RESOLUCIÓN 2 2025 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

RECTIFICA - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 1-MJGGC/25 - ESTABLECE - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - JURISDICCIONES - PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2025 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2025 - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN (ASI) LEY N° 2.689 - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - JEFE DE GOBIERNO - MINISTERIO DE CULTURA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO SEGURIDAD - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN -SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - UNIDAD ASUNTOS POLÍTICOS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

30/01/2025

Sanción:

27/01/2025

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley 6.684 (Texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y

modificatorios, y 391/24, la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25, y el Expediente

04075847-GCABA-DGDSCIV/25, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y

el 31 de diciembre de 2024;

Que el artículo 11 estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y Finanzas y al

Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que correspondan;

Que por Decreto 391/24 se prorrogó el referido régimen por el período comprendido

entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025;

Que, en tal sentido, por Resolución Conjunta 1/MJGGC/25, el Ministro de Hacienda y

Finanzas y el Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignaron Unidades

Retributivas Extraordinarias a las distintas jurisdicciones por el período comprendido

entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2025;

Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones detalladas en el Anexo de la

Resolución antes referida;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión;

Que en consecuencia, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto 387/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Rectificar el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 1/MJGGC/25,

el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Establecer la cantidad

de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas a las jurisdicciones detalladas en

el Anexo (IF-2025-05252432-GCABA-DGDSCIV), que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente resolución, por el período comprendido entre el 1 de enero

de 2025 y el 31 de diciembre de 2025."

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a los Ministerios, Secretarías del Poder

Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7049

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la  Resolución Conjunta N° 2/MJGGC/25 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 1/MJGGC/25.</p>