RESOLUCIÓN 41 2024 OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA
Síntesis:
CONSTITUYE - SERVICIO PATRIMONIAL - SISTEMA DE REGISTRO CONTABLE PATRIMONIAL DE BIENES DE USO Y DE CONSUMO - PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DESIGNA RESPONSABLES PATRIMONIALES - PRIMER ORDEN - FRANCISCO MAXIMILIANO OLIVENCIA - SEGUNDO ORDEN - LUCÍA MAITE RUIBAL -OFICINA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
Publicación:
08/01/2025
Sanción:
03/07/2024
Organismo:
OFICINA DE INTEGRIDAD PUBLICA
VISTO: La Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), el Decreto N° 263-
GCABA/10 y su modificatorio, la Disposición N° 82-DGCG/10 y su modificatoria, el
Expediente Electrónico N° EX-2024-25522669- -GCABA-OFIP, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.347 (texto consolidado por Ley N° 6.588), se creó la Oficina de
Integridad Pública, dentro del ámbito del Poder Ejecutivo, la cual ejerce sus funciones
específicas, con independencia técnica, sin sujeción directivas, instrucciones ni
condiciones que se impartan o establezcan por sujetos ajenos a su estructura;
Que por el Decreto N° 263-GCABA/10 y su modificatorio, se aprobó el Sistema de
Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto regular la
incorporación, registro, identificación, control y baja de los bienes de uso (muebles,
semovientes, muebles registrables e inmuebles) y de consumo;
Que dicha norma establece en su artículo 2° que la Dirección General de Contaduría
es el Órgano Rector del Sistema, por lo cual, mediante la Disposición N° 82-DGCG/10
y su modificatoria, se aprobó la Reglamentación al Sistema de Registro Contable
Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo;
Que, por su parte, el artículo 2° del Anexo aprobado por el citado Decreto, establece
que sus disposiciones resultan de aplicación al Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, Organismos Descentralizados y a los bienes de dominio
de la Ciudad que se encuentren a cargo de los servicios concesionados;
Que, además, el artículo 3° del mencionado Anexo prevé que, en cada repartición,
debe funcionar una Unidad de Servicio Patrimonial de segundo orden, coordinada por
el Servicio Patrimonial de primer orden que debe organizarse en cada Oficina de
Gestión Sectorial (OGESE), habilitando, a su vez, la conformación de Responsables
Patrimoniales de tercer y cuarto orden en los casos en que así convenga, informando
a la Dirección General de Contaduría;
Que mediante la Disposición N° 82-DGCG/10 y su modificatoria, la Dirección General
Contaduría del entonces Ministerio de Hacienda aprobó la reglamentación del Sistema
de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el cuarto párrafo del artículo 3° del Anexo de la Disposición N° 82-DGCG/10 y su
modificatoria, establece que "Los Servicios Patrimoniales estarán a cargo de al menos
dos (2) agentes de planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, con las responsabilidades que les fije el Órgano Rector del Sistema.
Cuando el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda cumplir con el
requisito de designar al menos un agente de la planta permanente como responsable
de los bienes, deberá solicitar la excepción -debidamente fundamentada- a la máxima
autoridad de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla por
acto administrativo";
Que, en ese sentido, por el expediente citado en el visto, se propicia la designación de
los agentes Francisco Maximiliano Olivencia, CUIL N° 20-34917084-2, y Lucía Maite
Ruibal, CUIL N° 27-41758304-7, como Responsables Patrimoniales de esta Oficina de
Integridad Pública;
Que, corresponde exceptuar a esta Oficina de Integridad Pública de designar como
Responsables Patrimoniales a personal de planta permanente, de acuerdo a lo
establecido en el cuarto párrafo del artículo 3° del Anexo de la Disposición N° 82-
DGCG/10 y su modificatoria, por no existir personal bajo esa situación de revista en
esta repartición;
Que ha tomado intervención la Gerencia Operativa Técnica, Administrativa, Legal y de
Asuntos Contenciosos de esta repartición.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del anexo del Decreto N°
263-GCABA/10 y su modificatorio,
Artículo 1°.- Constituir, en la órbita de esta Oficina de Integridad Pública, el Servicio
Patrimonial previsto por el Sistema de Registro Contable Patrimonial de Bienes de Uso
y de Consumo del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, aprobado por el Decreto N° 263-GCABA/10 y su modificatorio, y reglamentado
por Disposición N° 82-GCABA-DGCG/10 y su modificatoria.
Artículo 2°.- Exceptuar a esta Oficina de Integridad Pública de designar como
Responsables Patrimoniales a personal de planta permanente, de acuerdo a lo
establecido en el cuarto párrafo del artículo 3° del Anexo de la Disposición N° 82-
DGCG/10 y su modificatoria.
Artículo 3°.- Designar como Responsables Patrimoniales de primer y segundo orden
de esta Oficina de Integridad Pública a los agentes Francisco Maximiliano Olivencia,
CUIL N° 20-34917084-2, y Lucía Maite Ruibal, CUIL N° 27-41758304-7.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Contaduría, notifíquese a las personas
designadas mediante el artículo que antecede, y para su posterior trámite remítase a
la Gerencia Operativa Técnica, Administrativa, Legal y de Asuntos Contenciosos de
esta repartición. Cumplido, archívese. Moro