado/a coordinador/a tendrá a su cargo llevar la gestión en materia de

mesa de entradas y archivo, relatoría del organismo, control de gestión, análisis

preliminar y asignación de intervenciones y colaboraciones, gestión administrativa de

personal, enlace con la Oficina de Prensa y otras dependencias administrativas del

Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también la

administración financiera y apoyo logístico y de infraestructura del Cuerpo de

Investigaciones Judiciales CIJ-.

II. D. OFICINA DE COORDINACIÓN OPERATIVA -OCO-.

Que el artículo 1° y Anexo I de la Resolución FG N° 4/2020 establecen que de la

Subdirección del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- depende la Oficina de

Coordinación Operativa -OCO-.

Que la Oficina de Coordinación Operativa OCO- contará con un/a Coordinador/a

responsable que será propuesto/a por el/la Secretario/a General de Investigaciones,

Acceso a la Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad y designado/a por

el/la Fiscal General, y podrá ser organizada funcionalmente en distintos equipos de

trabajo a fin de cumplir eficientemente con sus tareas.

Que dicha Oficina actuará como enlace con las fuerzas de seguridad y otros

organismos externos, pudiendo asimismo recopilar y analizar información sobre

sucesos que puedan resultar de competencia judicial, con el fin de canalizar

debidamente su tratamiento a través de las dependencias del Ministerio Público Fiscal.

Asimismo, tendrá a su cargo la coordinación de los procedimientos judiciales,

garantizando la intervención de las áreas externas que correspondan según las

características del caso y las órdenes emanadas del Fiscal competente (cfr. artículo 1°

y Anexo I de la Resolución FG N° 4/2020).

II. E. DEPARTAMENTOS.

Que, conforme el artículo 6° de la Ley N° 2896 y la Resolución FG N° 4/2020, el

Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- tiene dos Departamentos:

a) Departamento de Investigación Judicial.

b) Departamento Técnico Científico.

Que cada uno de los Departamentos tendrá un/a Jefe/a como responsable, ello de

acuerdo a lo estipulado en los artículos 7°, 14°, 15° y 20° de la ley de creación del

organismo.

Que, a su vez, los Departamentos tendrán la siguiente organización funcional y

estructura:

II. E. I. DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL.

Que el Departamento de Investigación Judicial estará organizado funcionalmente en

ocho (8) Unidades Temáticas de Investigación -UTI-, las que, a su vez, estarán

conformadas por diferentes equipos de trabajo.

Que cada Unidad tendrá un/a responsable a cargo y tomará intervención según la

naturaleza y temática de la investigación en la cual se requiera la colaboración del

Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-.

Que, en consonancia con las políticas criminales de la Fiscalía General y las

competencias trasferidas, las Unidades Temáticas de Investigación serán las

siguientes:

a) Unidad de Narcomenudeo.

b) Unidad de Intervención en Eventos Masivos.

c) Unidad de Leyes Especiales.

d) Unidad de Delitos contra la Administración Pública.

e) Unidad Especializada en Violencia de Género, Diversidad y Discriminación.

f) Unidad de Apoyo Operativo de las Fuerzas de Seguridad.

g) Unidad de Cibercrimen e Investigaciones Complejas.

h) Unidad de Gestión de la Información.

Que la mencionada organización funcional podrá ser modificada por el suscripto en

cuanto a su distribución o temática, de acuerdo a las necesidades de política criminal y

de servicio.

II. E. II. DEPARTAMENTO TÉCNICO CIENTÍFICO.

Que, de acuerdo al artículo 21° de la Ley N° 2896, el Departamento Técnico Científico

está conformado por ocho (8) Gabinetes que abarcan diversas disciplinas.

Que, a su vez, dicha norma establece que es facultad de este Ministerio Público Fiscal

modificar o ampliar la mencionada organización cuando necesidades logísticas,

operativas o de otra naturaleza del servicio así lo requieran.

Que resulta necesario propiciar la modificación de la organización antedicha, y

establecer que el Departamento Técnico Científico se encuentre integrado por los

siguientes Gabinetes:

a) Gabinete de Innovación, Desarrollo y Seguridad de la Información.

b) Gabinete Económico Contable.

c) Gabinete de Apoyo Técnico Operativo.

d) Gabinete de Criminalística.

e) Gabinete de Medicina Legal.

f) Gabinete de Psicología Legal.

g) Gabinete de Análisis Multimedial.

h) Gabinete de Informática Forense.

Que cada Gabinete tendrá un/una responsable a cargo y estará conformado por

equipos de trabajo, que podrán ser reorganizados y modificados por el/la Jefe/a del

Departamento de acuerdo a las necesidades de servicio.

III. SEDE DEL ORGANISMO.

Que el Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- tendrá su asiento central en la sede

del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ubicada en la

calle Chacabuco 151 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

IV. REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.

Que mediante la Resolución FG N° 04/2020, se encomendó a la Secretaría General de

Investigaciones, Acceso a la Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad la

elaboración de un Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Cuerpo de

Investigaciones Judiciales -CIJ- (cfr. artículo 5°), la que en cumplimiento de tal manda,

elevó oportunamente la propuesta de reglamento requerida.

Que el proyecto de reglamento elaborado contiene los lineamientos generales

necesarios para garantizar la organización y funcionamiento del Cuerpo de

Investigaciones Judiciales -CIJ-, respeta el espíritu de la ley de creación del organismo

y se ajusta a las misiones y funciones establecidas en el mencionado cuerpo

normativo y en la Resolución FG N° 4/2020.

Que, en efecto, en observancia de tales misiones y funciones, el mencionado

documento regula cuestiones atinentes al funcionamiento general del organismo, la

gestión del personal, el registro de intervenciones, el control de gestión, la elaboración

de protocolos y las modalidades de actuación, regulando asimismo las las medidas de

seguridad necesarias y la cadena de custodia de los elementos probatorios, entre

otros aspectos de trascendencia de las investigaciones a su cargo.

Que el reglamento cuya aprobación se propicia establece como principio rector que los

integrantes del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- deben actuar con

estricta observancia de las normas constitucionales relativas a los derechos y

garantías de las personas imputadas y de todo otro individuo afectado a una

investigación judicial y desarrollar su labor con perspectiva de género, como así

también con arreglo a las normas de carácter internacional relacionadas con los

menores de edad, personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables

involucrados en procesos judiciales, garantizando el pleno ejercicio de los derechos de

defensa en juicio y debido proceso.

Que, a su vez, el citado reglamento garantiza la efectiva intervención de los restantes

órganos que integran el Ministerio Público (Defensoría General y Asesoría Tutelar) y

prevé la adecuada interacción con el Tribunal Superior de Justicia y los jueces de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regulando asimismo la colaboración con el Poder

Judicial de la Nación, el Ministerio Público Fiscal de la Nación y los órganos judiciales

e instituciones con funciones de policía judicial de las distintas Provincias e incluso del

extranjero.

Que, como consecuencia de lo hasta aquí expuesto y dado que el proyecto de

Reglamento para la Organización y Funcionamiento del Cuerpo de Investigaciones

Judiciales -CIJ- contempla los aspectos necesarios para el correcto desempeño del

organismo en el ámbito del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, corresponde proceder a su aprobación.

V. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN.

Que, por otra parte, corresponde encomendar a la Secretaría General de

Investigaciones, Acceso a la Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad la

supervisión del correspondiente proceso de elaboración de Protocolos de Actuación de

las distintas áreas del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-, así como también su

posterior aprobación.

VI. REGLAMENTO DE INGRESO DE PERSONAL.

Que, en atención a lo establecido en el artículo 4° de la Resolución FG N° 04/2020,

corresponde encomendar a la Secretaría General de Investigaciones, Acceso a la

Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad la elaboración de un nuevo

Reglamento para el Ingreso de Personal al organismo, conforme lo establecido en el

artículo 7° de la Ley N° 2896.

VII. CUESTIÓN PRESUPUESTARIA.

Que el nuevo diseño organizacional del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ- no

entraña la creación de nuevas unidades, ni importa una ampliación estructural, sino

que implica la reorganización funcional de los recursos humanos y técnicos que

actualmente posee dicho organismo a fin de lograr metodologías de investigación

eficientes, inteligentes e integrales.

Que, por ello, la presente medida no implica erogación adicional alguna para este

Ministerio Público Fiscal y cumple cabalmente con lo dispuesto en la Ley N° 6301.

Que, finalmente, el Departamento de Asuntos Jurídicos tomó la intervención de su

competencia, mediante Dictamen DAJ N° 601/2020, no encontrando óbice para la

suscripción del presente acto administrativo.

Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires y en los artículos 1°, 17, 18 y concordantes de la Ley N° 1903,

EL FISCAL GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°. - Aprobar la reorganización de la estructura orgánica del Cuerpo de

Investigaciones Judiciales -CIJ- que como Anexo I integra la presente resolución.

Artículo 2°. - Aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Cuerpo de

Investigaciones Judiciales -CIJ- que como Anexo II integra la presente resolución.

Artículo 3°. - Encomendar a la Secretaría General de Investigaciones, Acceso a la

Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad la supervisión del correspondiente

proceso de elaboración de protocolos de actuación de las distintas áreas del Cuerpo

de Investigaciones Judiciales -CIJ-, y delegarle su oportuna aprobación.

Artículo 4°. - Encomendar a la Secretaría General de Investigaciones, Acceso a la

Justicia y Relaciones con las Fuerzas de Seguridad la elaboración de un nuevo

Reglamento para el Ingreso de Personal al Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ-

de acuerdo a lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 2896.

Artículo 5°. - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de internet del

Ministerio Público Fiscal, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, al Presidente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, al Tribunal Superior de Justicia, a la Defensoría General, a la Asesoría

General Tutelar, a la Fiscalía General Adjunta de Gestión, a la Fiscalía General

Adjunta en lo Penal y Contravencional, a la Fiscalía General Adjunta de Faltas, a los

Fiscales del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas, a las Secretarías Generales, a

la Secretaría de Coordinación Administrativa, a la Oficina de Recursos Humanos, a la

Oficina de Sistemas Informáticos y Modernización, y al Área de Asistencia Legal y

Técnica. Cumplido, archívese. Mahiques


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 3° de la Resolución FG N° 109/22 modifica la Resolución FG Nº 90/2020.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la  Resolucion 90-FG-20 aprueba la reorganización de la estructura orgánica del Cuerpo de Investigadores Judiciales- CIJ, en marco de lo establecido por la Resolución 4-FG/20.</p><p>Art. 2 aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Cuerpo de Investigaciones Judiciales -CIJ.</p>