RESOLUCIÓN 1687 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN CONJUNTA 1408-MHFGC/24 - PROGRAMA DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES PEP - SUPLEMENTO REMUNERATIVO PEP - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - REQUISITOS - AGENTES - PARTICIPANTES
Publicación:
16/12/2024
Sanción:
12/12/2024
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: El Decreto 289/24, la Resolución firma conjunta 1408-MHFGC/24, el
Expediente 46535429-GCABA-DGPLYCO/24, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 289/24 creó el "Programa de Especialistas Profesionales" (PEP) del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo fomentar y
acompañar el desarrollo de profesionales especializados y expertos, en los ejes
principales y específicos que están a cargo de las distintas áreas, según un modelo de
gestión basado en una Administración Pública integral, moderna y eficiente;
Que el artículo 3 del citado decreto creó el "Cuerpo de Especialistas Profesionales", en
el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley 471, destinado al programa
mencionado, a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025,
de conformidad con los parámetros establecidos en su Anexo;
Que mediante el artículo 7° del Decreto 289/24 se encomendó en forma conjunta a los
titulares de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, la renovación y modificación del cuerpo creado por el citado Decreto;
Que mediante la Resolución firma conjunta 1408-MHFGC/24 se estableció que el
personal de la planta permanente del Acta de Negociación Colectiva 17/13, y el
personal transitorio del Acta de Negociación Colectiva 6/14, podrá participar en el
Programa de Especialistas Profesionales (PEP), aprobado por el Decreto 289/24;
Que, el artículo 2° de la citada resolución dispuso que el personal permanente y
transitorio nombrados en el considerando anterior, que acredite los requisitos y supere
las evaluaciones que establezca la autoridad de aplicación para su designación en el
Programa de Especialistas Profesionales (PEP), percibirá un suplemento que se
adicionará a su remuneración de acuerdo a las pautas establecidas en el Anexo I de la
misma;
Que, en este marco, se estima conveniente modificar las excepciones que se
contemplaron en el citado Anexo para que el personal con horas cátedras pueda
participar del mismo y, al mismo tiempo, incluir que están exceptuados de participar
quienes presten servicios bajo el régimen del Anexo II del Decreto 57/04 y
modificatorios;
Que atento lo expuesto, es necesario el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 289/24,
Artículo 1°. - Sustituir el Anexo I de la Resolución de firma Conjunta 1408-MHFGC/24
por el Anexo I (IF-2024-46597606-GCABA-SSGRH) que, a todos los efectos, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, comunicar a
todos los Ministerios, Secretarías del Poder Ejecutivo, organismos descentralizados,
entidades autárquicas, y órganos interjurisdiccionales. Cumplido, archivar. Tapia P/P -
Arengo Piragine