DISPOSICIÓN 3960 2024 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Síntesis:
DISPONE - MANERA EXCEPCIONAL - CAMBIO DE UBICACIÓN - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL -FIAB- N° 2 - DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Publicación:
30/12/2024
Sanción:
19/12/2024
Organismo:
DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los
Decretos Nros. 491/16, 387/23 sus modificatorios, y 152/24, las Disposiciones Nros.
314-DGFYME/10, 682-DGFYME/10, 1.007-DGFYME/16, y el expediente N°
47455359-GCABA-DGPF/24, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades
primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando
estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo;
Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;
Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24, y 246/24, se modificó la estructura
orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades
primarias para "Planificar, administrar y supervisar la organización de las Ferias
Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas
competentes en caso de corresponder (...);
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se autoriza la
instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto
reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual
continuadora institucional, la Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la
autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;
Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las
Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, por Disposición N° 682-DGFYME/10 se aprobaron las características
constructivas del tráiler para FIAB y por Disposición N° 314-DGFYME/16 se prohibió la
entrega de sobres y bolsas plásticas no biodegradables comúnmente denominadas
"de camiseta" en la comercialización de productos en FIAB;
Que, por medio de la Disposición N° 159-DGCDPU/21 se autorizó a la FIAB N° 2 con
emplazamientos los días miércoles en distintos lugares de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que, teniendo en cuenta la proximidad de las festividades navideñas y la consecuente
mayor afluencia de personas en la vía pública, resulta necesario trasladar de manera
temporaria la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 2 a un nuevo
emplazamiento, a fin de garantizar la seguridad, el orden público y el acceso adecuado
a los servicios ofrecidos por la misma;
Que, la reubicación permitirá optimizar los recursos disponibles y potenciar las
actividades propias de las FIAB, promoviendo una mejor distribución de ferias en la
ciudad y facilitando la atención de las necesidades de los barrios circundantes;
Que, mediante Comunicación Oficial N° 47422623-GCABA-DGPF/24, se ha informado
a la Junta Comunal N° 13, sobre el traslado correspondiente al emplazamiento de la
Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial FIAB N° 2, los días Martes 24 y 31 de
diciembre 2024;
Que, mediante Resolución Oficial N° 2983-GCABA-SSGMO/24, la Subsecretaría de
Gestión de la Movilidad autoriza el corte total de correspondiente al emplazamiento de
la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial FIAB N° 2;
Que, en virtud de ello, y a fin de mejorar la atención del resto de las FIAB y potenciar
la tarea de esta Dirección General, resulta necesario trasladar temporalmente la FIAB
N° 2, los días 24 y 31 de diciembre, sito en calle Conde 200 E/ Santos Dumont y
Concepción Arenal , Plaza Mafalda, del barrio Colegiales, Comuna 13;
Que, por Informe N° 47750025-GCABA-DGPF/24, ha tomado intervención la Gerencia
Operativa Mercados dependiente de la Dirección General Permisos y Ferias,
propiciando el dictado de la presente por encuadrar en las previsiones de la Ley N°
5.122.
Por ello, en el uso de las facultades que le son propias conferidas por el Decreto
152/24,
Artículo 1°.- Disponer, de manera excepcional, el cambio de ubicación de la Feria
Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 2 para los días martes 24 y 31 de
diciembre.
Artículo 2°.- El nuevo emplazamiento se detalla en el Anexo (IF-2024-47451380-
GCABA-DGPF), el cual forma parte integral de la presente disposición.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa de Mercados para que realice las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Fiore
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7028