RESOLUCIÓN 208 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N° 1673-MHFGC- 24 - ESTABLECE - A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO DE 2025 - ASIGNACIONES MENSUALES REMUNERATIVAS Y ASIGNACIONES MENSUALES NO REMUNERATIVAS - CUERPO DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES - PROGRAMA DE ESPECIALISTAS PROFESIONALES - PEP - MINISTERO - HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
26/02/2025
Sanción:
24/02/2025
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley 471 (texto consolidado por la Ley 6.764), el Decreto 289/24, la
Resolución Firma Conjunta 1673-MHFGC/24, el Expediente 08616101-GCABA-
DGPLYCO/25, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 289/24 creó el "Programa de Especialistas Profesionales" (PEP) del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo fomentar y
acompañar el desarrollo de profesionales especializados y expertos, en los ejes
principales y específicos que están a cargo de las distintas áreas, según un modelo de
gestión basado en una Administración Pública integral, moderna y eficiente;
Que el artículo 3° del citado decreto creó el "Cuerpo de Especialistas Profesionales",
en el marco de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley 471, destinado al programa
mencionado, a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2025,
de conformidad con los parámetros establecidos en su Anexo;
Que en el mencionado Anexo del Decreto 289/24 se establecieron, entre otros, la
remuneración bruta mensual correspondientes a los niveles A, B, C y D;
Que mediante Resolución Firma Conjunta 1673-MHFGC/24 se dispusieron como
Anexo I, a partir del 1° de diciembre 2024, las asignaciones mensuales remunerativas
y las asignaciones mensuales no remunerativas correspondientes al referido cuerpo;
Que, en este marco, se estima conveniente actualizar las asignaciones previstas para
dicho régimen en todos sus niveles;
Que asimismo, se estima necesario facultar al titular de la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas o el organismo que en un
futuro lo reemplace con el fin de que fije las actualizaciones de los montos de las
asignaciones mensuales remunerativas y las asignaciones mensuales no
remunerativas correspondientes al "Cuerpo de Especialistas Profesionales" del
"Programa de Especialistas Profesionales" (PEP);
Que mediante el artículo 7° del Decreto 289/24 se encomendó en forma conjunta a los
titulares de la Jefatura de Gabinete de Ministros y del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, la renovación y modificación del cuerpo creado por el citado Decreto.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 289/24,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Firma Conjunta 1673-MHFGC/24.
Artículo 2°. - Establecer, a partir del 1° de febrero de 2025, las asignaciones
mensuales remunerativas y las asignaciones mensuales no remunerativas
correspondientes al "Cuerpo de Especialistas Profesionales" del "Programa de
Especialistas Profesionales" (PEP) creado por el Decreto 289/24, conforme se detalla
en el Anexo I (IF-2025-08723801-GCABA-SSGRH), el cual, forma parte integrante de
la presente resolución.
Artículo 3°.- Facultar al titular de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
del Ministerio de Hacienda y Finanzas, o el organismo que en un futuro lo reemplace,
a fijar el valor de las actualizaciones de los montos de las asignaciones mensuales
remunerativas y las asignaciones mensuales no remunerativas correspondientes al
"Cuerpo de Especialistas Profesionales" del "Programa de Especialistas Profesionales"
(PEP).
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comunicar a las Direcciones Generales Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y
Liquidación de Haberes, y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Sánchez Zinny - Arengo
Piragine
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7070