RESOLUCIÓN 162 2024 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

APRUEBA - PLAN ANUAL DE TRABAJO DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EJERCICIO 2025 - CONTROL INTERNO - OBJETIVOS -PLANIFICACIÓN - GESTIÓN INSTITUCIONAL - AUDITORÍA INTERNA - PROCEDIMIENTO - CONTROL - FISCALIZACIÓN - CRONOGRAMA DE PROYECTOS Y TAREA - ACTIVIDADES ACADÉMICAS CAPACITACIÓN Y COMPROMISO SOCIAL

Publicación:

18/12/2024

Sanción:

12/12/2024

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70

(BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 182-SGCBA/16 (BOCBA N° 4.983) y N° 141-

SGCBA/24 (BOCBA N° 6.986), el Expediente Electrónico N° 46.737.356-GCABA-

GGTALSGCBA/24, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de

las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa

y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que conforme dicho artículo la Sindicatura General de la Ciudad "Tiene a su cargo el

control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de

gestión (...) de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la

administración central y descentralizada", siendo "el órgano rector de las normas de

control interno", ejerciendo por ello "la fiscalización del cumplimiento y aplicación de

las mismas";

Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588) fija los Sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires,

así como también establece la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 121 de la Ley citada dispone que el Sistema de Control Interno queda

conformado por la Sindicatura General de la Ciudad -órgano normativo, de supervisión

y coordinación- y por las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estas

últimas coordinadas técnicamente por la Sindicatura General;

Que a su vez el artículo 123 inciso 12) y el artículo 130 inciso 7) de dicha Ley

establecen que es función de esta Sindicatura General y atribución del/de la Síndico/a

General, aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna,

orientar y supervisar su ejecución y resultados;

Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada en los considerandos precedentes

también establece que el/la Síndico/a General cuenta con la atribución de organizar y

reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus

aspectos operativos y funcionales;

Que mediante la Resolución N° 182-SGCBA/16 se aprueba el Procedimiento para la

Elaboración de la Planificación de Auditorías;

Que el artículo 3° de la citada normativa establece que las Unidades de Auditoría

Interna deberán elevar la Planificación Anual Detallada para consideración de la

Sindicatura General de la Ciudad, antes del último día hábil del mes de octubre de

cada año;

Que mediante Resolución N° 141-SGCBA/24 se aprueba el Manual de Usuario

Sistema Integral de Gestión y Control Interno (SIGECI), aplicable a esta Sindicatura

General y a las Unidades de Auditoría Interna;

Que la Planificación Anual de Auditoría determina las metas de control a alcanzar por

la Sindicatura General de la Ciudad y por las Unidades de Auditoría Interna, en el

ámbito de sus competencias, durante el período de un (1) año;

Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aprobación del Plan

Anual de Trabajo de esta Sindicatura General y de las Unidades de Auditoría Interna;

Que de dicho Expediente Electrónico surge que se ha prestado conformidad y

recomendado la aprobación de los mencionados Planes Anuales de Trabajo para el

ejercicio 2025;

Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención correspondiente

en virtud de sus misiones y funciones;

Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta

de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 46.808.599-GCABA-

GGTALSGCBA/24.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 70 (texto consolidado

por Ley N° 6.588),

LA SÍNDICA GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Trabajo de la Sindicatura General de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para el año 2025 que, como Anexo I (IF N° 46.816.850-

GCABA-SGCBA/24), a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría

Interna de las distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2025 que, como Anexo II (IF N°

46.900.901-GCABA-GGTALSGCBA/24), a todos sus efectos forma parte integrante de

la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establecer que las modificaciones ulteriores necesarias en la Planificación

de la Sindicatura General serán aprobadas por el/la Síndico/a General a través del

Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de

Documentos Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por las Gerencias

Generales Auditoría Jurisdicción I y II, la Gerencia General Auditoría de Comunas y la

Gerencia Operativa Relaciones Institucionales de esta Sindicatura General.

Artículo 4°.- Establecer que las modificaciones ulteriores necesarias en la Planificación

de las Unidades de Auditoría Interna serán aprobadas por el/la Síndico/a General

Adjunto/a, a través del Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por

los Gerentes Generales de Auditoría Jurisdicción I y II, de esta Sindicatura General.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entidades del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Unidades de Auditoría Interna de cada

jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo, al/a la Síndico/a General

Adjunto/a, a las Gerencias Generales Auditoría Jurisdicción I y II, a la Gerencia

General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Operativa Relaciones Institucionales y,

para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica,

Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7022

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7022

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Circular 1-SGCBA/25 prorroga, con carácter excepcional y por única vez, hasta el día 31 de agosto de 2025 inclusive, la entrega del Informe de Auditoría anual sobre la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses, Con el objeto de posibilitar el cumplimiento de los Planes Anuales de Trabajo aprobados por Resolución 162-SGCBA/24 de manera eficaz y eficiente, instruyendo a las Unidades de Auditoría Interna de cada Jurisdicción o Entidad dependientes del Poder Ejecutivo.</p>