RESOLUCIÓN 56 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

MODIFICA - ARTÍCULO 1° RESOLUCIÓN 28-SECT- 25 - PRORROGA HASTA EL  31 DE MARZO DE 2025 - VIGENCIA LICENCIAS DE TAXI Y  OBLEAS - VERIFICACIÓN Y HABILITACIÓN DE TRANSPORTE -VEHÍCULOS DE TAXIS Y REMISES - VENCIMIENTO ENTRE EL 1-01 AL 20-3-25  - SECRETARIA DE TRANSPORTE

Publicación:

07/03/2025

Sanción:

06/03/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 y 6.684 (textos consolidados por la Ley N° 6.764) ; los

Decretos Nros. 387/GCABA/23 y 44/GCABA/25, las Resoluciones Nros. 28/SECT/25 y

46/SECT/25; el expediente electrónico N° EX-2025-09968965- -GCABA-DGGSM, y;

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones mencionadas en el Visto, la Gerencia Operativa de

Transportes de Pasajeros no Colectivo y Logística de Entrega Urbana en

Motovehículos, dependiente de la Dirección General Gestión Servicios de Movilidad,

de la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad, de esta Secretaría de

Transporte, propicia la modificación del Artículo 1° de la Resolución N° 28/SECT/25,

de esta Secretaría de Transporte, por medio de la cual, se prorrogó, por el término de

sesenta (60) días corridos, la vigencia de las licencias de taxi y las obleas de la

Verificación y Habilitación de Transporte para los vehículos de taxis y remises, cuyo

vencimiento opere entre el período de tiempo que va desde el 01/01/2025 al

20/03/2025, inclusive;

Que con posterioridad al dictado de dicha medida excepcional, con motivo de la

culminación de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión del

servicio de verificación técnica de vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, afectados a los servicios que allí se mencionan, a los que cabe

remitirse, atendiendo lo resuelto en la Resolución N° 46/SECT/25, de esta Secretaría

de Transporte, y a los fines de asegurar una correcta prestación de los servicios

mencionados, los Sindicatos y las Entidades Representativas del Sector del Servicio

de Transporte Público de Pasajeros en Automóviles de Alquiler con Taxímetro de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitaron la extensión de la autorización

oportunamente otorgada (conf. Resolución N° 28/SECT/25), para circular sin acreditar

la verificación técnica vehicular;

Que al respecto, mediante Informe N° IF-2025-10136834-GCABA-DGGSM, la referida

Gerencia Operativa de Transportes de Pasajeros no Colectivo y Logística de Entrega

Urbana en Motovehículos, analizó y expresó, en el marco de sus competencias , entre

las que se encuentran las de: "Impulsar proyectos de normas...", y "Tramitar las

inscripciones, renovaciones y modificaciones de los permisos, licencias, habilitaciones,

conductores, acompañantes y vehículos de los servicios de transporte bajo su órbita"

(conf. Decreto N° 44/GCABA/25), la necesidad de extender el plazo de vigencia de las

licencias de taxi y las obleas de la Verificación y Habilitación de Transporte para los

vehículos de taxis y remises, establecido en el Artículo 1° de la aludida Resolución N°

28/SECT/25;

Que en función de los motivos expuestos en el Informe N° IF-2025-10136834-GCABA-

DGGSM, corresponde emitir el acto administrativo que modifique el Artículo 1° de la

Resolución 28/SECT/25, prorrogando la vigencia de las licencias de taxi y las obleas

de la Verificación y Habilitación de Transporte para los vehículos de taxis y remises,

cuyo vencimiento opere entre el período de tiempo que va desde el 01/01/2025 al

20/03/2025, inclusive;

Que por medio de la Ley N° 6.684, se establecieron los Ministerios del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre ellos, al Ministerio de

Infraestructura;

Que por el Decreto N° 387/23 modificado en último término por el Decreto N°

44/GCABA/25, se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a esta Secretaría de Transporte

como órgano dependiente del referido Ministerio de Infraestructura;

Que el citado Decreto establece, entre las Responsabilidades Primarias de esta

Secretaría de Transporte, las de: " Desempeñarse en carácter de Autoridad de

Aplicación del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley N° 2.148" y

"Entender en la planificación, diseño, y regulación referidos de los regímenes de

otorgamiento de la habilitación de transportes, vehículos y conductores", entre otras;

Que asimismo, en virtud de lo estipulado en el artículo 1.1.4, inciso e), del Código de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (aprobado por Ley N°

2.148, texto consolidado por Ley N° 6.764), "La Autoridad de Aplicación tiene las

siguientes atribuciones, en todos los casos con las limitaciones establecidas en el (...)

Código: (...) Otorgar habilitaciones para (...) taxis y otras, de acuerdo a las

disposiciones del (...) Código y normas complementarias.";

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el Artículo 1° de la Resolución 28/SECT/25, del 30 de enero de

2025, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Prorrogar, hasta el día 31 de marzo del corriente año, la vigencia de las

licencias de taxi y las obleas de la Verificación y Habilitación de Transporte para los

vehículos de taxis y remises, cuyo vencimiento opere entre el período de tiempo que

va desde el 01/01/2025 al 20/03/2025, inclusive".

Artículo 2.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

notificar al Secretario General del Sindicato Conductores de Taxis de la Capital

Federal (SCT), a los Presidentes de la Sociedad Propietarios de Automóviles con

Taxímetro Asociación Civil (SPAT), de la Unión Propietarios de Autos Taxis (UPAT),

de la Asociación Taxistas de Capital (ATC), de la Unión Propietarios y Mandatarios de

Taxis de la República Argentina (UPYMRA), de la Cámara Empresaria de Auto Taxi

(CAMETAX), y al Sindicato de Peones de Taxis de la Capital Federal (SPT), a la

Gerencia Operativa Transporte de Pasajeros no Colectivo y Logística de Entrega

Urbana en Motovehículos, y a la Dirección General Gestión de Servicios de la

Movilidad, ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión y Control de la

Movilidad. Cumplido. Archívese. Krantzer

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