RESOLUCIÓN 1687 2024 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN CONJUNTA 1408-MHFGC/24 - PROGRAMA DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES PEP - SUPLEMENTO REMUNERATIVO PEP - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - REQUISITOS - AGENTES - PARTICIPANTES

Publicación:

16/12/2024

Sanción:

12/12/2024

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto 289/24, la Resolución firma conjunta 1408-MHFGC/24, el

Expediente 46535429-GCABA-DGPLYCO/24, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 289/24 creó el "Programa de Especialistas Profesionales" (PEP) del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo fomentar y

acompañar el desarrollo de profesionales especializados y expertos, en los ejes

principales y específicos que están a cargo de las distintas áreas, según un modelo de

gestión basado en una Administración Pública integral, moderna y eficiente;

Que el artículo 3 del citado decreto creó el "Cuerpo de Especialistas Profesionales", en

el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley 471, destinado al programa

mencionado, a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025,

de conformidad con los parámetros establecidos en su Anexo;

Que mediante el artículo 7° del Decreto 289/24 se encomendó en forma conjunta a los

titulares de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, la renovación y modificación del cuerpo creado por el citado Decreto;

Que mediante la Resolución firma conjunta 1408-MHFGC/24 se estableció que el

personal de la planta permanente del Acta de Negociación Colectiva 17/13, y el

personal transitorio del Acta de Negociación Colectiva 6/14, podrá participar en el

Programa de Especialistas Profesionales (PEP), aprobado por el Decreto 289/24;

Que, el artículo 2° de la citada resolución dispuso que el personal permanente y

transitorio nombrados en el considerando anterior, que acredite los requisitos y supere

las evaluaciones que establezca la autoridad de aplicación para su designación en el

Programa de Especialistas Profesionales (PEP), percibirá un suplemento que se

adicionará a su remuneración de acuerdo a las pautas establecidas en el Anexo I de la

misma;

Que, en este marco, se estima conveniente modificar las excepciones que se

contemplaron en el citado Anexo para que el personal con horas cátedras pueda

participar del mismo y, al mismo tiempo, incluir que están exceptuados de participar

quienes presten servicios bajo el régimen del Anexo II del Decreto 57/04 y

modificatorios;

Que atento lo expuesto, es necesario el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 289/24,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°. - Sustituir el Anexo I de la Resolución de firma Conjunta 1408-MHFGC/24

por el Anexo I (IF-2024-46597606-GCABA-SSGRH) que, a todos los efectos, forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, comunicar a

todos los Ministerios, Secretarías del Poder Ejecutivo, organismos descentralizados,

entidades autárquicas, y órganos interjurisdiccionales. Cumplido, archivar. Tapia P/P -

Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7020

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1687-MHFGC-MJGGC/24 sustituye el Anexo I de la Resolución Conjunta 1408-MHFGC-MJGGC/24.</p>