RESOLUCIÓN 696 2005 SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Síntesis:

PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL PARQUE INDOAMERICANO - SE LE ENCOMIENDA A LA SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE SU EVALUACIÓN, APROBACIÓN Y SEGUIMIENTO

Publicación:

30/09/2005

Sanción:

20/09/2005

Organismo:

SECRETARIA DE PRODUCCION, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE


Visto el Expediente N° 57.417/05, la Ley N° 1.582, el Decreto N° 993/05 y la Resolución N° 429-SSMAMB/05, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado mencionado en el visto, tramita la gestión tendiente a definir los pasos a seguir, a fin de cumplimentar lo establecido en el art. 4° del Decreto N° 993/05, en lo que hace a la evaluación, aprobación y seguimiento de las propuestas que la Corporación Buenos Aires Sur S.E., como Administradora del Parque Indoamericano, según lo dispuesto por el art. 1° del referido decreto, debe presentar ante esta Secretaría, para ejecutar el Plan de Modernización del mismo;

Que ello se realiza en razón de que la zona que comprende el Parque Indoamericano, ha sido declarada mediante Ley N° 1.582 en estado de emergencia ambiental, disponiéndose por la misma que con carácter urgente y prioritario, se realicen las obras para su remodelación y puesta en valor;

Que en tal sentido, cabe tener en cuenta que la Subsecretaría de Medio Ambiente, se ha expedido sobre la necesidad de realizar una remediación ambiental para dicha zona, siendo ella la encargada de proponer las políticas y planificar los proyectos en esta materia en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, razón por la que viene actuando junto con la Corporación Buenos Aires Sur S.E., para definir de manera participativa, los proyectos que lleven a delinear el plan maestro de la mencionada zona;

Que en ese proceso, se desarrollaron las Jornadas de Diagnóstico Participativo, de Diseño Participativo y las reuniones preparatorias de la Mesa de Trabajo y Consenso, acordando las mencionadas propuestas;

Que dichas jornadas, fueron públicas, amplias y plurales, y participaron más de doscientos (200) vecinos, representantes de más de setenta (70) ONGs de carácter social y comunitario, legisladores de la Ciudad, consejeros del Plan Urbano Ambiental, y otros funcionarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que las aludidas propuestas, incluyen el diseño paisajístico del Parque Indoamericano, con definición sobre los usos y zonificaciones, el Centro de Información y Formación Ambiental y el Paseo de los Derechos Humanos;

Que durante el proceso participativo desarrollado para el Parque Indoamericano, se ha conformado una Mesa de Trabajo y Consenso para su Plan de Manejo Futuro;

Que la Subsecretaría de Medio Ambiente, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, ha establecido mediante Resolución N° 429-SSMAMB/05, con carácter provisorio, el Sistema Participativo del Parque Indoamericano, en cuyo marco se deberán alcanzar los consensos necesarios para el diseño y establecimiento del Plan de Manejo del mencionado parque;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SECRETARIO DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

Artículo 1° - Encomiéndase a la Subsecretaría de Medio Ambiente, dependiente de la Secretaría de Producción, Turismo y Desarrollo Sustentable, la evaluación, aprobación y seguimiento de las propuestas que la Corporación Buenos Aires Sur S.E. debe presentar, de acuerdo con lo establecido en el art. 4° del Decreto N° 993 /05, para la ejecución del Plan de Modernización del Parque Indoamericano.

Artículo 2° - A los fines establecidos en el art. 1°, la Subsecretaría de Medio Ambiente, arbitrará los recaudos pertinentes, a fin de constituir los ámbitos y mecanismos de consulta necesarios, que aseguren la participación de los vecinos y otros actores involucrados en el momento de considerarse los proyectos en análisis, los que en el marco del Plan Maestro, deberán atender particularmente, su impacto en la actividad y condiciones ambientales del parque, así como los plazos de ejecución propuestos.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y a la Subsecretaría de Medio Ambiente. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Res. 696-SSMA-05 Cumplimenta lo establecido en el art. 4° del Dec. 993-05,