DECRETO 40 2025

Síntesis:

MODIFICA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - ORGANIGRAMA - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - OBJETIVOS Y ACCIONES - MINISTERIO DE SALUD - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - SUBSECRETARÍA - ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - ATENCIÓN HOSPITALARIA - ATENCIÓN PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA - PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - DIRECCIÓN GENERAL - ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS - ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO - RECURSOS FÍSICOS EN SALUD - ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES EN SALUD - LEGAL Y TÉCNICA - COMPETENCIAS SANITARIAS JURISDICCIONALES - HOSPITALES - SISTEMA DE ATENCIÓN MÉDICA DE EMERGENCIA - SAME - SALUD MENTAL - ATENCIÓN PRIMARIA - SALUD COMUNITARIA - COORDINACIÓN DE REDES Y FINANCIAMIENTO EN SALUD - SISTEMAS DE INFORMACIÓN SANITARIA - CULTURA ORGANIZACIONAL Y EXPERIENCIA CIUDADANA EN EL SISTEMA DE SALUD PÚBLICO - DOCENCIA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL - DIRECCIÓN HOSPITALES - ADJUNTA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - HOSPITALES - HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD MENTAL - FUERA DE NIVEL - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PARA EL ABORDAJE DE ADICCIONES - TRANSFORMACIÓN DIGITAL EN SALUD Y REGISTRO DE HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA -INSTITUTO DE TRASPLANTE DE LA CABA - LEY 3294 - FACTURACIÓN Y COBRANZA DE LOS EFECTORES PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO - FACOEP SE - LEY 5622

Publicación:

23/01/2025

Sanción:

22/01/2025

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley 6.684 (Texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y sus

modificatorios, y 387/23 y sus modificatorios, y 26/25, el Expediente 05126595-

GCABA-DGAYDRH/25, y

CONSIDERANDO:

Que la actual administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

tiene por objetivo desarrollar políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia

de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras

organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo;

Que dichas políticas se han enfocado en el desarrollo de un plan operativo estratégico

creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción de una nueva cultura

de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como en la

reorganización de las estructuras orgánico funcionales;

Que, por la Ley 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Salud;

Que, mediante el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el

nivel de Dirección General;

Que, por el Decreto 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el Régimen Gerencial para

la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto 26/25 se suprimió la Unidad de Proyectos Especiales Competencias

Sanitarias Jurisdiccionales;

Que en este sentido, se propicia readecuar las competencias del Ministerio de Salud;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar, a partir del 16 de enero de 2025, la estructura organizativa del

Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo

a lo establecido en los Anexos I (Organigrama) (IF-2025-05154198-GCABA-MSGC) y

II (Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones) (IF-2025-05158771-GCABA-

MSGC), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto,

modificando parcialmente el Decreto 387/23.

Artículo 2°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Salud, el Ministro de

Hacienda y Finanzas y el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones Generales

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Administración y Liquidación de Haberes y

Desarrollo del Servicio Civil, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Salud.

Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de Quirós - Arengo Piragine -

Sánchez Zinny


ANEXOS

ANEXO I -Organigrama

ANEXO II -Responsabilidades Primarias, Objetivos y Acciones

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>El articulo 1° del Decreto 40/2025 modifica, a partir del 16 de enero de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Salud.</p>