RESOLUCIÓN 93 2025 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
PRORROGA VENCIMIENTO - PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA - PAGO DEL PERÍODO 12/24 - CORRESPONDIENTE A LOS AGENTES DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO DE SELLOS - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Publicación:
21/01/2025
Sanción:
17/01/2025
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
VISTO: el Título III del Código Fiscal (t.o. 2024) y concordantes con años anteriores y
sus modificatorias Leyes Nros. 6.719 (BOCBA N° 6895), 6.721 (BOCBA N° 6895) y
6.805 (BOCBA N° 7027), la Resolución N° 14-AGIP/25 (BOCBA N° 7036), la
Resolución N° 54-DGR/2025 (BOCBA N° 7038) y el Expediente Electrónico N°
4.168.638/GCABA-DGANFA/25 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Título III del Código Fiscal vigente se regula el Impuesto de Sellos,
definiendo los diversos hechos imponibles, determinando los contribuyentes y/o
responsables, estableciendo las exenciones y fijando los lineamientos del pago;
Que asimismo, el artículo 359 del citado Código dispone que el Impuesto de Sellos se
abonará en la forma, condiciones y términos que establezca la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que complementariamente, el artículo 360 del mismo cuerpo legal designa a los
escribanos, las entidades financieras, las compañías de seguro y los encargados del
Registro Nacional de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios como agentes
de recaudación del Impuesto de Sellos, sin perjuicio de la facultad conferida a la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para designar a otros agentes de
recaudación;
Que el normal desenvolvimiento de los sistemas informáticos se ha visto afectado por
inconvenientes de carácter técnico vinculados con las Declaraciones Juradas y
depósitos correspondientes al período 12/2024 de los diversos Agentes de
Recaudación del Impuesto de Sellos, cuyo vencimiento original operaba el día 10 de
enero de 2025;
Que en virtud de ello, la Resolución N° 54-DGR/2025 dispuso la prórroga, hasta el día
17 de enero de 2025, del vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y
el pago del período 12/2024 correspondiente a los Agentes de Recaudación del
Impuesto de Sellos;
Que es propósito de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos mantener
una fluida relación con sus agentes que permita a ambos cumplir en tiempo y forma
con sus obligaciones;
Que deviene necesario extender la prórroga oportunamente establecida por la norma
precedentemente mencionada. Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el
inciso ñ) del artículo 1° de la Resolución N° 14-AGIP/2025,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 24 de enero de 2025, el vencimiento para la
presentación de la Declaración Jurada y el pago del período 12/2024 correspondiente
a los Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos, cuyo vencimiento original operó
el día 10 de enero de 2025.
Artículo 2°.- Si la fecha establecida en el artículo anterior resultara día no laborable
para la Administración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o entidades
bancarias, el vencimiento se producirá el día hábil siguiente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Subdirección General de Sistemas dependiente de la Dirección
General de Planificación y Control, al Banco de la Ciudad de Buenos Aires y a las
Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General
para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Morera