ACORDADA 2 2025 TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
AGRUPACIONES POLÍTICAS - PETICIONES Y SOLICITUDES AL TRIBUNAL ELECTORAL - VÍA DEL SISTEMA EJE - PARA LA CIUDADANÍA - FORMULARIO PARA CONSULTAS Y RECLAMOS - DOMICILIO ELECTRÓNICO - APRUEBA REQUISITOS DE SEGURIDAD INFORMÁTICA - NOMINA DE PARTIDOS POLÍTICOS CON RECONOCIMIENTO DEFINITIVO
Publicación:
19/02/2025
Sanción:
12/02/2025
Organismo:
TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 12 días del mes de febrero del año dos mil
veinticinco, se reúne en Acuerdo el Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, integrado por el señor Juez Dr. Roberto Carlos Requejo en carácter de
Presidente, la señora Jueza Dra. Romina Tesone y el señor Juez Dr. Rodolfo Ariza
Clerici. Abierto el acto,
CONSIDERAN:
1. Que, mediante el decreto 401/GCBA/2024, publicado el 27 de diciembre de 2024
(BOCABA 7027), el Jefe de Gobierno convocó al electorado de la Ciudad de Buenos
Aires para la elección de treinta (30) Diputados/as titulares y sus respectivos
suplentes.
2. Que, en atención a lo dispuesto en la Resolución CMCABA 42/2017 y de
conformidad con lo establecido en las acordadas 1/2023 y 1/2024, corresponde
recordar a las agrupaciones políticas y demás personas interesadas que resulta
obligatorio el uso del Sistema de Gestión de Expediente Judicial Electrónico (EJE)
para efectuar todas las peticiones y solicitudes dirigidas a este Tribunal. Para ello,
deberán registrar un usuario en dicho sistema.
Por lo demás, en caso de consultas y reclamos de la ciudadanía, se hace saber que
se encuentra habilitado un formulario en el sitio web oficial del Tribunal Electoral:
https://electoralcaba.gob.ar/formulario.
A su vez, las Agrupaciones Políticas que participen en el proceso electoral de 2025
deberán constituir domicilio electrónico ante este Tribunal y presentar la siguiente
documentación a través del sistema EJE:
a) Cartas orgánicas actualizadas con certificación expedida por la Secretaría Electoral
del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 y;
b) Copia certificada de las actas de designación de autoridades partidarias y
apoderados/as vigentes.
Para facilitar este trámite, se encuentra disponible en la página web del Tribunal
Electoral el manual del usuario del sistema EJE, además de los canales para
consultas y asistencia de la Oficina de Defensa del Litigante (teléfono de contacto
+5411 4008 0216 o +5411 4008 0272 - odl@jusbaires.gob.ar) y de la Mesa de Ayuda
de informática del CMCABA (teléfono 4008-0300).
3. Que el artículo 85 del CE establece que todas las notificaciones de los actos
emanados de las Juntas Electorales de las Agrupaciones Políticas pueden hacerse,
indistintamente, en forma personal, por acta notarial, por telegrama con copia
certificada y aviso de entrega, por carta documento con aviso de entrega, por correo
electrónico o por publicación en el sitio web de la agrupación política. La misma
disposición establece que el Tribunal Electoral debe fijar los requisitos de seguridad
necesarios para garantizar el carácter fehaciente, cierto e inmodificable de los
contenidos que se publican en el sitio web de la agrupación política, a fin de evitar que
los mismos sean adulterados.
En tal marco, corresponde aprobar los requisitos de seguridad establecidos por la
Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que se incorporan a la presente como Anexo I: "Requisitos
de seguridad informática para las Agrupaciones políticas".
4. Que, adicionalmente, corresponde publicar la nómina de Partidos Políticos con
reconocimiento definitivo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informada por el
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1, con competencia
electoral en el Distrito Capital que como Anexo II integra la presente.
Por ello,
1. Recordar a las Agrupaciones Políticas que todas las peticiones y solicitudes
dirigidas al Tribunal Electoral deberán presentarse por vía del sistema EJE, mediante
el uso de los usuarios que registren las personas interesadas; y hacer saber a la
ciudadanía que se encuentra disponible un formulario para consultas y reclamos en el
sitio web oficial del Tribunal Electoral: https://electoralcaba.gob.ar/formulario.
2. Requerir a las Agrupaciones Políticas la constitución de domicilio electrónico ante
este Tribunal Electoral y la presentación de la documentación detallada en el
considerando 2 a través del sistema EJE.
3. Aprobar los requisitos de seguridad informática establecidos en el Anexo I,
conforme al considerando 3.
4. Publicar la nómina de partidos políticos con reconocimiento definitivo en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, informada por la Justicia Federal Electoral del distrito que
como Anexo II integra esta acordada.
Mandar que se registre, se ponga en conocimiento del Jefe de Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, del Instituto de Gestión Electoral, de la Legislatura de la Ciudad de
Buenos Aires, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, del
Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires, del Ministerio Público Fiscal,
del Ministerio Público de la Defensa, del Ministerio Público Tutelar, de la Cámara de
Apelaciones del fuero Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, de la
Auditoría General de la Ciudad, y del Juzgado Nacional Criminal y Correccional
Federal n° 1 con competencia electoral, mediante el libramiento de los oficios
correspondientes, se notifique por cédula a los partidos políticos detallados en el
Anexo II y se publique en el sitio web electoral del Tribunal Electoral y por un día en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Requejo - Tesone - Ariza Clerici