DISPOSICIÓN 1 2025 DIRECCION GENERAL PARQUE DE LA CIUDAD

Síntesis:

AUTORIZA - EXENCIÓN - ARANCELES - CORRESPONDIENTES A LA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO - PARQUE DE LA CIUDAD - Y ESTABLECE SU GRATUIDAD - PÚBLICO VISITANTE - DESDE EL DÍA 10 DE ENERO HASTA EL 16 DE FEBRERO DE 2025 INCLUSIVE - EVENTO - PARQUE DE VERANO EN LA CIUDAD 

Publicación:

18/03/2025

Sanción:

23/01/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL PARQUE DE LA CIUDAD


VISTO: El Código Fiscal (t.o. 2024) modificado por las Leyes 6.719, 6.721, 6.805, la

Ley N° 6.684, la Resolución N° 7-MEPHUGC/25 los Decretos N° 387/23, y sus

modificatorios, la Disposición N° 3804-DGPF/24, el Expediente Electrónico N°

05290827-GCABA-DGPCDAD/25 y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 6.684, estableció dentro de los Ministerios del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Espacio Público e

Higiene Urbana;

Que mediante el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Parque de la Ciudad bajo la órbita

de la Subsecretaría de Paisaje Urbano dependiente de la Secretaría de Mantenimiento

Urbano, del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;

Que asimismo, conforme el mentado Decreto, se estableció entre las

responsabilidades primarias, de la Dirección General Parque de la Ciudad, las de

entender en la gestión integral del Parque de la Ciudad, así como también impulsar la

promoción de actividades institucionales, recreativas y comunitarias integrales en el

Parque de la Ciudad, entre otras;

Que el Código Fiscal (t.o. 2024), modificado por las Leyes 6.719, 6.721 y 6.805, en su

artículo 523 bis establece que el Poder Ejecutivo, a través del área competente en la

materia queda facultado para establecer los precios correspondientes al

arrendamiento diario, semanal y/o mensual de espacios en centros culturales, museos,

complejos teatrales, parques deportivos, complejos deportivos y/o recreativos, centros

y/o cualquier otra dependencia de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que en idéntico sentido, el artículo 524 del referido cuerpo legal estatuye que el Poder

Ejecutivo, a través del área competente en la materia queda facultado para establecer

los precios de entrada a los complejos deportivos, recreativos o similares y a los

espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales que organice, incluidos los

aranceles por los servicios complementarios que se presten en los complejos, salas,

locales o espacios donde aquellos se realicen;

Que el artículo 26 de la Ley 6.684, se establecieron entre las responsabilidades del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, la de: "...entender en lo relativo al uso

del espacio público y regular, coordinar y supervisar su uso por parte de terceros",

entre otras;

Que el Anexo I de la Resolución N° 7-MEPHUGC/25, establece las tarifas vigentes

para los arrendamientos del Parque de la Ciudad, como así también que en supuestos

en que el uso de alguno de los mentados espacios se destine al desarrollo de

actividades o eventos educativos, culturales y/o recreativos de interés general, el

organismo a cargo del Parque la Ciudad podrá disponer la exención del pago de los

aranceles establecidos en el presente artículo;

Que la Dirección General de Celebraciones y Eventos Centrales, dependiente de la

Subsecretaría de Posicionamiento y Gestión de Eventos de la Secretaría de

Comunicación, mediante NO-2024-45781214-GCABA-DGCEC y NO-2024-46674926-

GCABA-DGCEC solicitó a esta Dirección General, " el espacio correspondiente al

Parque de la Ciudad, sito en la Av. Gral. Francisco Fernández de la Cruz 4000, de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la realización de la actividad denominada

Verano BA: Parque de Verano , que se realizará desde el día 10 de enero y hasta el

día 16 de febrero de 2025, con entrada libre y gratuita", como así también la

posibilidad de contar con el estacionamiento gratuito, a efectos de facilitar el acceso a

los vecinos y vecinas que participen de la referida actividad;

Que esta Dirección General, mediante NO-2024-45995350-GCABA-DGPCDAD y NO-

2024-47085804-GCABA-DGPCDAD, otorgó el uso del espacio requerido;

Que la Dirección General Permisos y Ferias dependiente de la Subsecretaría de

Ordenamiento Urbano, mediante la Disposición N° 3804-DGPF/24, otorgó la

autorización para llevar a cabo el evento denominado "PARQUE DE VERANO EN LA

CIUDAD", en el Parque de la Ciudad, desde el 16 de diciembre de 2024 al 02 de

marzo de 2025, en el horario de 10:00 a 20:00 horas, contemplando el armado y el

desarme relativo al evento;

Que, por ello, corresponde emitir el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias

EL DIRECTOR GENERAL DEL PARQUE DE LA CIUDAD

DISPONE:

Artículo 1°.- Autorizar la exención de los aranceles correspondientes a la Playa de

Estacionamiento del Parque de la Ciudad, estableciendo su gratuidad al público

visitante, desde el día 10 de enero y hasta el 16 de febrero de 2025 inclusive, con

motivo del evento PARQUE DE VERANO EN LA CIUDAD.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a, a la Dirección General Celebraciones y Eventos Centrales

dependiente de la Subsecretaría de Posicionamiento y Gestión de Eventos de la

Secretaría de Comunicación, a la Subsecretaría de Paisaje Urbano, a las áreas de

Eventos y Actividades; Intendencia; Coordinación Operativa, Maestranza; de

Seguridad y Contable de la Dirección General Parque de la Ciudad y. Cumplido,

archívese. Galindo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1/DGPCDAD/25 autoriza la exención de los aranceles correspondientes a la Playa de Estacionamiento del Parque de la Ciudad, estableciendo su gratuidad al público visitante, desde el día 10 de enero y hasta el 16 de febrero de 2025 inclusive en el marco de la Resolución N° 7-MEPHUGC/25.</p>