RESOLUCIÓN 1192 2024 MINISTERIO DE SEGURIDAD

Síntesis:

MODIFICA - ORGANIZACIÓN OPERATIVA INTERNA - CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - ESTRUCTURA ORGÁNICA

Publicación:

16/12/2024

Sanción:

11/12/2024

Organismo:

MINISTERIO DE SEGURIDAD


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.588) y N° 6.684, las

Resoluciones Nro. 707/MJYSGC/20, 15/MJYSGC/23 y 232/MJYSGC/23, el Expediente

Electrónico 44665023-GCABA-SSEMERG/24, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 5.688 (texto consolidado por la Ley N° 6.588) regula el Sistema Integral

de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo las

bases jurídicas e institucionales;

Que el Artículo 12 del citado cuerpo normativo, establece que el entonces Ministerio

de Justicia y Seguridad, es responsable de la planificación estratégica de las políticas

de seguridad pública y de las directivas generales y específicas necesarias para su

gestión y control;

Que, del mismo modo, el mencionado artículo dispone que el entonces Ministerio de

Justicia y Seguridad, es el encargado de la gestión del conocimiento en materia de

seguridad pública a través de la planificación, producción, coordinación y evaluación

del conocimiento institucional referido a la situación y el desempeño de los

componentes del Sistema Integral de Seguridad Pública;

Que a través de los artículos 267 y 268 de la precitada Ley se creó el Cuerpo de

Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires que cumple con las funciones de defensa,

prevención, protección y resguardo de personas y bienes en caso de incendio,

derrumbe, inundación u otros siniestros y emergencias, y auxiliar de la fuerza pública

del Estado, con competencia para actuar como auxiliar de la Justicia;

Que el artículo 269 de la normativa referida establece que el Cuerpo de Bomberos

depende jerárquica y funcionalmente del Ministerio de Seguridad a través de la

Subsecretaría de Emergencias o el organismo que la reemplace en el futuro;

Que, a su vez, mediante Resoluciones Nros. 707/MJYSGC/20, 15/MJYSGC/23 y

232/MJYSGC/23 se aprobó la organización operativa interna del Cuerpo de Bomberos

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante la Nota NO-2024-44476174-GCABA-JCBCDAD, el Jefe del Cuerpo de

Bomberos de la Ciudad ha propuesto una modificación en la estructura orgánica de la

Institución creando la Comandancia "Coordinación y Enlace de Bomberos con el

Instituto Superior de Seguridad Pública" y, dependiente de ella, la Compañía

Formación y Capacitación de Bomberos, con el fin alcanzar una coordinación,

comunicación, planificación y ejecución de programas en articulación directa y

constante con el Instituto de Superior de Seguridad Pública, fortaleciendo el desarrollo

profesional, y modificando a su vez el "Destacamento Enlace y Difusion Informativa" a

"Oficina Enlace y Difusión Informativa" en orden a mejorar el enlace y difusión

informativa ante nuevas necesidades organizacionales;

Que dicha propuesta se enmarca dentro de las funciones encomendadas al Cuerpo de

Bomberos como parte del sistema de emergencias y el Sistema Integral de Seguridad

Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y órgano rector de la

defensa, prevención, protección y resguardo de personas y bienes en caso de

incendio, derrumbe, inundación u otros siniestros y emergencias, y en las funciones de

organización contempladas en la normativa vigente (conf. art. 267, 270, 273 y 281 de

la Ley N° 5688);

Que, por su parte, el artículo 273 de la Ley N° 5.688 establece que el personal del

Cuerpo de Bomberos en el cumplimiento de sus funciones se sujeta al principio rector

de planificación estratégica: "la actuación se conduce por medio de planes de acción

basados en criterios estratégico-institucionales, los que son comprobados mediante la

realización de los ejercicios de la gestión" y, atento el mismo, se propician las

presentes modificaciones atendiendo las necesidades de la Institución, asegurando su

eficacia y eficiencia;

Que, finalmente, el inciso 3° del artículo 281 del plexo legal enunciado establece que

corresponde al Jefe de Bomberos proponer al Ministro de Seguridad, a través de la

Subsecretaría de Emergencias o el organismo que en el futuro la reemplace, la

estructura orgánica de las dependencias (...);

Que, mediante la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, entre ellos, el Ministerio de

Seguridad;

Que, el Subsecretario de Emergencias y el Secretario de Seguridad han prestado su

conformidad a dicha propuesta;

Que, en este sentido, atendiendo a las actuales necesidades organizativas,

funcionales y operativas que garanticen el cumplimiento de las funciones que la Ley N°

5.688 ha encomendado, y por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, resulta

necesario modificar la estructura organizativa interna del Cuerpo de Bomberos para

una adecuada planificación estratégica para el ejercicio de la función, optimización en

la operatividad y distribución de los recursos humanos de la Institución;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la debida

intervención de su competencia.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.688,

EL MINISTRO SEGURIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la organización operativa interna del Cuerpo de Bomberos de la

Ciudad de Buenos Aires de acuerdo con el Anexo I identificado como IF-2024-

46405057-GCABA-JCBCDAD (Organigrama) y Anexo II identificado como IF-2024-

46404960-GCABA-JCBCDAD (Responsabilidades primarias), que a todos sus efectos

forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Subsecretaría de Emergencias, a la

Jerfatura del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, a la Dirección General Planeamiento

de Emergencia y Coordinación de Bomberos, a la Jefatura de Policía de la Ciudad, a

la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, a la Secretaría de Coordinación,

a la Subsecretaría de Gestión Administrativa, a la Subsecretaría de Capital Humano, a

la Dirección General Administración de Recursos Humanos y Compensaciones, a la

Dirección General Gestión del Capital Humano, y Instituto Superior de Seguridad

Pública y pase a la Subsecretaria de Emergencias para su conocimiento y demás

efectos. Cumplido, archívese. Wolff


ANEXOS

ANEXOI -Organigrama

ANEXOII -Responsabilidades primarias

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución 232-MJYSGC/2023 modifica la organización operativa interna del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires, modificando la Resolución 510-MJYSGC/18 y su modificatoria Resolución 232-MJYSGC/23.</p>