RESOLUCIÓN 162 2024 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
APRUEBA - PLAN ANUAL DE TRABAJO DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EJERCICIO 2025 - CONTROL INTERNO - OBJETIVOS -PLANIFICACIÓN - GESTIÓN INSTITUCIONAL - AUDITORÍA INTERNA - PROCEDIMIENTO - CONTROL - FISCALIZACIÓN - CRONOGRAMA DE PROYECTOS Y TAREA - ACTIVIDADES ACADÉMICAS CAPACITACIÓN Y COMPROMISO SOCIAL
Publicación:
18/12/2024
Sanción:
12/12/2024
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70
(BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 182-SGCBA/16 (BOCBA N° 4.983) y N° 141-
SGCBA/24 (BOCBA N° 6.986), el Expediente Electrónico N° 46.737.356-GCABA-
GGTALSGCBA/24, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de
las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que conforme dicho artículo la Sindicatura General de la Ciudad "Tiene a su cargo el
control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial, legal y de
gestión (...) de la administración pública en todas las jurisdicciones que componen la
administración central y descentralizada", siendo "el órgano rector de las normas de
control interno", ejerciendo por ello "la fiscalización del cumplimiento y aplicación de
las mismas";
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588) fija los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires,
así como también establece la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que el artículo 121 de la Ley citada dispone que el Sistema de Control Interno queda
conformado por la Sindicatura General de la Ciudad -órgano normativo, de supervisión
y coordinación- y por las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad
dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estas
últimas coordinadas técnicamente por la Sindicatura General;
Que a su vez el artículo 123 inciso 12) y el artículo 130 inciso 7) de dicha Ley
establecen que es función de esta Sindicatura General y atribución del/de la Síndico/a
General, aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna,
orientar y supervisar su ejecución y resultados;
Que el artículo 130 inciso 2) de la Ley citada en los considerandos precedentes
también establece que el/la Síndico/a General cuenta con la atribución de organizar y
reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus
aspectos operativos y funcionales;
Que mediante la Resolución N° 182-SGCBA/16 se aprueba el Procedimiento para la
Elaboración de la Planificación de Auditorías;
Que el artículo 3° de la citada normativa establece que las Unidades de Auditoría
Interna deberán elevar la Planificación Anual Detallada para consideración de la
Sindicatura General de la Ciudad, antes del último día hábil del mes de octubre de
cada año;
Que mediante Resolución N° 141-SGCBA/24 se aprueba el Manual de Usuario
Sistema Integral de Gestión y Control Interno (SIGECI), aplicable a esta Sindicatura
General y a las Unidades de Auditoría Interna;
Que la Planificación Anual de Auditoría determina las metas de control a alcanzar por
la Sindicatura General de la Ciudad y por las Unidades de Auditoría Interna, en el
ámbito de sus competencias, durante el período de un (1) año;
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
Anual de Trabajo de esta Sindicatura General y de las Unidades de Auditoría Interna;
Que de dicho Expediente Electrónico surge que se ha prestado conformidad y
recomendado la aprobación de los mencionados Planes Anuales de Trabajo para el
ejercicio 2025;
Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención correspondiente
en virtud de sus misiones y funciones;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 46.808.599-GCABA-
GGTALSGCBA/24.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 70 (texto consolidado
por Ley N° 6.588),
Artículo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Trabajo de la Sindicatura General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para el año 2025 que, como Anexo I (IF N° 46.816.850-
GCABA-SGCBA/24), a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría
Interna de las distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el año 2025 que, como Anexo II (IF N°
46.900.901-GCABA-GGTALSGCBA/24), a todos sus efectos forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establecer que las modificaciones ulteriores necesarias en la Planificación
de la Sindicatura General serán aprobadas por el/la Síndico/a General a través del
Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de
Documentos Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por las Gerencias
Generales Auditoría Jurisdicción I y II, la Gerencia General Auditoría de Comunas y la
Gerencia Operativa Relaciones Institucionales de esta Sindicatura General.
Artículo 4°.- Establecer que las modificaciones ulteriores necesarias en la Planificación
de las Unidades de Auditoría Interna serán aprobadas por el/la Síndico/a General
Adjunto/a, a través del Módulo de Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por
los Gerentes Generales de Auditoría Jurisdicción I y II, de esta Sindicatura General.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entidades del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las Unidades de Auditoría Interna de cada
jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo, al/a la Síndico/a General
Adjunto/a, a las Gerencias Generales Auditoría Jurisdicción I y II, a la Gerencia
General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Operativa Relaciones Institucionales y,
para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica,
Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda