RESOLUCIÓN 247 2024 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
APRUEBA ACTUALIZACIÓN - PROGRAMA DE PRÁCTICAS RENTADAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA - DELEGACIÓN DE FACULTADES NORMATIVAS
Publicación:
18/12/2024
Sanción:
12/12/2024
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
VISTO: Las Leyes Nros. 31 y 1.502 (ambos textos consolidados según Ley N° 6.588),
la Resolución CM N° 252/2020, el Dictamen Presidencia Comisión de Administración,
Gestión y Modernización Judicial N° 22/2024 y el TAE A-01-00034942-5/2024; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la actuación TAE mencionada en el Visto, la Secretaría de
Administración General y Presupuesto del Poder Judicial propone una actualización al
"Programa de Prácticas Rentadas para Personas con Discapacidad" aprobado como
Anexo III de la Resolución CM N° 252/2020, en base a lo solicitado por el Observatorio
de la Discapacidad.
Que este Consejo es el órgano permanente de administración del Poder Judicial de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la función de asegurar su independencia,
garantizar la eficaz prestación del servicio de administración de justicia, promover el
óptimo nivel de sus integrantes y lograr la satisfacción de las demandas sociales sobre
la función jurisdiccional del Estado.
Que la Ley N° 1.502 tiene como principal objetivo regular la incorporación, en una
proporción no inferior al cinco (5) por ciento, de personas con necesidades especiales
al Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de dar cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Que en esa línea, en diciembre de 2020, a través de la Resolución CM N° 252/2020, el
Consejo de la Magistratura aprobó como Política Pública de este Consejo el Plan
Integral de Inclusión de Personas con Discapacidad del Poder Judicial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, reemplazó el Reglamento para la Incorporación de
Personas con Discapacidad al Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, aprobado
oportunamente por la Resolución CM N° 569/2010 y aprobó el "Programa de Prácticas
Rentadas para Personas con Discapacidad", todo ello según los términos detallados
en su articulados y Anexos integrantes.
Que posteriormente, mediante la Resolución Presidencia N° 438/2021, se incorporó
dentro de las funciones de la Secretaría de Administración General y Presupuesto
establecidas en el artículo 2° del Anexo V del texto ordenado de la Resolución
Presidencia N° 1258/2015 la de "Diseñar políticas, programas y actividades que
fomenten la inclusión y desarrollo de personas con discapacidad en el ámbito del
Consejo de la Magistratura, en cumplimiento de la Ley N° 1.502, la Resolución CM N°
252/2020 y las normas complementarias".
Que asimismo, a partir del dictado de la Resolución Presidencia N° 932/2021 se creó
el Observatorio de la Discapacidad en la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y se estableció su dependencia funcional bajo la Secretaria de Administración
General y Presupuesto.
Que a partir del dictado de la reglamentación aprobada por este Plenario, y en vista a
la experiencia recogida durante estos años, además de la sanción de la Ley N° 6.555
que modificó la Ley N° 7 incorporando como un órgano del Poder Judicial de esta
Ciudad Autónoma y auxiliar del mismo al Observatorio de la Discapacidad, resulta
necesario actualizar el "Programa de Prácticas Rentadas para Personas con
Discapacidad" referido ut supra.
Que en ese entendimiento, a partir de la iniciativa del Observatorio de la Discapacidad,
la Secretaría de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial elaboró un
proyecto de actualización del ya citado "Programa", incorporando las modificaciones y
reorganizaciones de los órganos intervinientes, como también ampliando el alcance
del mismo, en línea con las políticas inclusivas que este Consejo de la Magistratura
viene llevando a cabo durante estos últimos años.
Que en ese orden de ideas, corresponde actualizar el "Programa de Prácticas
Rentadas para Personas con Discapacidad", aprobado oportunamente como Anexo III
de la Resolución CM N° 252/2020, por el proyecto elevado por la Secretaría de
Administración General y Presupuesto del Poder Judicial, y en esa línea, facultar al/la
Titular de la Secretaría de Administración General y Presupuesto del Poder Judicial al
dictado de normas aclaratorias, interpretativas, complementarias o modificatorias
sobre el "Programa de Prácticas Rentadas para Personas con Discapacidad".
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención correspondiente
mediante Dictamen DGAJ N° 13467/2024.
Que, por su parte y en el marco de su competencia, la Comisión de Gestión,
Administración y Modernización Judicial consideró el proyecto de actualización del
"Programa de Prácticas Rentadas para Personas con Discapacidad con Discapacidad"
y emitió el Dictamen Presidencia CAGyMJ N° 22/2024.
Que este Plenario comparte los criterios esgrimidos por la Comisión interviniente,
dejándose constancia que la presente decisión se adopta por unanimidad.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 31,
Artículo 1°: Aprobar la actualización del "Programa de Prácticas Rentadas para
Personas con Discapacidad", aprobado oportunamente como Anexo III de la
Resolución CM N° 252/2020, que como Anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2°: Facultar al/la Titular de la Secretaría de Administración General y
Presupuesto del Poder Judicial al dictado de normas aclaratorias, interpretativas,
complementarias o modificatorias sobre el "Programa de Prácticas Rentadas para
Personas con Discapacidad".
Artículo 3°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
en el sitio de Internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(www.consejo.jusbaires.gob.ar), comuníquese a todas las dependencias, a la Cámara
de Casación y de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas,
a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de
Relaciones de Consumo, al Observatorio de la Discapacidad, a la Secretaría de
Administración General y Presupuesto del Poder Judicial y, oportunamente, archívese.
Leguizamón - Corti
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7022