RESOLUCIÓN 18 2025 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL VALOR INMOBILIARIO DE REFERENCIA - VIR - INMUEBLES - EJERCICIO FISCAL 2025 - ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - VALUACIÓN FISCAL DE BIENES

Publicación:

17/01/2025

Sanción:

10/01/2025

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: El artículo 319 del Código Fiscal (t.o. 2024) con las modificaciones

introducidas por las Leyes Nros. 6.719 (BOCBA N° 6895), 6.721 (BOCBA N° 6895) y

6.805 (BOCBA N° 7027), la Resolución N° 435-AGIP/11 (BOCBA N° 3731) y sus

modificatorias Resoluciones Nros. 544-AGIP/11 (BOCBA N° 3752), 578-AGIP/11

(BOCBA N° 3763) y 587-AGIP/11 (BOCBA N° 3767) y el Expediente Electrónico N°

43.825.069/GCABA-DGR/2024, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo citado faculta a esta Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos a establecer un Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) para cada inmueble de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que refleje el valor económico por metro

cuadrado (m2) del mismo en el mercado comercial, a los fines de su aplicación a los

actos, contratos y operaciones gravables con el Impuesto de Sellos, cuando este valor

resulte mayor al monto consignado en la operación y/o a la valuación fiscal del bien

objeto del acto;

Que mediante la Resolución N° 435-AGIP/11 y sus modificatorias, se reglamentó el

procedimiento de aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia (VIR),

estableciéndose que el cálculo del mismo se basa en la valuación del terreno según su

ubicación geográfica (barrio, subzona barrial) y Distrito de zonificación del entonces

Código de Planeamiento Urbano, y del edificio según el valor comercial del metro

cuadrado (m2), del destino constructivo correspondiente, afectado por la depreciación;

Que asimismo, se fijaron las diversas variables que inciden en la determinación del

Valor Inmobiliario de Referencia, considerándose la superficie del terreno, superficie

cubierta y descubierta, estado general, antigüedad, categoría según la Ley Tarifaria,

estructuras, obras accesorias e instalaciones del bien, entre otras;

Que complementariamente, el Valor Inmobiliario de Referencia de cada partida

inmobiliaria se comunicará a los contribuyentes y/o responsables mediante su

incorporación en las boletas correspondientes al Impuesto Inmobiliario y a la Tasa

Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y

Conservación de Sumideros, en oportunidad de su emisión para el ejercicio fiscal

2025.

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 319 del Código

Fiscal vigente,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Especifícase el procedimiento operativo para la aplicación del Valor

Inmobiliario de Referencia para los inmuebles ubicados en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, para el ejercicio fiscal 2025, que reflejará el valor de dichos inmuebles

en el mercado comercial, de acuerdo a las pautas que conforman los Anexos I a V que

integran la presente Resolución.

Artículo 2°.- Instrúyese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la

Dirección General de Planificación y Control a fin de que incorpore el Valor Inmobiliario

de Referencia de cada partida inmobiliaria en las boletas correspondientes al Impuesto

Inmobiliario y a la Tasa Retributiva por la prestación de los Servicios de Alumbrado,

Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, en oportunidad de

su emisión para el ejercicio fiscal 2025.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Subdirección General de Empadronamiento

Inmobiliario de la Dirección General de Rentas y a la Subdirección General de

Sistemas de la Dirección General de Planificación y Control, ambas dependientes de

esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Cumplido, archívese.

ANEXO I IF-2025-03072706-GCABA-AGIP ANEXO II IF-2025-03072933-GCABA-

AGIP ANEXO III IF-2025-03073269-GCABA-AGIP ANEXO IV IF-2025-03073466-

GCABA-AGIP ANEXO V IF-2025-03073639-GCABA-AGIP. Krivocapich


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7040- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7040- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7040- ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7040- ANEXO IV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7040- ANEXO V

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 18-AGIP/25 especifica el procedimiento operativo para la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia para los inmuebles ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el ejercicio fiscal 2025, reglamentado por Resolución 435-AGIP/11.</p>