CIRCULAR 1 2025 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
PRORROGA ENTREGA - INFORMES DE AUDITORÍA ANUALES - PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS PATRIMONIALES Y DE INTERESES
Publicación:
07/07/2025
Sanción:
01/07/2025
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
A: Titulares de Unidades de Auditoría Interna de las distintas Jurisdicciones o
Entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Síndico/a General Adjunto/a, Gerentes/as Generales Auditoría Jurisdicción I y II,
Gerente/a General Auditoría de Comunas, y Gerente/a Operativo/a Relaciones
Institucionales de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
REF: Prórroga de la entrega de los Informes de Auditoría anuales sobre la
Presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses. En uso de
las atribuciones conferidas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley
N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.764), visto la Ley N° 6.357 (texto consolidado
por Ley N° 6.764), las Resoluciones N° 182-SGCBA/16, N° 162-SGCBA/24 y N° 50-
OFIP/25, y la Circular N° 2-SGCBA/24, se emite la presente. El artículo 123 inciso 7)
de la Ley N° 70 otorga a la Sindicatura General la función de efectuar el control de la
presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales que prevean las normas en
la materia.
La Ley N° 6.357 aprueba el Régimen de Integridad Pública y establece, entre otras
cosas, el nuevo Régimen de Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses, y el
procedimiento para su presentación por parte de los funcionarios públicos obligados
comprendidos en la norma.
El artículo 14 de la Ley citada establece el plazo de dicha presentación en las
siguientes instancias: Inicial: Dentro de los sesenta (60) días hábiles de asumir en el
cargo o de su designación, según corresponda; Actualización Anual: Al 31 de
diciembre de cada año anterior y presentada antes del 1° de julio de cada año en
curso; y Final: Dentro de los treinta (30) días hábiles desde la fecha de cesación en el
cargo.
Conforme el artículo 62 inciso a) de la mentada Ley, es competencia de la Oficina de
Integridad Pública dictar actos aclaratorios e interpretativos, y emitir dictámenes,
recomendaciones y formular observaciones, en el marco de sus competencias, con el
objeto de garantizar la observancia del Régimen establecido en la Ley.
A través de la Circular N° 2-SGCBA/24, y en cumplimiento de lo dispuesto mediante la
Ley N° 70 y la Resolución N° 182-SGCBA/16 que aprueba el procedimiento para la
elaboración de la Planificación de Auditorías, la Sindicatura General instruyó a las
Unidades de Auditoría Interna de cada Jurisdicción y Entidad dependientes del Poder
Ejecutivo, auditar el cumplimiento de la presentación de las Declaraciones Juradas
Patrimoniales y de Intereses, por parte de los funcionarios públicos comprendidos en
la Ley N° 6.357, de acuerdo a la citada normativa y a los lineamientos que imparta la
Oficina de Integridad Pública al respecto.
Asimismo, la Circular citada aprobó el Procedimiento para la emisión de los Informes
de Auditoría anuales sobre la presentación de las Declaraciones Juradas
Patrimoniales y de Intereses que integran la Planificación Anual de las Unidades de
Auditoría Interna, y estableció que dichos Informes deberán integrar la citada
Planificación y elevarse a esta Sindicatura General en el mes de julio.
Mediante la Resolución N° 162-SGCBA/24 se aprobaron, entre otros, los Planes
Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna para el año 2025, en los
cuales se integraron los Informes de Auditoría anuales sobre la presentación de las
Declaraciones Juradas Patrimoniales y de Intereses, con entrega en el mes de julio.
Mediante Resolución N° 50-OFIP/25, la Oficina de Integridad Pública dispuso la
prórroga, por única vez y con carácter excepcional, hasta el día 16 de julio de 2025
inclusive, el plazo previsto para la presentación de las Declaraciones Juradas
Patrimoniales y de Intereses correspondientes a la Actualización Anual 2024, en razón
de inconvenientes técnicos registrados en la plataforma "MiDeclaración"
(http://mideclaracion.buenosaires.gob.ar/login).
Consecuentemente, y con el objeto de posibilitar el cumplimiento de los Planes
Anuales de Trabajo aprobados por Resolución N° 162-SGCBA/24 de manera eficaz y
eficiente, se instruye a las Unidades de Auditoría Interna de cada Jurisdicción o
Entidad dependientes del Poder Ejecutivo a prorrogar, con carácter excepcional y por
única vez, hasta el día 31 de agosto de 2025 inclusive, la entrega del Informe de
Auditoría anual sobre la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales y de
Intereses.
Se ratifica la plena vigencia de la Circular N° 2-SGCBA/24. Freda