RESOLUCIÓN 1 2025 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

ESTABLECE - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS  - ASIGNADAS A JURISDICCIONES - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Publicación:

23/01/2025

Sanción:

17/01/2025

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29 de diciembre de 2025.

VISTO: La Ley N° 6.684 (Texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y

modificatorios, y 391/24, y el Expediente Electrónico N° 03858914-GCABA-

DGDSCIV/25, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y

el 31 de diciembre de 2024;

Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y

Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la

cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que

correspondan;

Que por Decreto 391/24 se prorrogó el referido régimen por el período comprendido

entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo que asigne

la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas a las diferentes

jurisdicciones, por el período comprendido entre el 1° de enero de 2025 y el 31 de

diciembre de 2025.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto 387/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Establecer la cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias asignadas

a las jurisdicciones detalladas en el Anexo (IF-2025-03861655-GCABA-DGDSCIV),

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución, por el

período comprendido entre el 1° de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a los Ministerios, Secretarías del Poder

Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7044

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 42-MJGGC-25 sustituye a partir del 1° de diciembre de 2025, el Anexo identificado como<br />IF-2025-49782220-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 por el Anexo identificado como IF-2025- 53499322-GCABA-DGDSCIV.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/25 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 16/MJGGC/25, modificatoria de la Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 3-MJGGC-MHFGC/25 sustituye a partir del 1° de febrero de 2025, el Anexo identificado como IF-2025-05252432-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta 1-MJGGC-25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 16-MJG-MHYF/25 sustituye, a partir del 1° de mayo de 2025, el Anexo de la Resolución Conjunta 1-MJG-MHYF/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 32-MJGGC-25  sustituye a partir del 1° de agosto de 2025, el Anexo identificado como IF-2025-33998596-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 30-MJGGC-MHYFGC/25 rectificar el artículo 1 de la Resolución de Firma Conjunta 29/MJGGC/25, modificatoria de la Resolución 1-MJGGC-MHYFGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 15-MJGGC-MHFGC/25 sustituye, a partir del 1° de Abril de 2025, el anexo de la Resolución Conjunta 1-MJGGC-MHGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la  Resolución Conjunta N° 2/MJGGC/25 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 1/MJGGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 39-MJGGC- 25 sustituye, a partir del 1° de octubre de 2025, el Anexo de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 13/MJGGC/25 sustituye, a partir del 1° de Abril de 2025, el Anexo de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/MHGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la  Resolución Conjunta 29-MJGGC-MHFGC/25 sustituye, a partir del 1° de julio de 2025, el anexo de la Resolución Conjunta 1-MJGGC-MHFGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion Conjunta 10-MJGGC-25  rectifica el artículo 1° de la Resolución 5-MJGGC-25 (modificatoria de la Resolución 1-MJGGC-25)<br /> </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 5/MJGGC/25 sustituye a partir del 1° de marzo de 2025, el Anexo de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 por el Anexo identificado como IF-2025-12471255-GCABA-DGDSCIV.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución Conjunta N° 27/MJGGC/25 sustituye, a partir del 1° de junio de 2025, el Anexo de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/MHFGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 37/MJGGC/25 sustituye, a partir del 1° de septiembre de 2025, el Anexo de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 33/MJGGC/25 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 1/MJGGC.../2025.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion Conjunta 1 - MJGGC.-25 sustituye a partir del 1° de noviembre de 2025, el Anexo identificado como IF-2025-45893063-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 por el<br />Anexo identificado como IF-2025-49782220-GCABA-DGDSCIV.<br /> </p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4/MJGGC/25 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 3/MJGGC/25 modificatoria de la resolucion conjunta 1/MJGGC/25.</p>