RESOLUCIÓN 16 2025 ORGANO GARANTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION - LEY N° 104

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN164-OGDAI-2024 - APRUEBA LINEAMIENTOS -  PROCEDIMIENTO DE RECLAMO ANTE EL ÓRGANO GARANTE - DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

Publicación:

06/02/2025

Sanción:

31/01/2025

Organismo:

ORGANO GARANTE DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACION - LEY N° 104


VISTO: La Ley N°104 (t.c. Ley N° 6.764), los Decretos N° 260/17, 427/17, 13/18, 42/23

y 387/23, las Disposiciones N° 4/DGSOCAI/22, 6/DGSOCAI/2022, 7/DGSOCAI/2024 y

8/DGSOCAI/2024, las Resoluciones N° 113/OGDAI/18, 77/OGDAI/22, 86/OGDAI/22,

18/OGDAI/23, 19/OGDAI/23, 174/OGDAI/2023 y 100/OGDAI/2024, y el expediente

EX-2024-48455749-GCABA-OGDAI;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 104 de Acceso a la Información Pública consagra el derecho de toda

persona a solicitar y recibir información adecuada de los órganos de la Administración

Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre su actividad administrativa;

Que en su artículo 25, dicha norma encomendó al Poder Ejecutivo la designación de

un Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información cuya finalidad es velar por

el cumplimiento de dicha ley en el ámbito del Poder Ejecutivo;

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la mencionada Ley, son

funciones y atribuciones del Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información,

entre otras: supervisar de oficio el efectivo cumplimiento del derecho de acceso a la

información pública por parte de los sujetos obligados; recibir y resolver los reclamos

que ante él se interpongan; mediar entre los solicitantes de acceso a la información

pública y los sujetos obligados; e impulsar las sanciones administrativas pertinentes

ante las autoridades competentes en los casos de incumplimientos establecidos en la

Ley;

Que la mencionada Ley, en sus artículos 32 a 35, dispuso un procedimiento de

reclamos por denegatorias expresas o tácitas de información o por el incumplimiento

de las obligaciones de transparencia activa que tramitan ante este Órgano Garante;

Que en el marco de las mencionadas funciones y atribuciones corresponde a este

Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información establecer los lineamientos

del procedimiento de reclamo para garantizar el efectivo ejercicio del derecho de

acceso a la información pública;

Que, en este sentido, este Órgano Garante aprobó mediante Resolución N°

113/OGDAI/18 los Lineamientos para el procedimiento de reclamo ante el Órgano

Garante del Derecho de Acceso a la Información en el marco de los artículos 32 a 35

de la Ley N°104;

Que, por razones de eficiencia y eficacia sustentadas en aprendizajes previos, los

Lineamientos en cuestión fueron actualizados mediante Resoluciones N°

77/OGDAI/2022 del 18 de agosto de 2022; 19/OGDAI/2023 del 1 de marzo de 2023;

174/OGDAI/2023 del 27 de diciembre de 2023; y, finalmente, por Resolución N°

100/OGDAI/2024 del 20 de agosto de 2024, mediante la cual este Órgano Garante

dejó sin efecto la Resolución N° 174/OGDAI/2023 (artículo 1°) y aprobó los

Lineamientos para el procedimiento de reclamo ante el Órgano Garante del Derecho

de Acceso a la Información en el marco de los artículos 32 a 35 de la Ley N°104 (texto

consolidado por Ley N° 6.764), que como Anexo I (IF-2024-31368554-GCABA-OGDAI)

integran dicha Resolución (artículo 2°);

Que, asimismo, la Disposición N° 7/DGSOCAI/2024 incorporó al Anexo I (IF-2024-

40493098-GCABA-DGSOCAI) el procedimiento de subsanación de aquellas

solicitudes que contienen lenguaje ofensivo, insultos u otras expresiones agraviantes;

Que, debido a un error material en el artículo 8 y su referencia a la guarda temporal de

los Lineamientos para el procedimiento de reclamo ante el Órgano Garante del

Derecho de Acceso a la Información que como Anexo I (IF-2024-31368554-GCABA-

OGDAI) integra la Resolución N° 100/OGDAI/2024, este Órgano Garante se vio en la

necesidad de modificarlo con el objetivo de corregir y así obtener un mejor resultado

en la tramitación de dicho procedimiento;

Que, por su parte, con el objetivo de lograr una mayor eficiencia, eficacia y

transparencia en la celebración y tramitación de audiencias de mediación en los

términos del artículo 26 inciso d) de la Ley N° 104 (texto consolidado por Ley N°

6.764), este Órgano Garante consideró oportuno incorporar ciertas pautas básicas en

sus Lineamientos;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley N° 104 (texto

consolidado por Ley N° 6.764), este Órgano Garante incorporó a los supuestos de

finalización de los reclamos el de "rechazar", modificando los artículos 13 y

subsiguientes del Anexo I (IF-2024-31368554-GCABA-OGDAI) que integra la

Resolución N° 100/OGDAI/2024;

Que mediante Decreto 3/2025 publicado el día 6 de enero de 2025, el Jefe de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires modificó la denominación de la

Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información,

la que pasó a denominarse Dirección General Acceso a la Información y Gobierno

Abierto;

Que, por todo esto, corresponde dejar sin efecto la Resolución 164/OGDAI/2024 y

aprobar los nuevos Lineamientos para el procedimiento de reclamo ante el Órgano

Garante del Derecho de Acceso a la Información en el marco de los artículos 32 a 35

de la Ley N°104, con el objetivo de optimizar y actualizar dicho procedimiento;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA TITULAR

DEL ÓRGANO GARANTE

DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

RESUELVE

Artículo 1°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 164/OGDAI/2024.

Artículo 2°.- Apruébense los Lineamientos para el procedimiento de reclamo ante el

Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información en el marco de los artículos

32 a 35 de la Ley N°104 (texto consolidado por Ley N° 6.764), que como Anexo I (IF-

2025-06249307-GCABA-OGDAI) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Legal y

Técnica, a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y organismos con

rango o nivel equivalente, a los entes descentralizados del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General Acceso a la Información y

Gobierno Abierto, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a la

Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Andía


ANEXOS

El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7054

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2 de la Resolucion 16-OGDAI/25 aprueba los Lineamientos para el procedimiento de reclamo ante el Organo<br />Garante del Derecho de Acceso a la Información en el marco de los artículos 32 a 35 Ley 104.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 de la Resolucion 16 -OGDAI/25 deja sin efecto la Resolución 164-OGDAI/2024.</p>