RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO 3 2025 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
APRUEBA - INFORME - AUDIENCIA PÚBLICA - TRATAMIENTO DE LA MODIFICACIÓN DE LA TARIFA DEL SERVICIO PÚBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR CUYOS RECORRIDOS DISCURREN EXCLUSIVAMENTE DENTRO DE LOS LÍMITES TERRITORIALES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
18/02/2025
Sanción:
14/02/2025
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 6 y sus
modificatorias, el Acta Acuerdo CONJG-2024-5-GCABA-AJG, la Resolución
305/LCABA/24, el Decreto N° 403/24, el Acta de Directorio N° 884 del 14 de febrero de
2025, el Expediente N° EX-2024-00118744-UCOOR-EURSPCABA, y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creó el
Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y
legitimación procesal;
Que, el Ente ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios
públicos, cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o
descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de los
usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la
observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, el Art. 2° inc. a) de la Ley N° 210 entiende como servicio público a los efectos de
su aplicación al Servicio de Transporte Público de Pasajeros;
Que, el 26 de setiembre de 2024 por medio de la Resolución 305, la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó el Acta Acuerdo CONJG-2024-5-GCABA-
AJG, entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acordando la
transferencia de las competencias de regulación, control y fiscalización de las líneas
del Servicio Público de Transporte Automotor de Pasajeros con recorrido exclusivo en
el territorio de la Ciudad y además, la potestad de fijar unilateralmente las tarifas de
dicho servicio;
Que, mediante el Decreto N° 403/24, el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires dispuso el llamado a Audiencia Pública para dar tratamiento a la
modificación de la tarifa del servicio público de pasajeros por automotor cuyos
recorridos discurren exclusivamente dentro de los límites territoriales de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, la Audiencia Pública Temática fue celebrada el día 10 de febrero de 2025 a
través de la plataforma telemática Zoom App (acceso para oradores inscriptos) y la
plataforma Youtube - Canal Audiencias Públicas GCBA, garantizando un espacio físico
(Sede Comunal N°1, sita en las calles Humberto 1° 250) para que puedan asistir
presencialmente aquellos participantes debidamente inscriptos que no cuenten con
acceso a medios electrónicos, virtuales y/o telemáticos;
Que, la Audiencia Pública se llevó a cabo en el marco de lo previsto por la Ley N° 6 y
en la misma sus expositores expresaron su postura respecto del tratamiento de la
modificación de la tarifa de referencia;
Que, en su Reunión Ordinaria del 14 de febrero de 2025, el Directorio dispuso aprobar
el Informe referido a la Audiencia Publica en cuestión;
Que, la Unidad Legal y Técnica tomó la intervención de su competencia.
Por ello,
Artículo 1°. - Apruébese el informe sobre la Audiencia Pública Temática celebrada el
10 de febrero de 2025, respecto al "Tratamiento de la modificación de la tarifa del
servicio público de pasajeros por automotor cuyos recorridos discurren exclusivamente
dentro de los límites territoriales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que como
Anexo forma parte de la presente.
Artículo 2°. - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires. Comuníquese a la Unidad de Coordinación. Cumplido, archívese. Fait - Grippo
- Liaño - Michielotto - Pafundi