RESOLUCIÓN 80 2024 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
Síntesis:
CONVALIDA IMPLEMENTACIÓN - BACHILLERATO EN ARTE-ARTES VISUALES - ALTERNATIVA A - TURNO MAÑANA - BACHILLERATO EN EDUCACIÓN FÍSICA - ALTERNATIVA A - TURNO TARDE - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA 1 - DISTRITO ESCOLAR 20 - BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACIÓN
Publicación:
07/01/2025
Sanción:
20/12/2024
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206 y sus modificatorias, las Leyes 898 (texto consolidado por Ley 6588) y 6684, los
Decretos 387/23 y sus modificatorios, 365/24, las Resoluciones del Consejo Federal
de Educación 79/09, 84/09, las Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-
MEGC/15 y 3510-MEGC/15, 105-SSPLINED/16, el Expediente Electrónico N°
46669980-GCABA-DGEGE/24, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que conforme la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, se declara que la
obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la
finalización del nivel de la educación secundaria;
Que por su parte la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6588) dispuso previamente la
obligatoriedad del nivel medio, en todas sus modalidades y orientaciones, en el ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley 6684 establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus objetivos el
de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social, administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la
educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que mediante las Resoluciones del Consejo Federal de Educación 79/09 y 84/09 se
aprobó el Plan Nacional de Educación Obligatoria y el Documento "Lineamientos
Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria", respectivamente;
Que por las Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-
MEGC/15, se aprobó el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para los Ciclos
Básico y Orientado para la Formación General y Específica de la Nueva Escuela
Secundaria, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en dicho contexto por Resolución 105-SSPLINED/16 se aprobó la implementación
del Plan de Estudio "Bachillerato en Economía y Administración" Alternativa B, en la
Escuela de Educación Media N° 1 - Distrito Escolar 20° "Biblioteca del Congreso de la
Nación";
Que por otra parte, por Decreto 365/24 se convalidó la apertura de los turnos mañana
y tarde, en el mentado establecimiento, sito en la calle Zuviría 6.550, de esta Ciudad,
el que continúa funcionando asimismo en el turno vespertino;
Que en los turnos mañana y tarde se viene implementando el "Bachillerato en Arte-
Artes Visuales" Alternativa A y "Bachillerato en Educación Física" Alternativa A
respectivamente;
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de
Educación;
Que corresponde a la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje "diseñar, promover,
implementar y supervisar las políticas y programas educativos para contribuir al
desarrollo individual y social de la comunidad" así como "diseñar, promover y
supervisar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de
enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa";
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal dependiente de la mencionada
Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias, "Implementar y llevar a
cabo las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades
de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y
administrativos";
Que le corresponde a la Dirección Educación Media implementar las políticas y los
programas educativos de nivel medio, así como supervisar el desarrollo de las
acciones pedagógicas y administrativas en las escuelas del nivel medio;
Que, en este orden de ideas, la mencionada Dirección propicia convalidar la
implementación del "Bachillerato en Arte-Artes Visuales" Alternativa A en el turno
mañana y el "Bachillerato en Educación Física" Alternativa A, en el turno tarde, en la
Escuela de Educación Media N° 1 Distrito Escolar 20° "Biblioteca del Congreso de la
Nación", de conformidad con la Resolución 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1.189-
MEGC/15 y 3510-MEGC/15;
Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente;
Que han tomado la correspondiente intervención la Subsecretaría Planeamiento e
Innovación Educativa y la Dirección General Educación de Gestión Estatal;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención
que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convalidar la implementación del "Bachillerato en Arte-Artes Visuales"
Alternativa A en el turno mañana y "Bachillerato en Educación Física" Alternativa A en
el turno tarde, en la Escuela de Educación Media N° 1 Distrito Escolar 20° "Biblioteca
del Congreso de la Nación", de conformidad con la Resolución 321-MEGC/15 y sus
modificatorias 1.189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15.
Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comunicar a la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, a las Direcciones
Generales Personal Docente y No Docente, Educación de Gestión Estatal y Carrera
Docente, a las Gerencias Operativas Innovación y Contenidos Educativos Recursos
Humanos Docentes y Títulos y Legalizaciones del Ministerio de Educación. Cumplido,
archivar. Feced Abal