DISPOSICIÓN 6 2025 DIRECCION GENERAL PARQUE DE LA CIUDAD

Síntesis:

AUTORIZA EXENCIÓN - ARANCELES CORRESPONDIENTES - PLAYA DE ESTACIONAMIENTO DEL PARQUE DE LA CIUDAD - ESTABLECE SU GRATUIDAD - DÍAS HÁBILES - DIRECCION GENERAL PARQUE DE LA CIUDAD

Publicación:

18/03/2025

Sanción:

06/03/2025

Organismo:

DIRECCION GENERAL PARQUE DE LA CIUDAD


VISTO: El Código Fiscal (t.o. 2024) modificado por las Leyes 6.719, 6.721, 6.805, la

Ley N° 6.684, la Resolución N° 7-MEPHUGC/25 los Decretos N° 387/23, y sus

modificatorios, la Disposición N° 3804-DGPF/24, el Expediente Electrónico N°

10063048-GCABA-DGPCDAD/25 y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 6.684, estableció dentro de los Ministerios del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Espacio Público e

Higiene Urbana;

Que mediante el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplando a la Dirección General Parque de la Ciudad bajo la órbita

de la Subsecretaría de Paisaje Urbano dependiente de la Secretaría de Mantenimiento

Urbano, del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;

Que asimismo, conforme el mentado Decreto, se estableció entre las

responsabilidades primarias, de la Dirección General Parque de la Ciudad, las de

entender en la gestión integral del Parque de la Ciudad, así como también impulsar la

promoción de actividades institucionales, recreativas y comunitarias integrales en el

Parque de la Ciudad, entre otras;

Que el Código Fiscal (t.o. 2024), modificado por las Leyes 6.719, 6.721 y 6.805, en su

artículo 523 bis establece que el Poder Ejecutivo, a través del área competente en la

materia queda facultado para establecer los precios correspondientes al

arrendamiento diario, semanal y/o mensual de espacios en centros culturales, museos,

complejos teatrales, parques deportivos, complejos deportivos y/o recreativos, centros

y/o cualquier otra dependencia de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que en idéntico sentido, el artículo 524 del referido cuerpo legal estatuye que el Poder

Ejecutivo, a través del área competente en la materia queda facultado para establecer

los precios de entrada a los complejos deportivos, recreativos o similares y a los

espectáculos, visitas guiadas y actividades especiales que organice, incluidos los

aranceles por los servicios complementarios que se presten en los complejos, salas,

locales o espacios donde aquellos se realicen;

Que el artículo 26 de la Ley 6.684, se establecieron entre las responsabilidades del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, la de: "...entender en lo relativo al uso

del espacio público y regular, coordinar y supervisar su uso por parte de terceros",

entre otras;

Que el Anexo I de la Resolución N° 7-MEPHUGC/25, establece las tarifas vigentes

para los arrendamientos del Parque de la Ciudad, como así también que en supuestos

en que el uso de alguno de los mentados espacios se destine al desarrollo de

actividades o eventos educativos, culturales y/o recreativos de interés general, el

organismo a cargo del Parque la Ciudad podrá disponer la exención del pago de los

aranceles establecidos en el presente artículo;

Que mediante el informe IF-2025-10263078-GCABA-DGPCDAD, se expresa que a

partir del 05 de marzo de 2025, se implementa un nuevo esquema de días y horarios

para el Parque de la Ciudad, previéndose la apertura al público visitante de martes a

domingos en el horario de 08:00 a 20:00;

Que en función de lo antedicho, la Gerencia Operativa Gestión de Operaciones

sugiere establecer la gratuidad de la Playa de Estacionamiento los días hábiles con el

objetivo de fomentar el acceso y la asistencia del público, y advirtiendo que no se

cuenta con la dotación de personal suficiente a fin de garantizar la operatividad y el

cobro del estacionamiento;

Que en el marco normativo y fáctico, corresponde emitir el acto administrativo

pertinente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias

EL DIRECTOR GENERAL DEL PARQUE DE LA CIUDAD

DISPONE:

Artículo 1°.- Autorizar la exención de los aranceles correspondientes a la Playa de

Estacionamiento del Parque de la Ciudad, estableciendo su gratuidad al público

visitante, para los días hábiles.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a, las áreas de Eventos y Actividades; Intendencia; Coordinación

Operativa, Maestranza; de Legales y Seguridad; y Contable de la Dirección General

Parque de la Ciudad y. Cumplido, archívese. Galindo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 6-DGPCDAD-25 autoriza la exención de los aranceles correspondientes a la Playa de<br />Estacionamiento del Parque de la Ciudad, estableciendo su gratuidad al público visitante, para los días hábiles en el marco de la Resolucion 7-MEPHUGC-25<br /> </p>