RESOLUCIÓN 3027 2024 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
Síntesis:
ESTABLECE - ENTRADA EN VIGENCIA - ESTIPULADO EN ARTICULOS 1° Y 2° RESOLUCIÓN 798-SECTOP-22 - TRAMOS - AVENIDA HONORIO PUEYRREDÓN ENTRE CALLES NEUQUÉN Y DR. JUAN FELIPE ARANGUREN - CALLE DE CONVIVENCIA HONORIO PUEYRREDÓN ENTRE CALLES NEUQUÉN Y DR. JUAN FELIPEARANGUREN - SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
Publicación:
26/12/2024
Sanción:
20/12/2024
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N°387/GCABA/23 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 798/SECTOP/22, 1488/SSGMO/24 y 1892/SSGMO/24; las
Disposiciones Nros. 52/UPEIM/22 y 58/UPEIM/23, el Expediente Electrónico N° EX-
2022-41130906-GCABA-DGDEI, y;
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 798/SECTOP/22, estableció en su Artículo 1°, el único sentido
circulatorio S-N (sur-norte), en el tramo comprendido por el eje: Avenida Honorio
Pueyrredón entre la calle Neuquén y la Avenida Díaz Vélez; como así también, en su
Artículo 2°, estableció el único sentido circulatorio S-N (sur-norte) a la calle de
convivencia, en el tramo comprendido por el eje: calle de convivencia Honorio
Pueyrredón entre las calles Neuquén y Ampere;
Que asimismo, el Artículo 6°, de la mencionada Resolución, previó que dicha norma
entraría en vigencia a partir de la fecha que se determine mediante Disposición de la
ya extinta Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad, de acuerdo
a la terminación de su señalamiento correspondiente;
Que en este sentido, la Disposición N° 52/UPEIM/22, estableció, la entrada en
vigencia de lo estipulado en los Artículos Nros. 1° y 4° de la Resolución N°
798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el eje: Avenida Honorio Pueyrredón
entre la calle Franklin y la Av. Diaz Vélez, y, la entrada en vigencia de los Artículos 3° y
5° de la Resolución antes referida;
Que asimismo, la Disposición N° 58/UPEIM/23, estableció la entrada en vigencia de lo
estipulado en el Artículo 1° de la Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo
comprendido por el eje: Avenida Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Franklin, y
lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución mencionada, para el tramo comprendido
por el eje: Calle de convivencia Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Ampere;
Que la Resolución N° 1488/SSGMO/2024, estableció la entrada en vigencia de lo
estipulado en el artículo N° 1 de la Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo
comprendido por el eje: Av. Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Arengreen, y lo
dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución mencionada, para el tramo comprendido
por el eje: Calle de convivencia Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Arengreen;
Que asimismo, mediante la Resolución N° 1892/SSGMO/24, se estableció la entrada
en vigencia de lo estipulado en el Artículo 1° de la Resolución N°798/SECTOP/22,
para el tramo comprendido por el siguiente eje: Avenida Honorio Pueyrredón entre las
calles Arengreen y Dr. Juan Felipe Aranguren, y lo dispuesto en el Artículo 2° de la
Resolución mencionada, para el tramo comprendido por el eje: Calle de convivencia
Honorio Pueyrredón entre las calles Arengreen y Dr. Juan Felipe Aranguren;
Que posteriormente, mediante las actuaciones mencionadas en el Visto, la Gerencia
Operativa Proyectos de Movilidad, de la Dirección General de Información Territorial
de la Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad,
requirió a esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, que implemente la
"señalización pertinente para el tramo de Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén
y Dr. Juan Felipe Aranguren de conformidad con el plano obrante en el orden N°34"
indicando también que "con esta implementación quedaría habilitado en su totalidad el
proyecto" ;
Que en cumplimiento con lo requerido, el Área Técnica de Señalización Vertical,
dependiente de esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, ha realizado los
respectivos trabajos de instalación de la señalización correspondiente, conforme surge
de los Nros. de orden 84 y 85, de las actuaciones citadas en el visto (conf. IF-2024-
47410117-GCABA-SSGMO e IF-2024-47415541-GCABA-SSGMO);
Que la Ley N° 6.684 estableció la estructura ministerial del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Infraestructura;
Que a través del Decreto N° 387/GCABA/23, y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encontrándose la Subsecretaría de Gestión de la
Movilidad como dependiente de la Secretaría de Transporte del referido Ministerio de
Infraestructura;
Que la Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad ha sido
disuelta, como consecuencia de lo previsto en la nueva estructura orgánico funcional
establecida por el citado Decreto N° 387/23 y sus modificatorios;
Que esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad continua a la ya extinta Unidad de
Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad, en todo lo relativo a "Controlar y
gestionar los contratos que tengan como objeto la instalación de elementos de
señalización vertical y demarcación horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (...)";
Que por lo expuesto, encontrándose acreditada la instalación de la señalización
pertinente, corresponde a esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, disponer la
entrada en vigencia de lo establecido en los Artículos 1° y 2° de la Resolución N°
798/SECTOP/22, en relación al eje comprendido por los siguientes tramos: Avenida
Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe Aranguren, y la Calle
de convivencia Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe
Aranguren.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, conforme lo previsto en el
Decreto N° 387/GCABA/23, y sus modificatorios,
Artículo 1°- Establecer, la entrada en vigencia de lo estipulado en el Artículo 1° de la
Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el siguiente eje:
Avenida Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe Aranguren.
Artículo 2°- Establecer, la entrada en vigencia de lo estipulado en el Artículo 2° de la
Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el siguiente eje: Calle
de convivencia Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe
Aranguren.
Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
comuníquese a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y a la Dirección
General Cuerpo de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito
del Ministerio de Infraestructura.Cumplido, archívese. Perotti