RESOLUCIÓN 344 2024 AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Síntesis:
DEROGA RESOLUCIÓN 7-APRA/24 - APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - DIRECCIÓN GENERAL - EVALUACIÓN AMBIENTAL - CONTROL AMBIENTAL - SUPRIME UNIDAD DE COORDINACIÓN SANIDAD Y TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS - TRANSFIERE A DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD Y CUIDADO RESPONSABLE DE CANINOS Y FELINOS DOMÉSTICOS - SUBSECRETARIA DE AMBIENTE - VICEJEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
17/12/2024
Sanción:
12/12/2024
Organismo:
AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL LEY 2628
Texto actualizado
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Fecha de última actualización: 17/12/2024
VISTO: Las Leyes Nros. 2.628 (texto consolidado según Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 387/23 y sus modificatorios, 412/23, la Resolución N° 7-GCABA-
APRA/24 y el Expediente Electrónico N° EX-2024-45770133-GCABA-APRA y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 2.628 se creó a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de proteger la calidad ambiental a través de
la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con
la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires contemplando a la Agencia de Protección Ambiental como organismo fuera de
nivel de la Subsecretaría de Ambiente de la Vicejefatura de Gobierno;
Que en virtud del Artículo 4° de la Ley 2.628, la Agencia es administrada por un (1)
Presidente, designado por el Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, en ese sentido, mediante el Decreto N° 412/23 se designó al Presidente de la
Agencia de Protección Ambiental;
Que de conformidad con el inciso b) del Artículo 8° de la citada Ley, se prevé entre las
funciones de la Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental "Organizar y
reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánica
funcional para los niveles inferiores a los aprobados por la presente ley, organizativos,
operativos y de administración de los recursos humanos ...";
Que mediante la Resolución N° 7-GCABA-APRA/24, se aprobó la estructura orgánica
funcional de esta Agencia de Protección Ambiental, como así también las
responsabilidades primarias de las diversas unidades organizativas que la componen;
Que esta Agencia procederá a suprimir a la Unidad de Coordinación Sanidad y
Tenencia Responsable de Mascotas de su estructura y transferirá su patrimonio,
presupuesto y recursos humanos a la Dirección General de Sanidad y Cuidado
Responsable de Caninos y Felinos Domésticos de la Subsecretaría de Ambiente de la
Vicejefatura de Gobierno, estimando oportuno en consecuencia modificar la estructura
funcional para su correcto funcionamiento;
Que la Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos de esta Agencia, tomó intervención en el
marco de sus responsabilidades primarias;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, deviene necesario el dictado del
acto administrativo correspondiente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 2.628 (Texto consolidado
por Ley 6.588) y el Decreto N° 412/23
Artículo 1°.- Derogar la Resolución N° 7-GCABA-APRA/24.
Artículo 2°.- Aprobar a partir del 1° de diciembre de 2024, la estructura organizativa de
la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
acuerdo con los Anexos I (Organigrama) IF-2024-46134894-GCABA-APRA y II
(Responsabilidades Primarias) IF-2024-46135151-GCABA-APRA, los que a todos sus
efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Suprimir a la Unidad de Coordinación, Sanidad y Tenencia Responsable
de Mascotas de la estructura de la Agencia de Protección Ambiental y transferir el
personal, patrimonio y presupuesto a la Dirección General de Sanidad y Cuidado
Responsable de Caninos y Felinos Domésticos de la Subsecretaría de Ambiente de la
Vicejefatura de Gobierno.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos comunicar al Sr. Jefe de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a la Vicejefatura de Gobierno, a la Subsecretaría de
Ambiente, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al
Ministerio de Hacienda y Finanzas y a las áreas dependientes de la Agencia de
Protección Ambiental. Cumplido, archivar. Morosi