RESOLUCIÓN 135 2025 MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 724-MIGC/24 - Y CREA LA COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS CON CARÁCTER PERMANENTE - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - PROCESOS DE CONTRATACIÓN - RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE OBRA PÚBLICA - LEY DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PROCESOS - SELECCIÓN DEL COCONTRATANTE - EVALUACIONES DE LA DOCUMENTACIÓN Y OFERTAS - PRESELECCIÓN - PREADJUDICACIÓN Y ADJUDICACIÓN - DESIGNA - INTEGRANTES TITULARES - SECRETARIO DE TRANSPORTE - HÉCTOR GUILLERMO KRANTZER - SECRETARIO DE TRÁNSITO - DARÍO FABIAN ANTIÑOLO - SUBSECRETARIO DE PROYECTOS Y OBRAS - GABRIEL DOMINGO ZARATE - SUBSECRETARIO DE PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL - ANTONIO DAVID CORTES - SUBSECRETARIO DE GESTIÓN Y CONTROL DE LA MOVILIDAD - LISANDRO JULIÁN PEROTTI - DESIGNA - INTEGRANTES SUPLENTES - DIRECTOR GENERAL DE OBRAS ING. FACUNDO LOMBARDO - DIRECTOR GENERAL DE PROYECTOS - GABRIEL EDUARDO ROSALES - DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN INTEGRAL DEL TRÁNSITO - GABRIEL MORANO - DIRECTOR GENERAL DE CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - LEANDRO MAXIMILIANO RICCIARDI - DIRECTOR GENERAL DE DISEÑO Y PLANIFICACIÓN DE LA MOVILIDAD - MARTIN ANDRÉS ÁLVAREZ DEL RIVERO - DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD VIAL - DOMECQ ROBERTO - DIRECTORA GENERAL DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS - NERI NATALIA - DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE MOVILIDAD - ÁLVARO QUIROGA - DIRECTOR GENERAL DE CONTROL DE LA MOVILIDAD LAISECA JUAN PABLO
Publicación:
19/03/2025
Sanción:
17/03/2025
Organismo:
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
VISTO: Las Leyes 2.095, 6.246, 6684 (Textos Consolidados según Ley 6764), los
Decretos Nros. 60/21 y su modificatorio 204/22, 129/23 y sus modificatorios, 387/23 y
44/25, la Resolución N° 724/MIGC/24 y el Expediente Electrónico N° 09404138-
GCABA-DGTALMI/25, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la Ley 6.684 se aprobó la nueva estructura ministerial vigente para
el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos y se estableció mediante Decreto
387/23 y sus modificatorios, su estructura orgánico funcional;
Que el artículo 2 de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al
Ministerio de Infraestructura;
Que su artículo 27 establece dentro de las atribuciones del Ministerio de
Infraestructura: "...Promover la realización de obras y servicios que mejoren la
movilidad, la circulación y el tránsito en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y su articulación con el Área Metropolitana" y "...Planificar, implementar y
ejecutar las obras de ingeniería hidráulica, de arquitectura, ingeniería, infraestructura
urbana y gubernamental";
Que la Ley 2.095 (Texto Consolidado según Ley 6.588) establece las normas básicas
para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios llevados
a cabo por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 99 de dicha Ley establece: "La evaluación de las ofertas está a cargo
de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la que se constituye en el organismo
licitante. La evaluación de las ofertas está a cargo de la Comisión de Evaluación de
Ofertas, la que se constituye en el organismo licitante. Su integración es determinada
por el nivel del funcionario competente para emitir el acto administrativo de
autorización del llamado a convocatoria para selección del cocontratante, conforme lo
establezca la reglamentación de la presente Ley";
Que el artículo 99 del Decreto 129/23 reglamentario de la Ley 2.095 antes mencionada
indica: "En cada Unidad Operativa de Adquisiciones funciona una Comisión de
Evaluación de Ofertas integrada por tres (3) miembros como mínimo. La designación
no deberá recaer en quienes tuvieran competencia para autorizar la convocatoria o
para aprobar el procedimiento en particular del que fueran parte como Comisión.
Cuando se trate de contrataciones donde se requieran conocimientos técnicos o
especializados o se deba garantizar la correcta apreciación de criterios de
sustentabilidad, las Comisiones Evaluadoras podrán requerir la intervención de peritos
técnicos o solicitar informes a instituciones estatales o privadas con tales
conocimientos específicos";
Que la Ley 6.246 (Texto Consolidado según Ley 6.764), establece el "Régimen de
Contrataciones de Obra Pública" que debe observar el Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en todos los contratos de obra pública que se celebren y/o
ejecuten en la Ciudad;
Que el artículo 33 de dicha Ley establece: "La comisión evaluadora será designada
mediante acto administrativo y tendrá por función evaluar las ofertas y recomendar el
orden de mérito de las ofertas admisibles. La designación no deberá recaer en quienes
tuvieran competencia para autorizar la convocatoria o para aprobar el procedimiento.
Cuando se tratare de contrataciones para cuya apreciación se requieran
conocimientos técnicos o especializados o bien para garantizar la correcta apreciación
de criterios de sustentabilidad, las Comisiones Evaluadoras podrán requerir la
intervención de peritos técnicos o solicitar informes a instituciones estatales o privadas
con tales conocimientos específicos";
Que el artículo 33 del Decreto 60/21, mediante el cual se aprobó la reglamentación de
la Ley N° 6246 menciona: "En cada Organismo Contratante o Unidad Operativa de
Contrataciones podrá funcionar una Comisión Evaluadora permanente integrada por al
menos TRES (3) miembros y sus respectivos suplentes. Cuando se lo estime
conveniente se podrán conformar Comisiones Evaluadoras "ad hoc" y su integración
deberá ser determinada en el acto de llamado";
Que en virtud de lo expuesto, mediante la Resolución 724/MIGC/24 se creó la
Comisión Evaluadora con carácter permanente en el ámbito de este Ministerio de
Infraestructura para los procesos licitatorios de obra y de servicios, a los fines de
intervenir en los procesos de selección del cocontratante que formalicen las
pertinentes áreas, realizando las evaluaciones de la documentación y ofertas que se
presenten en los mismos, aconsejando la preselección, preadjudicación y adjudicación
respectivas y se designaron a los integrantes tanto titulares como suplentes de la
misma;
Que a través del Decreto 44/25 se modificó, a partir del 22 de febrero de 2025, la
estructura organizativa del Ministerio de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que como consecuencia de lo expresado y en virtud del principio general de
Celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites administrativos, resulta
necesario dictar el acto administrativo que deje sin efecto la Resolución 724/MIGC/24,
designe y actualice la Comisión Evaluadora de Ofertas, para los procesos de
contratación enmarcados en el Régimen de Contrataciones de Obra Pública y la Ley
de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se lleven a
cabo en el marco de este Ministerio de Infraestructura.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes 2.095 y 6.246 (Textos
Consolidados según Ley 6.764) y sus Decretos Reglamentarios 129/23, 60/GCABA/21
y sus modificatorios,
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto la Resolución 724/MIGC/24.
ARTÍCULO 2°.- Crear la Comisión Evaluadora de Ofertas con carácter permanente en
el ámbito de este Ministerio de Infraestructura para los procesos de contratación
enmarcados en el Régimen de Contrataciones de Obra Pública y la Ley de Compras y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines de intervenir en
los procesos de selección del cocontratante que formalicen las pertinentes áreas,
realizando las evaluaciones de la documentación y ofertas que se presenten en ellos,
aconsejando la preselección, preadjudicación y adjudicación respectivas.
ARTÍCULO 3°.- Designar como integrantes titulares de la "Comisión Evaluadora de
Ofertas" para los procesos de contratación enmarcados en el Régimen de
Contrataciones de Obra Pública y la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, establecida en el Artículo 2 de la presente Resolución: al
Secretario de Transporte, Sr. Héctor Guillermo Krantzer, DNI 13.753.420; al Secretario
de Tránsito, Sr. Darío Fabian Antiñolo DNI 11.980.757; al Subsecretario de Proyectos
y Obras, Sr. Gabriel Domingo Zarate, DNI 27.182.319; al Subsecretario de
Planificación de la Movilidad y la Seguridad Vial, Sr. Antonio David Cortes, DNI
13.776.834, y al Subsecretario de Gestión y Control de la Movilidad, Sr. Lisandro
Julián Perotti DNI 23.159.111.
ARTÍCULO 4°.- Designar como integrantes suplentes de la "Comisión Evaluadora de
Ofertas" para los procesos de contratación enmarcados en el Régimen de
Contrataciones de Obra Pública y la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, establecida en el Artículo 2 de la presente Resolución: al
Director General de Obras, Ing. Facundo Lombardo DNI 32.961.071; al Director
General de Proyectos, Sr. Gabriel Eduardo Rosales, DNI 25.866.778; al Director
General de Gestión Integral del Tránsito, Gabriel Morano, DNI 36.683.832; al Director
General de Cuerpo de Agentes de Tránsito, Sr. Leandro Maximiliano Ricciardi, DNI
27.309.795; al Director General de Diseño y Planificación de la Movilidad, Sr. Martin
Andrés Álvarez del Rivero, DNI 33.498.265; al Director General de Seguridad Vial,
Domecq, Roberto DNI 13.935.791, a la Directora General de Transporte Colectivo de
Pasajeros, Sra. Neri Natalia DNI 31.470.707; al Director General de Gestión de
Servicios de Movilidad, Sr. Álvaro Quiroga, DNI 32.677.223; y al Director General de
Control de la Movilidad, Sr. Laiseca, Juan Pablo, DNI 28.128.406.
ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que para la conformación de la "Comisión
Evaluadora de Ofertas" en los procesos de contratación enmarcados en el Régimen de
Contrataciones de Obra Pública y la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, resulta necesaria la intervención indistinta y conjunta de
TRES (3) de los integrantes mencionados, en el Artículo 3 o en el Artículo 4 de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Comuníquese a todos los participantes de las comisiones y remítase a la
Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Procesos de Obra Pública
dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de
Infraestructura. Cumplido, remítase a la guarda. Bereciartua