DISPOSICIÓN 8 2025 DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION

Síntesis:

LLAMA A CONCURSO - PROYECTOS INSTITUCIONALES - PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - LINEAMIENTO DE INTERVENCIÓN AUTOCONOCIMIENTO AUTOCUIDADO Y ENTRENAMIENTO PARA LA INCLUSIÓN - PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS INSTITUCIONALES - DOCUMENTACIÓN - ORGANIZACIONES - DEBERÁ EFECTUARSE ENTRE LOS DÍAS 19 DE FEBRERO DEL 2025 AL 26 DE FEBRERO DEL 2025 INCLUSIVE - TRAMITACIÓN A DISTANCIA - TAD - CONSULTAS - CORREO ELECTRÓNICO OFICIAL REDESPORLAINCLUSION@BUENOSAIRES.GOB.AR - FIJA PLAZO DE EJECUCIÓN

Publicación:

20/02/2025

Sanción:

18/02/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL AUTONOMIA Y REVINCULACION


VISTO: el Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023, el Decreto N° 363/GCABA/AJG/2024,

Decreto N° 429/13, la Resolución N° 395-MDHYHGC/22, y la Resolución N° 284-

GCABA-SSISAI/2024 y;

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 387/GCABA/AJG/2023 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, contemplando a la Dirección General de Autonomía y Revinculación,

dentro de la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat estableciendo entre sus responsabilidades primarias la

de "Planificar, implementar y monitorear programas de asistencia, apoyo económico,

derivación y orientación a familias y personas en situación de vulnerabilidad,

residentes en el ámbito de la ciudad autónoma de buenos aires, Implementar un

esquema integral de seguimiento de las familias beneficiarias de los programas

sociales e implementar acciones para promover la efectiva reinserción de la persona a

través del deporte, mentorías, capacitaciones y actividades culturales de inclusión, en

coordinación con las áreas competentes, Generar y fortalecer redes comunitarias de

contención y promoción social en pos de reintegrar a la persona y familia al tejido

social, Diseñar nuevas estrategias de inclusión social y proponer políticas públicas

basadas en la evidencia de datos...", entre otras;

Que, por Decreto N° 363-GCABA-AJG/24 Maria Belén Blasco, fue designada - a partir

del 1 de noviembre de 2024 - como Directora General de la Dirección General de

Autonomía y Revinculación, dependiente de la Subsecretaría de Inclusión Social y

Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que, en el artículo 2 del Decreto N° 429/13, se implementó el módulo "Tramitación a

Distancia" TAD-, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-,

como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos,

notificaciones y comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de

Tramitación a Distancia;

Que, por la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 se creó el Programa de gestión "Redes

por la Inclusión" siendo la Subsecretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata, o la

que a futuro reemplace la Autoridad de Aplicación del Programa, que se aprobaron los

Lineamientos Generales del Programa detallados en el IF-2022-24968005-GCABA-

DGDEIS, el texto modelo de Convenio de colaboración y gestión asociada a

celebrarse con Organizaciones de la Sociedad Civil (IF-2022-24968301-GCABA-

DGDEIS), el texto modelo de Proyecto Institucional (IF-2022-24968618-GCABA-

DGDEIS) y el texto modelo de Nota y Declaración Jurada (IF-2022-24968840-GCABA-

DGDEIS), todo ello en el marco del Programa y que como Anexos I, II, III y IV,

respectivamente forman parte de la mencionada Resolución;

Que, de conformidad con sus Lineamientos Generales (Anexo I - IF-2022-24968005-

GCABA-DGDEIS), el Programa "Redes por la inclusión" brinda asistencia a través de

la ejecución de acciones formativas, acompañamiento, contención, seguimiento y

promoción social tendientes a la inclusión sociocultural y económica que permita

fortalecer el proyecto de vida de personas y familias en situación de vulnerabilidad

social y su reinserción al tejido social, ello así desarrollando e implementando la

Dirección General de Autonomía y Revinculación acciones directas, en coordinación

con áreas competentes y/o en gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad

Civil que mantengan igual criterio de protección integral de derechos sociales de las

personas en situación de vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por

las Leyes N° 3.706 y 4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos

17 y 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás requisitos

establecidos por los Lineamientos;

Que, asimismo, por artículo 3° de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 la titular del

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat faculta a la Subscretaría de Inclusión Social

y Atención Inmediata a suscribir los convenios a celebrarse con las Organizaciones de

la Sociedad Civil conforme los Anexos aprobados en el artículo 2°, a dictar las normas

reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e interpretativas, como así

también a aprobar todo otro instrumento que requiera la implementación del Programa

de gestión "Redes por la Inclusión";

Que, en virtud de ello, por Resolución N° 184-SECISYAI/22 la Subsecretaría de

Inclusión Social y Atención Inmediata encomendó a la Dirección General de

Autonomía y Revinculación, por un lado, los llamados a las convocatorias de

proyectos, la creación y designación de los integrantes de la Comisión Evaluadora y la

selección de los proyectos más convenientes en el marco de los Lineamientos

Generales del Programa "Redes por la inclusión" y, por el otro, su publicación en el

sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, estableciendo un tiempo

prudencial entre el llamado y la presentación de los proyectos, el cual no podrá ser

menor a un (1) día de publicación con tres (3) de anticipación;

Que, por Resolución N° 284-GCABA-SISSAI/2024 se designó a los miembros de la

Comisión Evaluadora y se habilito el correo electrónico oficial

redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas de

conformidad con la normativa del Programa, y se delegó la supervisión de los

procedimientos en los concursos según los Lineamientos del Programa "Redes por la

inclusión" en la Gerencia Operativa de Estrategias de Acompañamiento y Desarrollo

dependiente de la Dirección General de Autonomía y Revinculación;

Que, se entiende oportuno disponer el llamado al Concurso de Proyectos

Institucionales del Programa Redes por la Inclusión Lineamientos de intervención:

"Autoconocimiento, autocuidado y entrenamiento para la inclusión" (ap.7.1 del Anexo

de la Resolución N° 395- MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de los

proyectos institucionales deberá efectuarse entre los días 19 de febrero del 2025 al 26

de febrero del 2025 inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la

Resolución N° 395- MDHYHGC/22;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

LA DIRECTORA GENERAL

DE AUTONOMÍA Y REVINCULACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Llámese a Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes por

la Inclusión Lineamiento de intervención: "Autoconocimiento, autocuidado y

entrenamiento para la inclusión" (ap.7.1 del Anexo de la Resolución N° 395-

MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de los proyectos institucionales,

conjuntamente con la documentación pertinente, por parte de las Organizaciones,

deberá efectuarse entre los días 19 de febrero del 2025 al 26 de febrero del 2025

inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la Resolución N° 395-

MDHYHGC/22, el concurso se llevará a cabo mediante el módulo "Tramitación a

Distancia" TAD conforme artículo 2 del Decreto N° 429/13, dejando habilitado para

consultas el correo electrónico oficial redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar

aprobado por Resolución N° 284-GCABA-SISSAI/2024.

Artículo 2°.- Fíjase un plazo máximo de cuatro (4) meses de ejecución de los

proyectos institucionales a presentar y publíquese el presente llamado en el sitio web

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, durante siete (7) días

corridos, a partir del 18 de febrero de 2025.

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la

partida correspondiente del presupuesto vigente.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Blasco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 8/DGAYR/25 llama a Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes por la Inclusión– Lineamiento de intervención: Autoconocimiento, autocuidado y entrenamiento para la inclusión (ap.7.1 del Anexo de la Resolución N° 395- MDHYHGC/22).</p>