RESOLUCIÓN 210 2025 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA IMPLEMENTACIÓN - PLAN DE ESTUDIOS - NUEVA ESCUELA SECUNDARIA BACHILLERATO EN ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN - ALTERNATIVA B - NUEVA ESCUELA SECUNDARIA BACHILLERATO EN INFORMÁTICA - ALTERNATIVA A - CERTIFICACION JURISDICCIONAL EN INTENSIFICACION EN LENGUA ADICIONAL INGLES - ESCUELA DE COMERCIO N° 31 DEL DISTRITO ESCOLAR 9 NACIONES UNIDAS - MINISTERIO DE EDUCACION
Publicación:
28/02/2025
Sanción:
26/02/2025
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional
26206 y sus modificatorias, las Leyes 33, 898 y 6684 (textos consolidados por Ley
6764), el Decreto 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones del Consejo Federal
de Educación 84/09 y 93/09, las Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias
1189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15, 2427-MEGC/15 y su modificatoria 1792-MEGC/16,
1597-MEGC/15, 105-SSPLINED/16, 1602-GCABA-MEDGC/24, 2339-GCABA-
MEDGC/24, 18771-GCABA-SSPIE/24 19090-GCABA-SSPIE/24, el Expediente
Electrónico 8028268-GCABA-DGEGE/25, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley Nacional 26206 y sus modificatorias, establece en su artículo 4° la
responsabilidad principal e indelegable del Estado Nacional y de las jurisdicciones
locales de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos los
habitantes de la Nación;
Que por Resolución del Consejo Federal de Educación 84/09 se aprobó el Documento
"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria" que
estableció la revisión y/o producción de nuevas regulaciones federales que generen
las condiciones para la renovación de las propuestas formativas, reorganización
institucional y estrategias pedagógicas para la escolarización y sostenimiento de la
trayectoria escolar de los alumnos;
Que mediante la Resolución 93/09 del Consejo Federal de Educación se aprobó el
documento "Orientaciones para la Organización Pedagógica e Institucional de la
Educación Secundaria Obligatoria", definiendo las condiciones de organización
pedagógica e institucionales que las jurisdicciones deben promover en los
establecimientos educativos de nivel secundario;
Que la Ley 33 (texto consolidado por Ley 6764) dispone que todo nuevo plan de
estudios o cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de
los planes de estudio vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel,
modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, deberán estar sujetos a la aprobación del Ministerio de
Educación, mediante el dictado de Resolución fundada para cada caso concreto;
Que a través de la Ley 898 (texto consolidado por Ley 6764), se estableció la
obligatoriedad de la Escuela Secundaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) establece que el Jefe de Gobierno
es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada norma le corresponde al Ministerio de Educación
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social";
Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Ministerio de Educación, contemplándose a la Subsecretaría
Planeamiento e Innovación Educativa y la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje;
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, tiene entre sus
responsabilidades primarias la de planificar, diseñar y promover procesos de mejora
continua de las políticas y programas educativos para todos los niveles y modalidades
de la educación formal y no formal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como
también, diseñar y promover políticas educativas para optimizar las condiciones
pedagógicas de enseñanza y aprendizaje y mejorar la calidad educativa;
Que la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje tiene dentro de sus responsabilidades la
de diseñar, promover, implementar y supervisar las políticas y programas educativos
para contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad, como también,
diseñar, promover y supervisar las políticas a efectos de la optimización de las
condiciones pedagógicas de enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad
educativa;
Que por la Resolución 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-
MEGC/15, se aprobaron el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para los Ciclos
Básico y Orientado para la Formación General y Específica de la Nueva Escuela
Secundaria, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Resolución 2427-MEGC/15 y su modificatoria 1792-MEGC/16 establecen las
condiciones para la adecuación de la estructura curricular de la Nueva Escuela
Secundaria en los establecimientos educativos en los que la misma vaya a
implementarse;
Que por Resolución 1597-MEGC/15 se aprobaron las modalidades del trayecto
formativo en Lenguas Adicionales, las cuales incluyen: a) Educación Bilingüe, b)
Intensificación en Lengua Adicional, c) Especialización en Lengua y Cultura y d)
Complementaria con Competencias en una o más Lenguas Adicionales;
Que la mentada resolución establece asimismo las condiciones para acreditar dichos
trayectos, creándose a todos los efectos la certificación con validez jurisdiccional para
cada una de las modalidades para quienes aprueben los saberes y competencias en la
modalidad respectiva;
Que mediante la Resolución 1602-GCABA-MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico
"Buenos Aires Aprende", el que tiene por finalidad la mejora de los aprendizajes para
niñas, niños, adolescentes y adultos en un ambiente que promueva el bienestar
integral de quienes conforman la comunidad educativa, por lo que se requiere para su
implementación, la colaboración y el trabajo articulado de la comunidad educativa en
su conjunto;
Que, en el marco del mencionado Plan Estratégico, se aprobó la política educativa
"Secundaria Aprende" por Resolución 2339-GCABA-MEDGC/24 con el fin de
promover formatos y prácticas que fortalezcan el vínculo de los establecimientos
educativos con las situaciones de vida de los estudiantes, y que reconfiguren el uso
del tiempo y espacio escolar, ampliando las estrategias de enseñanza, para lograr el
acceso a saberes significativos y el desarrollo de capacidades;
Que, de esta manera, cada establecimiento podrá establecer el modo en que organiza
los contenidos nodales y/o de profundización de los Diseños Curriculares vigentes que
cobren sentido para los procesos de aprendizaje de los y las estudiantes y el perfil de
los egresados;
Que, en consecuencia, por Resolución 19090-GCABA-SSPIE/24 se aprobó el listado
de establecimientos educativos de gestión estatal y privada que implementará la
política educativa "Secundaria Aprende" en el ciclo lectivo 2025, contemplándose a la
Escuela de Comercio N° 31 del Distrito Escolar 9° "Naciones Unidas";
Que dicho establecimiento implementa en la actualidad el "Bachillerato en Economía y
Administración" Alternativa "B" y el "Bachillerato en Informática" - Alternativa "A" de
conformidad con lo establecido por la Resolución 105-SSPLINED/16;
Que por la Resolución 18771-GCABA-SSPIE/24 se aprobaron los "Lineamientos para
la presentación de Planes de Estudio para su evaluación por la Comisión Evaluadora
de Planes de Estudio de Nivel Inicial, Primario y Secundario";
Que con el fin de fortalecer la formación y el aprendizaje de los estudiantes con un
dominio avanzado en el idioma inglés, la Dirección General Educación de Gestión
Estatal solicita aprobar el Plan de Estudios de la Nueva Escuela Secundaria
"Bachillerato en Economía y Administración" Alternativa "B" con certificación
jurisdiccional en Intensificación en Lengua Adicional Inglés y el Plan de Estudios de la
Nueva Escuela Secundaria "Bachillerato en Informática" - Alternativa "A" con
certificación jurisdiccional en Intensificación en Lengua Adicional Inglés;
Que ambos Planes de Estudio serán implementados en la Escuela de Comercio N° 31
del Distrito Escolar 9° "Naciones Unidas" a partir del ciclo lectivo 2025;
Que la Comisión Evaluadora para la Evaluación de Planes de Estudio de Nivel Inicial,
Primario y Secundario ha tomado conocimiento del Plan de Estudios que tramita por
los presentes, y se ha expedido de manera favorable respecto al Anexo I (IF-2025-
08050663-GCABA-DGEGE) y Anexo II (IF-2025-08051211-GCABA-DGEGE);
Que tomaron intervención en el marco de sus competencias la Comisión Evaluadora
para la Evaluación de Planes de Estudio de Nivel Inicial, Primario y Secundario, la
Dirección General Educación de Gestión Estatal, y las Subsecretarías Gestión del
Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó debida
intervención en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el Plan de Estudios de la Nueva Escuela Secundaria "Bachillerato
en Economía y Administración" Alternativa "B" con certificación jurisdiccional en
Intensificación en Lengua Adicional Inglés, de conformidad con el detalle obrante en el
Anexo I (IF-2025-08050663-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución, a los efectos de su implementación en la
Escuela de Comercio N° 31 del Distrito Escolar 9° "Naciones Unidas" a partir del ciclo
lectivo 2025.
Artículo 2°.- Aprobar el Plan de Estudios de la Nueva Escuela Secundaria "Bachillerato
en Informática" -Alternativa "A" con certificación jurisdiccional en Intensificación en
Lengua Adicional Inglés de conformidad con el detalle obrante en el Anexo II (IF-2025-
08051211-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente Resolución, a los efectos de su implementación en la Escuela de Comercio
N° 31 del Distrito Escolar 9° "Naciones Unidas" a partir del ciclo lectivo 2025.
Artículo 3°.- Dejar constancia que el título de Bachiller en Economía y Administración y
el título Bachiller en Informática tienen validez nacional conforme lo establecido por las
Resoluciones 321-MEGC/15 y sus modificatorias 1189-MEGC/15 y 3510-MEGC/15,
siendo la Intensificación en Lengua Adicional una certificación de carácter
jurisdiccional de conformidad con lo previsto en la Resolución 1597-MEGC/15.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comunicar a
las Subsecretarías Gestión del Aprendizaje y Planeamiento e Innovación Educativa, a
las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Carrera Docente, Personal
Docente y No Docente y Coordinación Legal e Institucional --Gerencia Operativa
Títulos y Legalizaciones --. Cumplido, archivar. Miguel
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7072 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7072 ANEXO 2