RESOLUCIÓN 28 2025 SECRETARIA DE TRANSPORTE

Síntesis:

PRORROGA - SESENTA DÍAS CORRIDOS - VIGENCIA DE LAS LICENCIAS DE TAXI - OBLEAS DE LA VERIFICACIÓN Y HABILITACIÓN DE TRANSPORTE PARA LOS VEHÍCULOS DE TAXIS Y REMISES - SECRETARÍA DE TRANSPORTE

Publicación:

31/01/2025

Sanción:

30/01/2025

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE


TEXTO ACTUALIZADO

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

Última actualización: 7 de Marzo de 2025

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VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (texto consolidado por la Ley N° 6.764) y 6.684; el

Decreto N° 387/GCABA/23 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros.

427/SECTRANS/18 y 642/SECTRANS/18; el expediente electrónico N° EX-2025-

06123246- -GCABA-SSGCM y;

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones mencionadas en el Visto, tramita una medida excepcional,

impulsada por la Subsecretaría de Gestión y Control de la Movilidad dependiente de la

Secretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a efectos de disponer una prórroga, por el término de

sesenta (60) días corridos, en relación a la vigencia que corresponde a las Licencias

de Taxi y las Obleas de la Verificación y Habilitación de Transporte, para los Vehículos

de Taxis y Remises, cuyo vencimiento opere entre los días 01/01/2025 al 28/02/2025

inclusive;

Que entre los antecedentes que motivan el requerimiento de la prórroga que se

propicia, se destaca que, mediante la Resolución N° 427/SECTRANS/18, se

aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2018-24794868--

SECTRANS), y de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2018- 24778671-DGHCT), y se

llamó a la Licitación Pública Nacional e Internacional para la concesión del servicio de

verificación técnica de vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

afectados a los servicios de: taxímetros, remises, transporte de escolares, transporte

de pasajeros de oferta libre para recreación y excursión en vehículos de fantasía;

vehículos clásicos, vehículos pesados según Ley N° 5.857, motovehículos destinados

a prestar el servicio normado por Ley N° 5.526, vehículos destinados al cumplimiento

de lo normado por Ley N° 5.728, y la creación, administración y puesta en

funcionamiento de los respectivos registros y controles en la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que asimismo, por Resolución N° 642/SECTRANS/18, se adjudicó la referida

concesión a la firma APPLUS ITEUVE ARGENTINA S.A., por un plazo de cinco (5)

años;

Que, en virtud de dicha adjudicación, con fecha 29 de enero de 2019, el Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la firma Concesionaria del servicio: APPLUS

ITEUVE ARGENTINA S.A., firmaron la Contrata correspondiente, por el plazo de cinco

(5) años;

Que, en fecha 25 de octubre del año 2024, se celebró entre LAS PARTES la Adenda

N° 4 a la Contrata (conf. IF-2024-40652120-GCABA-SECT, con su ANEXO

"ADECUACIONES AL SERVICIO": IF-2024-40399851-GCABA-SECT) a los fines de

hacer efectiva la extensión de plazo de la concesión, según lo establecido en el

artículo 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la referida

Licitación Pública, hasta QUINCE (15) días hábiles después de entrada en vigor de la

Ley Tarifaria del año 2025 emitida por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que teniendo en consideración la culminación de la concesión referenciada, y en

función de los los motivos expuestos en el Informe N° IF-2025-06123569-GCABA-

SSGCM, corresponde emitir el acto administrativo pertinente que prorrogue la vigencia

de las licencias de taxi y las obleas de la Verificación y Habilitación de Transporte para

los vehículos de taxis y remises, cuyo vencimiento opere entre el período de tiempo

que va desde el 01/01/2025 al 28/02/2025, inclusive;

Que por su parte, en virtud de lo estipulado en el artículo 1.1.4, inciso e), del Código

de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (aprobado por Ley

N° 2.148, texto consolidado por Ley N° 6.764), la Autoridad de Aplicación puede

"Otorgar habilitaciones para el transporte escolar, taxis y otras, de acuerdo a las

disposiciones del presente Código y normas complementarias";

Que por medio de la Ley N° 6.684, se establecieron los Ministerios dependientes del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

entre ellos al Ministerio de Infraestructura;

Que, mediante Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo, del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la Secretaría de Transporte, del referido

Ministerio de Infraestructura, entre sus misiones y funciones, la de "Entender en la

planificación, diseño, y regulación referidos de los regímenes de otorgamiento de la

habilitación de transportes, vehículos y conductores";

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 387/GCABA/23 y

sus modificatorios,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar, por el término de sesenta (60) días corridos, la vigencia de las

licencias de taxi y las obleas de la Verificación y Habilitación de Transporte para los

vehículos de taxis y remises, cuyo vencimiento opere entre el período de tiempo que

va desde el 01/01/2025 al 28/02/2025, inclusive.

Artículo 2°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su firma.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

notificar a las entidades representativas del sector del servicio de automóviles de

alquiler con taxímetro. Cumplido, archivar. Krantzer

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 28/SECT/2025 prorroga , por el término de sesenta (60) días corridos, la vigencia de las licencias de taxi y las obleas de la Verificación y Habilitación de Transporte para los vehículos de taxis y remises, cuyo vencimiento opere entre el período de tiempo que va desde el 01/01/2025 al 28/02/2025, inclusive.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion 56-SECT-25 modifica el articulo 1° de la Resolución 28-SECT-25,</p>