RESOLUCIÓN 20 2025 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
MODIFICA - VIGENCIA - RESOLUCIÓN 19-AGIP/2025 - PROCEDIMIENTO EXPEDITIVO PARA LA VERIFICACIÓN DE LA PROCEDENCIA Y MAGNITUD DE LOS SALDOS A FAVOR RECLAMADOS POR LOS CONTRIBUYENTES O RESPONSABLES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS QUE NO SUPEREN LA SUMA DE PESOS DOS MILLONES $2.000.000 - DETERMINANDO RETROACTIVAMENTE LA VIGENCIA DESDE EL 10 DE ENERO DE 2025
Publicación:
14/01/2025
Sanción:
13/01/2025
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: la Resolución N° 19-AGIP/25, el Expediente Electrónico N° 1.817.690/GCABA-
DGANFA/25 y el Art. 13 de la Ley de Procemiento Administrativo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 1510/97 - T. C. por Ley 6764); y,
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 19-AGIP/25 establece el procedimiento expeditivo para la
verificación de la procedencia y magnitud de los saldos a favor reclamados por los
contribuyentes o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que no superen
la suma de pesos dos millones ($ 2.000.000);
Que el artículo 14 de tal norma determina que regirá a partir del día siguiente a su
publicación;
Que el artículo 13 de la Ley de Procemiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (Decreto N° 1510/97 - T. C. por Ley 6764) establece que el acto
administrativo puede tener efectos retroactivos, siempre y cuando no se afectaren
derechos adquiridos (...);
Que esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ha advertido que por
razones de oportunidad, mérito y conveniencia resulta necesario modificar la vigencia
del citado acto administrativo, determinando su retroactividad al día 10 de enero de
2025, dejando constancia que no afecta derechos adquiridos de los administrados;
Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Modifícase la vigencia de la Resolución 2025-19-GCABA-AGIP,
determinando retroactivamente la misma desde el 10 de enero de 2025.-
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para
su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Rentas y a la Subdirección
General de Sistemas dependiente de la Dirección General de Planificación y Control
dependientes de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
Comuníquese a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General de
Tesorería del Gobierno de Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Krivocapich