RESOLUCIÓN 44 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

CONVALIDA PARÁMETROS OPERATIVOS - ESTABLECIDOS POR RESOLUCIÓN 5 -APN-ST#MEC - 2025 -  LÍNEA 151 - SERVICIOS DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE CARÁCTER URBANO - JURISDICCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FIRMA MODO SOCIEDAD ANÓNIMA DETRANSPORTE AUTOMOTOR - SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA NACION 

Publicación:

26/02/2025

Sanción:

18/02/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: Las Leyes 2.148 y 6.684 (texto consolidado por la Ley 6.764), el Decreto

Nacional 830-APN-PTE/24, los Decretos 387/GCABA/23 y 44/GCABA/25, las

Resoluciones RESOL-2024-57-APN-ST#MEC y RESOL-2025-5-APN-ST#MEC, y

RESOL-305/LCABA/24 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

Expediente Nro. EX-2025-8328851-GCABA-SECT, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 3 de septiembre del corriente año, se suscribió entre el Estado

Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Acta Acuerdo que tiene como

objeto la transferencia de las competencias, por parte del Estado Nacional a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de las líneas de colectivos que poseen recorrido

íntegramente dentro del territorio de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

correspondientes al Grupo Tarifario Distrito Federal, conforme se detalla en el ANEXO

de dicha Acta Acuerdo;

Que la transferencia implica el traspaso respecto a la regulación, control y fiscalización

del servicio público de transporte automotor de pasajeros de las líneas: 4, 6, 7, 12, 23,

25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 64, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108,

109, 115, 118, 132, 151;

Que asimismo, corresponde a la Ciudad la fijación de las tarifas, compensaciones y/o

subsidios, la planificación, implementación y ejecución de los servicios, el

otorgamiento o renovación de los permisos de explotación, la determinación de los

recorridos, frecuencias, horarios, modalidades, parque móvil y cualquier otro

parámetro operativo que implique una modificación en la oferta del servicio;

Que la mentada Acta Acuerdo fue aprobada mediante la Resolución Nro. 305/2024 de

la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la CLÁUSULA SEGUNDA del Acta Acuerdo reza que "LA CIUDAD podrá

modificar de forma unilateral los parámetros operativos vigentes";

Que a su turno, la CLÁUSULA CUARTA in fine de la mencionada Acta Acuerdo

establece que "Durante el período de transición de la transferencia de competencias

aquí acordadas, cualquier decisión de regulación, control o fiscalización será adoptada

de común acuerdo entre las autoridades competentes de LA NACIÓN y de LA

CIUDAD";

Que por su parte, mediante el Decreto N° 830-APN-PTE/24 de fecha 13 de septiembre

de 2024 se estableció el nuevo marco regulatorio que regirá toda la prestación de

servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano

que se desarrolle en el ámbito de la Jurisdicción Nacional;

Que dicho marco regulatorio establece que el ámbito de aplicación de los Servicios

Públicos y Servicios de Oferta Libre allí regulados, son aquellos que se realicen entre

la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los partidos que conforman el Área

Metropolitana de Buenos Aires (...), quedando de esta forma excluidos los servicios

que se realicen dentro de la Ciudad;

Que el artículo 32 in fine del mentado Decreto N° 830-APN-PTE/24 dispone que las

empresas de transporte que se encuentren prestando servicios públicos urbanos que

inicien y finalicen sus recorridos en el ámbito territorial de la Ciudad podrán continuar

operando de conformidad con los permisos otorgados oportunamente por el Estado

Nacional hasta que la misma determine los distintos aspectos de su regulación;

Que en fecha 13 de febrero del corriente año se publicó en el Boletín Oficial de la

República Argentina la Resolución Nro. 5/2025 de la Secretaría de Transporte del

Ministerio de Economía de la Nación, la cual modifica los parámetros operativos de la

Línea Nro.151;

Que la Resolución N° RESOL-2025-5-APN-ST#MEC de la Secretaría de Transporte

de la Nación establece los nuevos parámetros operativos para la Línea Nro. 151 de

,Servicios Públicos de Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano y

Suburbano de Jurisdicción Nacional que consisten en la creación de un nuevo

recorrido fraccionado denominado Recorrido B desde la cabecera de PREDIO DE

REGULACIÓN ÁREA PLAZA CONSTITUCIÓN (CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS

AIRES) CONCEPCIÓN ARENAL Y ÁLVAREZ THOMAS (CIUDAD AUTÓNOMA DE

BUENOS AIRES), junto con variación de parque móvil y frecuencias;

Que la Dirección General de Transporte Colectivo de Pasajeros dependiente de la

Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y Seguridad Vial, se ha expedido en el

marco de sus competencias a través del Informe N° IF-2025-08341873-GCABA-

DGTCP;

Que la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y Seguridad Vial dependiente de

esta Secretaría de Transporte ha tomado la intervención de su competencia,

compartiendo el criterio expuesto por la mentada Dirección General;

Que, por medio de la Ley N° 6.684, se sancionó la Ley de Ministerios de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al

Ministerio de Infraestructura;

Que posteriormente, por Decreto N° 387/GCABA/23 modificado en último término por

el Decreto N° 44/GCABA/25 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Secretaria de Transporte, bajo la órbita del referido Ministerio de

Infraestructura;

Que por el Decreto mencionado precedentemente se determinó, entre las funciones

asignadas a la Secretaría de Transporte, desempeñarse como Autoridad de Aplicación

del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

aprobado por Ley N° 2.148 (texto consolidado por Ley N° 6.764);

Que en este sentido, la Secretaría de Transporte, dependiente del mencionado

Ministerio de Infraestructura, ha asumido las funciones en lo relativo a "Entender en la

regulación y control del transporte en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires", así como también, en todo lo atinente a "...Entender en la gestión e

implementación de medidas que apunten a la redefinición de la red de transporte

automotor de pasajeros, en concurrencia con las jurisdicciones que correspondan...",

entre otras;

Que consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo que convalide los

parámetros operativos establecidos para la Línea 151 para los Servicios de Transporte

por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano de Jurisdicción de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, operada por la firma M.O.D.O. Sociedad Anónima de

Transporte Automotor (CUIT 30-54577578-2) mediante la Resolución N° RESOL-

2025-5-APN-ST#MEC;

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los Decretos Nros.

337/GCABA-20, 387/GCABA-23 y sus modificatorios;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convalidar los parámetros operativos establecidos por la Resolución

Nro. RESOL-2025-5-APN-ST#MEC de la Línea 151 para los Servicios de Transporte

por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano de Jurisdicción de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, operada por la firma M.O.D.O. Sociedad Anónima de

Transporte Automotor (CUIT 30-54577578-2).

ARTÍCULO 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comunicar a la Dirección General del Cuerpo de Agentes de Tránsito, a la

Subsecretaría de Planificación de la Movilidad y Seguridad Vial, a la Subsecretaría de

Gestión y Control de la Movilidad, a la Secretaría de Transporte del Ministerio de

Economía de la Nación, a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a la

empresa M.O.D.O. Sociedad Anónima de Transporte Automotor y a las Cámaras de

Transporte representativas del sector. Cumplido, archivar. Krantzer

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Articulo 1° de la Resolucion 44-SECT-25 convalida los parámetros operativos establecidos por la Resolución<br />Nro. RESOL-2025-5-APN-ST#MEC de la Línea 151 para los Servicios de Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano de Jurisdicción de la Ciudad<br />Autónoma de Buenos Aires</p>
RATIFICA
<p>Articulo 1° de la Resolucion 44-SECT-25 convalida los parámetros operativos establecidos por la Resolución<br />Nro. RESOL-2025-5-APN-ST#MEC de la Línea 151 para los Servicios de Transporte por Automotor de Pasajeros de Carácter Urbano de Jurisdicción de la Ciudad<br />Autónoma de Buenos Aires</p>