RESOLUCIÓN 1627 2024 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
APRUEBA PRECIOS - ENTRADAS DEL SERVICIO DE VISITAS GUIADAS - VIGENTES DESDE EL 1° DE ENERO DE 2025 - TEATRO COLÓN - CERRITO 618 - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
02/01/2025
Sanción:
23/12/2024
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) y su Decreto
reglamentario N° 1.342/08, las Resoluciones nros. 133/GCABA-SSHA/22 y
1.270/GCABA-EATC/24, los Expedientes Electrónicos nros. EX-2024-36271461-
GCABA-DGTALEATC y EX-2024-47469016-GCABA-DGTALEATC, y,
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la aprobación de los nuevos precios que
regirán a partir del 1° de enero de 2025 para la venta de las entradas correspondientes
al Servicio de Visitas Guiadas que se desarrollan en el edificio del Teatro Colón,
situado en la calle Cerrito 618 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) se creó el Ente
Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en
dicha Ley;
Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;
Que el artículo 2° de la citada Ley, dispone que es misión de este Ente "crear, formar,
representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de
cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición
histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que el artículo 3° de la Ley establece entre las diferentes funciones en favor de este
Coliseo para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los
habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la
Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que
desarrolla" (inciso b) y la de "entender en la planificación, programación y ejecución de
actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara - y
experimental" (inciso c);
Que el inciso I) del artículo 14, establece como función del Director/a General
"Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los
objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos humanos,
físicos, económicos financieros y patrimoniales";
Que el inciso m) del mismo artículo establece como función del Director/a General
"Celebrar los actos jurídicos de naturaleza civil, comercial y administrativa que sean
necesarios para el ejercicio de las funciones del Ente Autárquico Teatro Colón";
Que el artículo 28, inciso c) de la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.764)
establece entre los recursos propios del Ente Autárquico Teatro Colón, "los fondos
provenientes de las recaudaciones de boletería que obtenga por sus actividades y
prestaciones a terceros";
Que a su vez, el Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires faculta al
Poder Ejecutivo para "establecer los precios de entrada a los complejos deportivos,
recreativos o similares y a los espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales
que organice, incluidos los aranceles por los servicios complementarios que se presten
en los complejos, salas, locales o espacios donde aquellos se realicen" (cfr. Artículo
527 Capítulo II);
Que en igual sentido se expidió la Secretaría Legal y Técnica mediante la Providencia
PV-2012-01339516-DGCL, de fecha 27 de junio de 2012, donde destacó que esta
Dirección General podrá establecer el precio de las localidades sin que sea necesaria
la autorización previa o ratificación posterior por la máxima autoridad de esta
Administración;
Que mediante Resolución N° 133/GCABA-SSHA/22, se aprobó la Licitación Pública N°
614-0102-LPU22 que tuvo por objeto la contratación de un servicio integral de
provisión de una plataforma informática para la emisión, gestión, venta de entradas,
merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler de equipos,
provisión de insumos y puestos de boletería para ser utilizado en todo el gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se adjudicó a la firma ENTRADAUNO SRL
(CUIT N°33-71512515-9);
Que mediante Resolución N° 1.270/GCABA-EATC/24 se aprobaron los precios
vigentes desde el 1° de octubre de 2024 de las visitas guiadas a desarrollarse en el
Teatro Colón, sito en Cerrito 618 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la
sede del Programa "Colón Fábrica", situado en la calle Avenida Don Pedro de
Mendoza 2163 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los valores
establecidos en el Anexo adjunto (IF-2024-36273805-GCABA-DGTALEATC) y
tramitada por EX-2024-36271461-GCABA-DGTALEATC;
Que tomó intervención la Gerencia Operativa Promoción Comercial y Financiera en el
marco de su competencia, propiciando mediante Informe IF-2024-47472010-GCABA-
DGTALEATC la actualización de los precios de las entradas correspondientes al
Servicio de Visitas Guiadas a desarrollarse en la sede mencionada;
Que mediante IF-2024-47470065-GCABA-DGTALEATC acompaña el detalle
correspondiente a los listados de precios actualizados, los cuales regirán a partir del 1°
de enero de 2025;
Que la Gerencia Operativa Promoción Comercial y Financiera, la Gerencia Operativa
Gestión Sectorial (OGESE) y la Coordinación General de Asuntos Legales todas
dependientes de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal han tomado
intervención en el marco de sus competencias;
Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta pertinente la aprobación de
los nuevos precios que regirán a partir del 1° de enero de 2025, para la venta de las
entradas por el Servicio de Visitas Guiadas que se desarrollan en el edificio Teatro
Colón, situado en la calle Cerrito 618 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855 (texto consolidado por la
Ley N° 6.764),
Artículo 1°.- Aprobar los nuevos precios, vigentes desde el 1° de enero de 2025, de las
entradas correspondientes al Servicio de Visitas Guiadas a desarrollarse en el edificio
del Teatro Colón, sito en Cerrito N° 618 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
acuerdo al detalle obrante en el Anexo I adjunto (IF-2024-47470065-GCABA-
DGTALEATC), el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase
a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal para su comunicación a todas
las Direcciones Generales del Ente Autárquico Teatro Colón. Notifíquese a la firma
ENTRADAUNO S.R.L. Cumplido, archívese. Grieco Martínez