RESOLUCIÓN 4 2025 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

RECTIFICA - RESOLUCIÓN DE FIRMA CONJUNTA N° 3-MJGGC/25 - ANEXO - JURISDICCIÓN - SECRETARÍA - UR - ASIGNACION UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN (ASI) LEY N° 2.689 - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - JEFE DE GOBIERNO - MINISTERIO DE CULTURA - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO SEGURIDAD - SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS - SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO - SECRETARÍA DE GOBIERNO Y VÍNCULO CIUDADANO - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL - SECRETARÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - UNIDAD ASUNTOS POLÍTICOS - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - PERÍODO A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO DE 2025

Publicación:

20/03/2025

Sanción:

17/03/2025

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires -Aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/97- y la Ley 6.684 (Textos

consolidados por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y modificatorios, y 391/24, la

Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 y su modificatoria 3/MJGGC/25, y el Expediente

11607465-GCABA-DGDSCIV/25, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2023 y

el 31 de diciembre de 2024;

Que el artículo 11 estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y Finanzas y al

Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que correspondan;

Que por Decreto 391/24 se prorrogó el referido régimen por el período comprendido

entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025;

Que en tal sentido, por Resolución de Firma Conjunta 1/MJGGC/25 y su modificatoria

3/MJGGC/25, el Ministro de Hacienda y Finanzas y el Jefe de Gabinete de Ministros,

en forma conjunta, asignaron las Unidades Retributivas Extraordinarias a las distintas

jurisdicciones por el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de

2025;

Que se incurrió en un error material en la asignación de la cantidad de Unidades

Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones detalladas en el Anexo de la

Resolución de Firma Conjunta 3/MJGGC/25;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires indica que en cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión;

Que en consecuencia, corresponde dictar el correspondiente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto 387/23,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Rectificar el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 3/MJGGC/25,

el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1° de febrero de 2025, el Anexo identificado como

IF-2025-05252432-GCABA-DGDSCIV de la Resolución Conjunta 1/MJGGC/25 por el

Anexo identificado como IF-2025-11608331-GCABA-DGDSCIV."

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comunicar a los Ministerios, Secretarías del Poder

Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de

Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Arengo Piragine - Sánchez Zinny


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7084(IF-2025-05252432-GCABA-DGDSCIV - Resolución Conjunta 1/MJGGC/25)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 7084(IF-2025-11608331-GCABA-DGDSCIV)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4/MJGGC/25 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 3/MJGGC/25 modificatoria de la resolucion conjunta 1/MJGGC/25.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 4/MJGGC/25 rectifica el artículo 1° de la Resolución de Firma Conjunta 3/MJGGC/25. </p>