DISPOSICIÓN 3960 2024 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Síntesis:

DISPONE - MANERA EXCEPCIONAL - CAMBIO DE UBICACIÓN - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL -FIAB- N° 2 - DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS

Publicación:

30/12/2024

Sanción:

19/12/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS


VISTO: las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y 6.684, los

Decretos Nros. 491/16, 387/23 sus modificatorios, y 152/24, las Disposiciones Nros.

314-DGFYME/10, 682-DGFYME/10, 1.007-DGFYME/16, y el expediente N°

47455359-GCABA-DGPF/24, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades

primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando

estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo;

Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;

Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24, y 246/24, se modificó la estructura

orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y

Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades

primarias para "Planificar, administrar y supervisar la organización de las Ferias

Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB), en coordinación con las áreas

competentes en caso de corresponder (...);

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se autoriza la

instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto

reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual

continuadora institucional, la Dirección General de Permisos y Ferias (DGPF), es la

autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas

complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;

Que, la Disposición N° 1.007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, por Disposición N° 682-DGFYME/10 se aprobaron las características

constructivas del tráiler para FIAB y por Disposición N° 314-DGFYME/16 se prohibió la

entrega de sobres y bolsas plásticas no biodegradables comúnmente denominadas

"de camiseta" en la comercialización de productos en FIAB;

Que, por medio de la Disposición N° 159-DGCDPU/21 se autorizó a la FIAB N° 2 con

emplazamientos los días miércoles en distintos lugares de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, teniendo en cuenta la proximidad de las festividades navideñas y la consecuente

mayor afluencia de personas en la vía pública, resulta necesario trasladar de manera

temporaria la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 2 a un nuevo

emplazamiento, a fin de garantizar la seguridad, el orden público y el acceso adecuado

a los servicios ofrecidos por la misma;

Que, la reubicación permitirá optimizar los recursos disponibles y potenciar las

actividades propias de las FIAB, promoviendo una mejor distribución de ferias en la

ciudad y facilitando la atención de las necesidades de los barrios circundantes;

Que, mediante Comunicación Oficial N° 47422623-GCABA-DGPF/24, se ha informado

a la Junta Comunal N° 13, sobre el traslado correspondiente al emplazamiento de la

Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial FIAB N° 2, los días Martes 24 y 31 de

diciembre 2024;

Que, mediante Resolución Oficial N° 2983-GCABA-SSGMO/24, la Subsecretaría de

Gestión de la Movilidad autoriza el corte total de correspondiente al emplazamiento de

la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial FIAB N° 2;

Que, en virtud de ello, y a fin de mejorar la atención del resto de las FIAB y potenciar

la tarea de esta Dirección General, resulta necesario trasladar temporalmente la FIAB

N° 2, los días 24 y 31 de diciembre, sito en calle Conde 200 E/ Santos Dumont y

Concepción Arenal , Plaza Mafalda, del barrio Colegiales, Comuna 13;

Que, por Informe N° 47750025-GCABA-DGPF/24, ha tomado intervención la Gerencia

Operativa Mercados dependiente de la Dirección General Permisos y Ferias,

propiciando el dictado de la presente por encuadrar en las previsiones de la Ley N°

5.122.

Por ello, en el uso de las facultades que le son propias conferidas por el Decreto

152/24,

LA DIRECTORA GENERAL PERMISOS Y FERIAS

DISPONE:

Artículo 1°.- Disponer, de manera excepcional, el cambio de ubicación de la Feria

Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 2 para los días martes 24 y 31 de

diciembre.

Artículo 2°.- El nuevo emplazamiento se detalla en el Anexo (IF-2024-47451380-

GCABA-DGPF), el cual forma parte integral de la presente disposición.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa de Mercados para que realice las notificaciones

correspondientes. Cumplido, archívese. Fiore


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7028

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 3960 - DGPF-24  dispone de manera excepcional, el cambio de ubicación de la Feria<br />Itinerante de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 2 para los días martes 24 y 31 de diciembre.<br /> </p>