RESOLUCIÓN 34 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

CONVALIDA - PARÁMETROS OPERATIVOS - ESTABLECIDOS - RESOLUCIÓN N° 2024-801-APN-MEC - SECRETARÍA DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN - LÍNEA N° 108 - SERVICIOS DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE CARACTER URBANO - JURISDICCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EMPRESA DE TRANSPORTES TENIENTE GENERAL ROCA SA - SECRETARIA DE TRANSPORTE 

Publicación:

12/02/2025

Sanción:

10/02/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: Las Leyes Nro. 2.148 y 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764),el Decreto

Nacional N° 830-APN-PTE/24, los Decretos Nros. 387/GCABA/23 y 44/GCABA/25 de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Resoluciones N° RESOL-2024-57-APN-

ST#MEC, RESOL-2024-801-APN-MEC, y RESOL-305/LCABA/24 de la Legislatura de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Expediente Electrónico Nro. EX-2025-

06982381- GCABA-SSPMSV, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 3 de septiembre del corriente año, se suscribió entre el Estado

Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Acta Acuerdo que tiene como

objeto la transferencia de las competencias, por parte del Estado Nacional a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de las líneas de colectivos que poseen recorrido

íntegramente dentro del territorio de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

correspondientes al Grupo Tarifario Distrito Federal, conforme se detalla en el ANEXO

de dicha Acta Acuerdo;

Que la transferencia implica el traspaso respecto a la regulación, control y fiscalización

del servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas: 4, 6, 7, 12, 23,

25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108,

109, 115, 118, 132, 151;

Que asimismo, corresponde a la Ciudad la fijación de las tarifas, compensaciones y/o

subsidios, la planificación, implementación y ejecución de los servicios, el

otorgamiento o renovación de los permisos de explotación, la determinación de los

recorridos, frecuencias, horarios, modalidades, parque móvil y cualquier otro

parámetro operativo que implique una modificación en la oferta del servicio;

Que la mentada Acta Acuerdo fue aprobada mediante la Resolución N° 305/2024 de la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la CLÁUSULA SEGUNDA del Acta Acuerdo reza que "LA CIUDAD podrá

modificar de forma unilateral los parámetros operativos vigentes";

Que por su parte, mediante el Decreto N° 830-APN-PTE/24 de fecha 13 de septiembre

de 2024 se estableció el nuevo marco regulatorio que regirá toda la prestación de

servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano

que se desarrolle en el ámbito de la Jurisdicción Nacional;

Que complementariamente, por Resolución N° 57-APN-ST#MEC-2024 de fecha 09 de

diciembre de 2024, se aprobaron las "NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS

DE JURISDICCIÓN NACIONAL DE CARÁCTER URBANO, SUBURBANO E

INTERJURISDICCIONAL", que como anexo (IF-2024-134142737-APN-SSTAU#MEC)

forma parte integrante de dicha resolución;

Que el mencionado anexo IF-2024-134142737-APN-SSTAU#MEC en su SECCIÓN I -

PARTE GENERAL TITULO I -ÁMBITO DE APLICACIÓN, dispone en su Artículo 1°,

que "Los servicios de transporte automotor de pasajeros de jurisdicción nacional de

carácter urbano, suburbano e interjurisdiccional, se regirán por las disposiciones de los

decretos 830 del 13 de septiembre de 2024, 883 del 4 de octubre de 2024, esta

reglamentación y las normas complementarias que se dicten al respecto";

Que dicho marco regulatorio establece que el ámbito de aplicación de los Servicios

Públicos y Servicios de Oferta Libre allí regulados, son aquellos que se realicen entre

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los partidos que conforman el Área

Metropolitana de Buenos Aires (...), quedando de esta forma excluidos los servicios

que se realicen dentro de la Ciudad;

Que en en fecha 28 de agosto del corriente año se publicó en el Boletín Oficial de la

República Argentina la Resolución N° 2024-801-APN-MEC de la Secretaría de

Transporte del Ministerio de Economía de la Nación, la cual tiene como objeto

actualizar los parámetros operativos de varias líneas de transporte público de

pasajeros por automotor, entre las cuales se encuentra actualización de los

parámetros operativos de la Línea N° 108;

Que la mentada Resolución a través de su anexo LIX (IF-2024-75162319-APN-

DNTAP#MTR), establece los nuevos parámetros operativos para la Línea N° 108, para

su Recorrido A: RETIRO (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES) - LINIERS

(CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES);

Que la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y Seguridad Vial dependiente de

esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia;

Que, por medio de la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al

Ministerio de Infraestructura;

Que posteriormente, por Decreto N° 387/GCABA/23 modificado en último término por

el Decreto N° 44/GCABA/25 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Secretaria de Transporte, bajo la órbita del referido Ministerio de

Infraestructura;

Que por el Decreto mencionado precedentemente se determinó, entre las funciones

asignadas a la Secretaría de Transporte, desempeñarse como Autoridad de Aplicación

del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

aprobado por Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.764);

Que en este sentido, la Secretaría de Transporte, dependiente del mencionado

Ministerio de Infraestructura, ha asumido las funciones en lo relativo a "Entender en la

regulación y control del transporte en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires", así como también, en todo lo atinente a "...Entender en la gestión e

implementación de medidas que apunten a la redefinición de la red de transporte

automotor de pasajeros, en concurrencia con las jurisdicciones que correspondan...",

entre otras;

Que consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo que convalide los

parámetros operativos establecidos mediante la Resolución N° 801/2024 de la

Secretaría de Transporte de la Nación, para la Línea N°108 para los Servicios de

Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano de Jurisdicción de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, operada por la firma EMPRESA DE

TRANSPORTES TENIENTE GENERAL ROCA S.A.;

Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por los Decretos Nros.

337/GCABA-20, 387/GCABA-23 y sus modificatorios;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convalidar los parámetros operativos establecidos por la Resolución

N° 2024-801-APN-MEC de la Secretaría de Transporte de la Nación, a través de su

anexo LIX (IF-2024-75162319-APN-DNTAP#MTR), para la Línea N° 108, para los

Servicios de Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano de

Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, operada por la firma EMPRESA

DE TRANSPORTES TENIENTE GENERAL ROCA S.A.

ARTÍCULO 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comunicar a la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Tránsito, a la

Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, a la Subsecretaría

de Gestión y Control de la Movilidad, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de

Economía de la Nación, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a la

empresa LINEA 108 EMPRESA DE TRANSPORTES TENIENTE GENERAL ROCA

S.A. y a las Cámaras de Transporte representativas del sector. Cumplido, archivar.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 34-SECT/25 convalida los parámetros operativos establecidos por la Resolución Nacional N° 801-MEC/24 para la Línea N° 108.</p>