RESOLUCIÓN 2765 2024 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA - RÉGIMEN ACADÉMICO - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - NIVEL PRIMARIO DE GESTIÓN ESTATAL - DIRECCIONES DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y ESCUELAS NORMALES - GESTIÓN PRIVADA SUPERVISADOS - DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA - CICLO LECTIVO 2025
Publicación:
30/12/2024
Sanción:
20/12/2024
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nacionales 26206 y sus modificatorias y 26892, la Ley 6684 (texto consolidado por Ley
6764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, la Resolución del Consejo Federal de
Educación 174/12, las Resoluciones 4513-MEGC/17 y su modificatoria, 1547-
MEIGC/19, 5118-GCABA-MEDGC/22, 1602-GCABA-MEDGC/24 y 2271-GCABA-
MEDGC/24, el Expediente Electrónico 47651493-GCABA-SSPIE/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que así también asegura la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso,
permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo y promueve el más alto nivel
de calidad de la enseñanza y asegura políticas sociales complementarias que
posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;
Que la Ley de Educación Nacional 26206 y sus modificatorias, establece que el
Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la
responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente
y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad,
gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las
organizaciones sociales y las familias;
Que en su artículo 26 establece que la Educación Primaria constituye una unidad
pedagógica y organizativa destinada a la formación de los/as niños/as a partir de los
seis (6) años de edad;
Que la Ley Nacional 26892 estableció las bases para la promoción, intervención
institucional y la investigación y recopilación de experiencias sobre la convivencia así
como sobre el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas de
todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional;
Que mediante Resolución del Consejo Federal de Educación 174/12 se aprobaron las
"Pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje y las
trayectorias escolares, en el nivel inicial, nivel primario y modalidades, y su
regulación", en las que establece una serie de propuestas para fortalecer la
continuidad de las trayectorias, entre las cuales se encuentran las vinculadas con la
evaluación y la promoción;
Que, asimismo, dicha norma establece que los criterios de evaluación deben ser
claros, explícitos y compartidos, para que las modificaciones propuestas redunden en
un mejoramiento de la calidad de la experiencia escolar de todos los estudiantes;
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada ley, le corresponde al Ministerio de Educación, entre
otras facultades, la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y
programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de
contribuir al desarrollo individual y social;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose a este Ministerio de Educación, y bajo su dependencia a las
Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa y Gestión del Aprendizaje y a la
Dirección General Educación de Gestión Privada;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, tiene dentro de sus
responsabilidades primarias, planificar, diseñar y promover procesos de mejora
continua de las políticas y programas educativos para todos los niveles y modalidades
de la educación, y proponer, diseñar y coordinar los planes estratégicos para la mejora
de los aprendizajes y promover su implementación, entre otras;
Que por su parte, la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, tiene entre sus
responsabilidades primarias diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas
y programas educativos para contribuir al desarrollo individual y social de la
comunidad, así como diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la
optimización de las condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de
mejorar la calidad educativa;
Que la Dirección General Educación de Gestión Privada, administra, supervisa,
coordina y acompaña el subsistema de Educación de Gestión Privada de la
jurisdicción, conforme con las políticas de este Ministerio, a la vez que establece
mecanismos de articulación, participación y asistencia con otras áreas del mismo, para
contribuir a la definición e implementación de estrategias que conlleven a un sistema
educativo único e integrado, respetando las particularidades de ambos subsistemas,
entre otras responsabilidades primarias;
Que mediante la Resolución 4513-MEGC/17 y su modificatoria se aprobó la
implementación del Proyecto Pedagógico Individual para la inclusión (PPI) para los
niveles inicial, primario y secundario de escuelas de gestión estatal y de gestión
privada;
Que por Resolución 1547-MEIGC/19 se aprobó el Régimen de Evaluación, Calificación
y Promoción correspondiente al Nivel Primario de las escuelas dependientes de las
Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación de Gestión Privada y
de la actual Dirección General Sistema de Formación Docente dependiente de la
actual Subsecretaría Gestión del Aprendizaje;
Que la Resolución 5118-GCABA-MEDGC/22 aprobó el Proyecto Promoción
Acompañada para su implementación en los establecimientos educativos de nivel
primario de gestión estatal y gestión privada y los instrumentos de seguimiento de
estudiantes para los establecimientos de nivel primario de gestión estatal;
Que, en la Ciudad de Buenos Aires se han llevado adelante diversas políticas
educativas tendientes a favorecer los aprendizajes y a promover una educación de
calidad para todos los estudiantes de la jurisdicción;
Que en tal sentido, mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el
Plan Estratégico "Buenos Aires Aprende", con el fin de dar respuesta a los desafíos de
aprendizaje que deben ser abordados en las áreas de lengua, matemática y
habilidades socioemocionales, en base a la evidencia recabada;
Que el referido Plan, propone como eje central y prioritario de los próximos años, la
mejora de los aprendizajes para niñas, niños, adolescentes y adultos, en un ambiente
que promueva el bienestar integral de quienes conforman la comunidad educativa, por
lo que se requiere para su implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la
comunidad educativa en su conjunto;
Que asimismo, resulta un objetivo general de dicho Plan, garantizar que todos los
niños, niñas, jóvenes y adultos logren los aprendizajes necesarios para desarrollar su
máximo potencial velando por su bienestar socioemocional y creando experiencias
significativas para su vida;
Que puntualmente, se busca la mejora de los aprendizajes fundacionales de Lengua y
Matemática a través de nuevas estrategias, un mayor acompañamiento, mayor tiempo
de enseñanza y asistencia sostenida y continua en el establecimiento educativo en un
ambiente que promueva el bienestar socioemocional, la inclusión y la atención a la
diversidad, así como impulsar nuevas maneras de enseñar y aprender que faciliten el
desarrollo de las capacidades que posibiliten a los y las estudiantes vivir y trabajar en
un mundo dinámico, global y cambiante, y fortalecer las tareas pedagógicas y
administrativas a través de la incorporación de nuevas funciones y potencialidades que
brinda la tecnología;
Que el Diseño Curricular para la Escuela Primaria, aprobado por la Resolución 2271-
GCABA-MEDGC/24, define las condiciones para la evaluación, la cual debe contribuir
al acompañamiento y sostenimiento de la trayectoria escolar, debiendo centrarse en
los progresos realizados por los estudiantes a partir del estado de sus conocimientos y
el desarrollo de capacidades al comenzar su escolaridad o al ingresar a un grado
determinado;
Que, asimismo, el mencionado Diseño Curricular establece que el propósito de la
evaluación es obtener información para tomar decisiones sobre la enseñanza y para
orientar el aprendizaje, así como para tomar decisiones de acreditación y promoción,
entre otros;
Que en virtud de los cambios en el Diseño Curricular y en el marco del Plan Buenos
Aires Aprende, resulta necesario actualizar el Régimen Académico para el Nivel
Primario de los establecimientos de Gestión Estatal y Gestión Privada de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, de esta manera, las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal y
Sistema de Formación Docente de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje, la
Dirección General Educación de Gestión Privada y la Gerencia Operativa de
Innovación y Contenidos Educativos de la Subsecretaría Planeamiento e Innovación
Educativa han realizado un proceso de revisión y análisis con el fin de consolidar la
normativa y los lineamientos comunes de la normativa mencionada;
Que como resultado del proceso mencionado la Subsecretaría Planeamiento e
Innovación Educativa, ha elaborado el Régimen Académico (RA) para la educación de
Nivel Primario que busca consolidar estos lineamientos y la normativa vigente,
proporcionando un marco regulador que facilite trayectorias educativas continuas y de
calidad, conforme el Anexo (IF-2024-47752673-GCABA-SSPIE);
Que asimismo, este régimen promueve la innovación en las escuelas, integrando a la
comunidad educativa en la construcción de experiencias formativas significativas,
sosteniendo principios como la escucha activa, el respeto y la participación progresiva
de los estudiantes;
Que, en virtud de lo expuesto, deviene necesario y oportuno el dictado del pertinente
acto administrativo por el que se apruebe el Régimen Académico correspondiente a
los establecimientos educativos de Nivel Primario de Gestión Estatal dependientes de
las Direcciones de Educación Primaria y Escuelas Normales Superiores y los de
Gestión Privada supervisados por la Dirección General Educación de Gestión Privada
de la Ciudad de Buenos Aires;
Que han tomado intervención en el marco de sus respectivas competencias, las
Subsecretarías Planeamiento e Innovación Educativa, Gestión del Aprendizaje, las
Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación Gestión Privada,
Sistema de Formación Docente, y las Direcciones Educación Primaria y Escuelas
Normales Superiores y la Gerencia Operativa de Innovación y Contenidos Educativos;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Régimen Académico correspondiente al Nivel Primario de
conformidad con lo detallado en el Anexo (IF-2024-47752673-GCABA-SSPIE), el que
a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, el cual resultará
de aplicación en los establecimientos educativos de Nivel Primario de Gestión Estatal
dependientes de las Direcciones de Educación Primaria y Escuelas Normales
Superiores y los de Gestión Privada supervisados por la Dirección General Educación
de Gestión Privada de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Establecer que la presente Resolución, se implementará a partir del Ciclo
Lectivo 2025.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectuar las
comunicaciones oficiales pertinentes a las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje,
Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones Generales Educación de
Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente, Educación de Gestión Privada, a la
Direcciones Educación Primaria y Escuelas Normales Superiores, y a la Gerencia
Operativa Innovación y Contenidos Educativos. Cumplido, Archivar. Miguel