RESOLUCIÓN 30 2025 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

RECTIFICA - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA 29-MJGGC-25 - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS  - ASIGNADAS A JURISDICCIONES - ORGANISMOS DE GOBIERNO - PODER EJECUTIVO - RETRIBUCIONES

Publicación:

22/08/2025

Sanción:

19/08/2025

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires -Aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/97- y la Ley 6.684 (Texto

consolidado por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y modificatorios, y 391/24, la

Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 y su modificatoria 29/MJGGC/25, y el Expediente

EX-2025-33996513-GCABA-DGDSCIV, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y

el 31 de diciembre de 2024;

Que el artículo 11 estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y Finanzas y al

Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que correspondan;

Que por Decreto 391/24 se prorrogó el referido régimen por el período comprendido

entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025;

Que en tal sentido, por Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 y su modificatoria

29/MJGGC/25, el Ministro de Hacienda y Finanzas y el Jefe de Gabinete de Ministros,

en forma conjunta, asignaron las Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas

jurisdicciones por el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de

2025;

Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones detalladas en el Anexo de la

Resolución 29/MJGGC/25;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión;

Que en consecuencia, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto 387/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Rectificar el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 29/MJGGC/25,

el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1° de julio de 2025, el Anexo identificado como IF-

2025-27223073-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 por el

Anexo identificado como IF-2025-33998596-GCABA-DGDSCIV."

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a los Ministerios, Secretarías del Poder

Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 30-MJGGC-MHYFGC/25 rectificar el artículo 1 de la Resolución de Firma Conjunta 29/MJGGC/25, modificatoria de la Resolución 1-MJGGC-MHYFGC/25.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución 30-MJGGC-MHYFGC/25 rectificar el artículo 1 de la Resolución de Firma Conjunta 29/MJGGC/25.</p>