RESOLUCIÓN 3027 2024 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

ESTABLECE - ENTRADA EN VIGENCIA - ESTIPULADO EN ARTICULOS 1° Y 2° RESOLUCIÓN 798-SECTOP-22 - TRAMOS - AVENIDA HONORIO PUEYRREDÓN ENTRE  CALLES NEUQUÉN Y DR. JUAN FELIPE ARANGUREN - CALLE DE CONVIVENCIA HONORIO PUEYRREDÓN ENTRE CALLES NEUQUÉN Y DR. JUAN FELIPEARANGUREN - SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD

Publicación:

26/12/2024

Sanción:

20/12/2024

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD


VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N°387/GCABA/23 y sus modificatorios, las

Resoluciones Nros. 798/SECTOP/22, 1488/SSGMO/24 y 1892/SSGMO/24; las

Disposiciones Nros. 52/UPEIM/22 y 58/UPEIM/23, el Expediente Electrónico N° EX-

2022-41130906-GCABA-DGDEI, y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 798/SECTOP/22, estableció en su Artículo 1°, el único sentido

circulatorio S-N (sur-norte), en el tramo comprendido por el eje: Avenida Honorio

Pueyrredón entre la calle Neuquén y la Avenida Díaz Vélez; como así también, en su

Artículo 2°, estableció el único sentido circulatorio S-N (sur-norte) a la calle de

convivencia, en el tramo comprendido por el eje: calle de convivencia Honorio

Pueyrredón entre las calles Neuquén y Ampere;

Que asimismo, el Artículo 6°, de la mencionada Resolución, previó que dicha norma

entraría en vigencia a partir de la fecha que se determine mediante Disposición de la

ya extinta Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad, de acuerdo

a la terminación de su señalamiento correspondiente;

Que en este sentido, la Disposición N° 52/UPEIM/22, estableció, la entrada en

vigencia de lo estipulado en los Artículos Nros. 1° y 4° de la Resolución N°

798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el eje: Avenida Honorio Pueyrredón

entre la calle Franklin y la Av. Diaz Vélez, y, la entrada en vigencia de los Artículos 3° y

5° de la Resolución antes referida;

Que asimismo, la Disposición N° 58/UPEIM/23, estableció la entrada en vigencia de lo

estipulado en el Artículo 1° de la Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo

comprendido por el eje: Avenida Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Franklin, y

lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución mencionada, para el tramo comprendido

por el eje: Calle de convivencia Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Ampere;

Que la Resolución N° 1488/SSGMO/2024, estableció la entrada en vigencia de lo

estipulado en el artículo N° 1 de la Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo

comprendido por el eje: Av. Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Arengreen, y lo

dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución mencionada, para el tramo comprendido

por el eje: Calle de convivencia Honorio Pueyrredón entre calles Planes y Arengreen;

Que asimismo, mediante la Resolución N° 1892/SSGMO/24, se estableció la entrada

en vigencia de lo estipulado en el Artículo 1° de la Resolución N°798/SECTOP/22,

para el tramo comprendido por el siguiente eje: Avenida Honorio Pueyrredón entre las

calles Arengreen y Dr. Juan Felipe Aranguren, y lo dispuesto en el Artículo 2° de la

Resolución mencionada, para el tramo comprendido por el eje: Calle de convivencia

Honorio Pueyrredón entre las calles Arengreen y Dr. Juan Felipe Aranguren;

Que posteriormente, mediante las actuaciones mencionadas en el Visto, la Gerencia

Operativa Proyectos de Movilidad, de la Dirección General de Información Territorial

de la Movilidad, dependiente de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad,

requirió a esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, que implemente la

"señalización pertinente para el tramo de Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén

y Dr. Juan Felipe Aranguren de conformidad con el plano obrante en el orden N°34"

indicando también que "con esta implementación quedaría habilitado en su totalidad el

proyecto" ;

Que en cumplimiento con lo requerido, el Área Técnica de Señalización Vertical,

dependiente de esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, ha realizado los

respectivos trabajos de instalación de la señalización correspondiente, conforme surge

de los Nros. de orden 84 y 85, de las actuaciones citadas en el visto (conf. IF-2024-

47410117-GCABA-SSGMO e IF-2024-47415541-GCABA-SSGMO);

Que la Ley N° 6.684 estableció la estructura ministerial del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos al Ministerio de Infraestructura;

Que a través del Decreto N° 387/GCABA/23, y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encontrándose la Subsecretaría de Gestión de la

Movilidad como dependiente de la Secretaría de Transporte del referido Ministerio de

Infraestructura;

Que la Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad ha sido

disuelta, como consecuencia de lo previsto en la nueva estructura orgánico funcional

establecida por el citado Decreto N° 387/23 y sus modificatorios;

Que esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad continua a la ya extinta Unidad de

Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad, en todo lo relativo a "Controlar y

gestionar los contratos que tengan como objeto la instalación de elementos de

señalización vertical y demarcación horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (...)";

Que por lo expuesto, encontrándose acreditada la instalación de la señalización

pertinente, corresponde a esta Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, disponer la

entrada en vigencia de lo establecido en los Artículos 1° y 2° de la Resolución N°

798/SECTOP/22, en relación al eje comprendido por los siguientes tramos: Avenida

Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe Aranguren, y la Calle

de convivencia Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe

Aranguren.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias, conforme lo previsto en el

Decreto N° 387/GCABA/23, y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD

RESUELVE:

Artículo 1°- Establecer, la entrada en vigencia de lo estipulado en el Artículo 1° de la

Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el siguiente eje:

Avenida Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe Aranguren.

Artículo 2°- Establecer, la entrada en vigencia de lo estipulado en el Artículo 2° de la

Resolución N° 798/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el siguiente eje: Calle

de convivencia Honorio Pueyrredón entre las calles Neuquén y Dr. Juan Felipe

Aranguren.

Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

comuníquese a la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y a la Dirección

General Cuerpo de Agentes de Tránsito, dependiente de la Subsecretaría de Tránsito

del Ministerio de Infraestructura.Cumplido, archívese. Perotti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 3027-SSGMO -24 establece la entrada en vigencia de lo estipulado en el Artículo 1° de la<br />Resolución 798/SECTOP/22<br /><br />Artículo 2° establece  la entrada en vigencia de lo estipulado en el Artículo 2° de la Resolución 798/SECTOP/22<br /> </p>